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Régimen Simplificado de la Contabilidad. Seminario Normas Internacionales de Contabilidad. Por: Elisabet García Maestre. Índice. Consideraciones Generales. Aplicación. Novedades. Modelos Simplificados de Cuenta Anuales.(Requisitos) Cuentas Anuales simplificadas.
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Régimen Simplificado de la Contabilidad Seminario Normas Internacionales de Contabilidad. Por: Elisabet García Maestre
Índice • Consideraciones Generales. • Aplicación. • Novedades. • Modelos Simplificados de Cuenta Anuales.(Requisitos) • Cuentas Anuales simplificadas. • Esquema libro diario simplificado. • Balance Simplificado. • Cuenta de Pérdidas y Ganancias. • La Memoria Simplificada. • Normas de Valoración Simplificadas.
Consideraciones Generales • El ICAC ha propuesto el Régimen Simplificado de la Contabilidad como modelo que facilite y simplifique la información contable de las empresas. • El objetivo de este nuevo régimen es la simplificación de las obligaciones contables como consecuencia de la dimensión de las entidades que elaboran este tipo de información. • El ámbito de aplicación de este régimen es aplicable a todas las entidades, incluidas las entidades sin animo de lucro como son la fundaciones. • El Real Decreto por el que se aprueba el modelo simplificado solo modifica las normas incluidas en la cuarta parte del PGC (Cuentas Anuales).
Aplicación • El Régimen Simplificado se puede aplicar a todas la entidades de forma jurídica individual o societaria, estas empresas deberán llevar la contabilidad de acuerdo al Código de Comercio. • Los requisitos para su aplicación son: • Que el total de las partidas del activo no superen 1.000.000 € • Que el importe neto de la cifra anual de negocios sea inferior a 2.000.000 €. • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 10. • Los sujetos contables no pierden la facultad de aplicar este régimen si durante los dos ejercicios consecutivos (a la fecha de cierre), reúnen dos de los tres requisitos anteriores.
Novedades • El libro diario se establece como un modelo columnar, en el que para cada elemento patrimonial o cuenta se abre una columna, y por la suma de cada columna se puede obtener el mayor, el balance y la cuenta de resultados, a su vez se pueden efectuar las liquidaciones periódicas de los impuestos indirectos. • Se simplifican los criterios de registro de las operaciones de leasing que se contabiliza como un gasto de arrendamiento y no como una adquisición con pago aplazado. • El Impuesto de Sociedades se contabiliza por la cantidad efectiva apagar a no por la devengada.
Modelos simplificados de cuentas anuales. • Sólo se podrán aplicar los modelos de cuentas anuales simplificadas cuando las empresas cumplan adicionalmente con los siguientes requisitos: • Que el capital no este constituido por varia clases de acciones o participaciones. • Que la entidad no sea socio colectivo de otro. • Que no pertenezca a un grupo de empresas vinculadas. • Que no realice operaciones reguladas. • Que no realice operaciones de arrendamiento financiero que tengan por objeto terrenos, solares u otros activos no amortizables.
Cuentas Anuales Simplificadas • Las cuentas anuales siguen siendo el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria, se consideran una unidad y deben ser redactadas de forma clara y concisa respondiendo al principio de la imagen fiel. • Las ventajas que tiene este régimen son: • Simplifica las obligaciones contables de las empresas que lo acojan. • El uso del libro diario simplificado permite obtener por sumas la principales masa patrimoniales y por diferencia entre ingresos y gastos obtener el resultado del ejercicio.
Balance Simplificado • El activo del balance se agrupa en las siguientes partidas contables: • Accionistas por desembolsos no exigidos. • Inmobilizado: - Gastos de establecimiento. • Inmovilizado inmaterial. • Inmovilizado material. • Inmovilizado financiero. • Gastos a distribuir en varios ejercicios. • Activo Circulante: • Accionistas por desembolsos exigidos. • Existencias. • Deudores. • Inversiones financieras temporales. • Tesorería • Ajustes por periodificación.
Balance Simplificado • El pasivo simplificado se desagrega en: • Fondos Propios: • Capital suscrito. • Prima de emisión. • Reserva de revalorización. • Reservas. • Resultados de ejercicios anteriores. • Pérdidas y ganancias. • Ingresos a distribuir en varios ejercicios. • Provisiones para riesgos y gastos. • Acreedores a l/p. • Acreedores a c/p.
Cuenta de Pérdidas y Ganancias. • Esta cuenta mantiene la misma estructura y partidas que el modelo abreviado, pero la desagregación de las partidas, tanto los ingresos como los gastos es más reducida, atendiendo a la naturaleza de las operaciones de las entidades que se acogen a este modelo. • Veremos un ejemplo de la cuenta completa más adelante
La Memoria Simplificada • La memoria simplificada se puede resumir en cinco puntos: • Breve descripción de la actividad e la empresa. • Distribución de los resultados. • Normas de valoración aplicadas. • Gastos. • Otra información, derivada de los miembros del órgano de administración.
Normas de valoración simplificadas • El Real Decreto que aprueba el régimen simplificado contempla la modificación de dos normas contables: • El registro de operaciones de arrendamiento financiero. • La contabilización del Impuesto sobre beneficios. • El régimen simplificado de contabilidad determina que los sujetos que opten por los modelos de cuentas anuales y criterios de registro simplificados deberán aplicar las siguientes normas de valoración: • Para los contratos de arrendamiento financiero y otros, los arrendatarios de los mismos que desde el punto de vista económico reúnan características similares. • Impuesto sobre beneficios, el gasto por Impuesto de Sociedades se contabilizará en la cuenta de pérdidas y ganancias por el importe a pagar.
Debate • Preguntas para el debate: - Opinión que os merece • ¿El régimen simplificado logra mantener la imagen fiel? • ¿Lo consideráis de utilidad?