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NATURALEZA JURÍDICA DE LOS CERT, VICISITUDES PARA SU OBTENCIÓN - CASO DE LOS EXPORTADORES -. Juan Cristóbal Carmona Borjas Presidente de la AVDT.
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NATURALEZA JURÍDICA DE LOS CERT,VICISITUDES PARA SU OBTENCIÓN - CASO DE LOS EXPORTADORES - Juan Cristóbal Carmona Borjas Presidente de la AVDT
1.- Casos de recuperación2.- Etapas relevantes en el proceso3.- Beneficios fiscales4.- Derecho que da origen a la recuperación5.- Los CERT como medios de pago6.- Naturaleza jurídica de los CERT7.- Conclusiones
vs Recuperación Impuestos y accesorios Pago de lo Repetición pagados indebidamente indebido y en exceso Impuestos legalmente pagados Beneficios fiscales-Respeto de Principios Constitucionales
SUPUESTOS DE RECUPERACIÓN LIVA: • Contribuyentes Exportadores • Exoneraciones • Proyectos industriales en etapa preoperativa, destinados a la exportación o generación de divisas • Recuperación de Retenciones de IVA (si fueran declaradas constitcionales las providencias que las contemplan) • Agentes Diplomáticos y Consulares LOA: • Draw-Back LISR: • Retenciones y Declaraciones Estimadas en exceso
ETAPAS RELEVANTES EN EL PROCESO Presentación de solicitud (Reglamento Parcial N° 1) • Inscripción en el Registro Nacional de Exportadores • Presentación de la solicitud con recaudos señalados en el Reglamento Parcial N° 1 • Se abre el expediente • La administración decide en 30 días hábiles Providencia emitida por el SENIAT(Reglamento Parcial N° 1) • Acuerda o niega • Intransferible • No puede ser compensada
ETAPAS RELEVANTES EN EL PROCESO Emisión, colocación, depósito y entrega de los CERT (Resoluciones N° 1519 y 1534) • Min. Fin recibe del SENIAT copia certificada de la Providencia • SENIAT envía pruebas de venta de divisas • SENIAT suministra información adicional. • Beneficiario indica Institución Custodia de Valores –ICV- • Min. Fin emite resolución de emisión, colocación y entrega • de CERTS • BCV actúa como depositario • Min. Fin gira instruccions al BCV • BCV efectúa transferencia electrónica a ICV
BALANCE DEL PROCEDIMIENTO Dependencia de la situación financiera del país • Absoluta discrecionalidad del Min. Finanzas en cuanto a la oportunidad de la entrega de los CERT, ausencia de plazos • Exceso de trámites y documentación • Impacto de la falta de liquidez de la República • Imposible disposición de la providencia • Noción de Derecho Público Subjetivo • De naturaleza patrimonial, del tipo obligacional y origen legal • No recae sobre la Administración la potestad de declarar su nacimiento, su discrecionalidad es nula, independientemente de sus funciones de control • Derechos adquiridos
BALANCE DEL PROCEDIMIENTO Cumplimiento de obligaciones cambiarias • Resolución del Min. Fin N° 1519: • Seniat debe remitir al Min. Finanzas pruebas de la venta de divisas al BCV por parte del exportador • Exceso del Ejecutivo - Deslegalización • Doble sanción • Simplificación de Trámites Administrativos
BENEFIClOS FISCALES FISCALIDAD Y EXTRAFISCALIDAD: • FISCALIDAD: potencial recaudador, estructura del tributo • EXTRAFISCALIDAD: estímulo de actividades, evitar efectos negativos • No son contrapuestos • Están en todos los tributos, en diversa intensidad • Su adecuada concurrencia es garantía del debido equilibrio de los postulados del sistema tributario y del resto de los principios constitucionales
BENEFIClOS FISCALES Concepto: Medidas adoptadas por el legislador, que se instrumentan una vez configurado el hecho imponible, con miras al logro de finalidades fundamentalmente extrafiscales, aun cuando también pueden ser fiscales. Tipos: a) Minoraciones incentivadoras o promocionales: exoneraciones, exenciones, tarifas reducidas b) Estructurales: razones técnicas y de justicia tributaria
BENEFIClOS FISCALES Motivación en el reconocimiento de la recuperación • IVA • Exportadores: (Esctructural) • Imposibildiad de trasladar el IVA por parte del exportador (Fiscal) • Principio del país de destino (Extafiscal) • Exoneraciones: (Incentivador) • Incentivar actividades (Extrafiscal) • No generación de débitos (Fiscal) • Etapa Preoperativa: (Incentivador) - Incentivar actividades (Extrafiscal) –Ausencia débitos (fiscal) • Retenciones: (Estructural) - Control y mayor recuadación (Fiscal) • Diplomáticos y Consulares: (Incentivador) • - Acuerdos internacionales y reciprocidad: (Extarfiscal)
BENEFIClOS FISCALES Motivación en el reconocimiento de los procesos de recuperación • DRAW-BACK • Desaparición del hecho imponible (Fiscal-Derecho Civil) • Protección de la competitividad de los bienes locales en mercados foráneos (Extrafiscal) • ISR • Control y recaudación. Restituir la situación ante la no generación del hecho imponible (Fiscal)
DERECHO A SER RECUPERADO • IVA EXPORTADORES (Art. 43) • Derecho a recuperar créditos fiscales de IVA • Es el soportado por el adquirente o perceptor • Es un elemento técnico para el cálculo de la cuota líquida • No es un crédito contra la República susceptible de ser opuesto en compensación • DRAW-BACK: • Aranceles de Aduana • ISR: • Impuesto anticipado
¿QUÉ SE RECUPERA? • IVA EXPORTADORES • Crédito líquido y exigible contra la República compensable contra deudas tributarias • DRAW-BACK: • Crédito líquido y exigible contra la República compensable contra deudas tributarias • ISR: • Crédito líquido y exigible contra la República compensable contra deudas tributarias
¿QUÉ SE RECUPERA? • IVA • Novación vs. mero indicador cuantitativo • Crédito fiscal de IVA vs. Crédito líquido y exigible contra la República compensable contra deudas tributarias • La obligación inicial de la República es entregar una cantidad de créditos fiscales equivalentes en su cuantía a los créditos de IVA
CERT COMO MEDIOS DE PAGO • Recuperación exclusiva en CERT • Providencia emitida por el SENIAT es el acto declarativo del derecho de crédito • CERT es un medio de pago • ¿Medio de pago o de cumplimiento? • Pago vs. Cumplimiento • Cheque vs. CERT
NATURALEZA JURÍDICA DEL CERT • Normativa 1993-2004: • Títulos emitidos por la República • Títulos negociables • Títulos valores • Documentos al portador • No devengan intereses • Contentivo de un crédito tributario • Vencimiento a dos (2) años de su entrega
NATURALEZA JURÍDICA DEL CERT • Títulos de Crédito – Títulos Valores • Incorporación: papel – electrónico • Literalidad: términos contenidos en el documento • Autonomía: libre de excepciones de la relación anterior • Abstracción: no depende de la relación previa • Negociabilidad:libre circulación Título de Crédito: título impropio, sui generis
TÉRMINOS DE EMISION DE LOS CERT • Vencimiento de 2 años contados de la fecha de entrega al beneficiario Limitación Temporal en su Uso
vs COMPENSACIÓN Pérdida CESIÓN –Aleatoriedad –Demora (devaluación e inflación) TÉRMINOS DE EMISION DE LOS CERT Limitación en su Destino
CONCLUSIONES • La recuperación es un beneficio fiscal, estructural o incentivador dependiendo del caso • La instrumentación del proceso de recuperación en Venezuela, atenta contra la consecución de sus fines, por complejo, lento y discrecional • La Providencia emanada del SENIAT es declarativa de un derecho público subjetivo y por ende susceptible de disposición
CONCLUSIONES • En el caso del IVA los créditos fiscales sirven como indicador cuantitativo del crédito tributario contra la República a recuperar. No se produce una novación • Los CERT son un medio de pago y de cumplimiento empleado por la República • Los CERT son Títulos de Crédito sui generis • El término de 2 años de los CERT es de caducidad y no de prescripción • El destino de los CERT atenta contra los derechos del titular (Pérdida–Inflación)
CONCLUSIONES • En el caso del Draw-Back, los términos de la devolución podrían considerarse inadecuados, tal vez ilegales, pudiendo configurar un caso de enriquecimiento sin causa (pago de lo indebido- derecho civil).