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CONTRATACIONES DEL ESTADO 2011. Dr. Alejandro Alvarez Pedroza. 1. CONCEPTOS PRELIMINARES. EL PROCESO DE CONTRATACION DEL ESTADO /. ESPECIALIDAD DE LA NORMA. ESTRUCTURA DE RESPONSABILIDADES. EL PROCESO DE CONTRATACION Y SU RELACION CON EL PROCESO PRESUPUESTARIO.
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CONTRATACIONES DEL ESTADO 2011 Dr. Alejandro Alvarez Pedroza 1
CONCEPTOS PRELIMINARES EL PROCESO DE CONTRATACION DEL ESTADO/ ESPECIALIDAD DE LA NORMA ESTRUCTURA DE RESPONSABILIDADES EL PROCESO DE CONTRATACION Y SU RELACION CON EL PROCESO PRESUPUESTARIO EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION ACTO ADMINISTRATIVO PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES 2
EL PROCESO DE CONTRATACIONDEL ESTADO DEFINICIONES DECISIÓN DE ADQUIRIR O CONTRATAR Designación del Comité Especial Elab. de Bases Rglto Art. 10°Aprobación del Expediente Culminación PROCESO DE SELECCIÓN Rglto. Art 22° Contrato Ley Art. 42º Rgto. Arts. 176ºº y 211º • Determinación de Necesidades (Art. 6º) • Ccaracterísticas (Art. 11º) • Estudio de Posibilidades (Art. 12º) • Valor R. (Art. 13º) • Certificación de disponibilidad presupuestal (Art. 13º) • Plan Anual • Contenido: • Necesidades • Características • Estudio de Posibilidades que ofrece el Mercado • Valor Referencial • Certificación Presupuestal • Plan Anual • APROBACION Ley Art. 24° - 25° Rglto. Art. 27° - 34° Ley Art. 26° Rglto Art. 35° - 37° ETAPAS Convocatoria Registro de participantes Consultas Observaciones Integración de Bases Presentación de propuestas Evaluación de Propuestas Otorgamiento de la Buena Pro • Recepción y Conformidad y Pago de Bienes y Servicios • Liquidación del Contrato y Pago en Consultoria y Ejecución de Obras. Inicio: Convocatoria Culminación: Suscripción del Contrato o perfeccionamiento Cancelación Se deja sin efecto la Buena Pro No se suscriba el contrato (Art. 137º) PROCESO DE SELECCIÓN 3
PROCESO DE CONTRATACION • Decisión de Contratar de la Entidad • Aprobación del Expediente de Contratación • Designación del Comité Especial • Proceso de Selección • Contratación 4
PROGRAMACION Y FORMULACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL LAS DEPENDENCIAS EN FUNCION DE SUS METAS PRESUPUESTARIAS SEÑALANDO LA PROGRAMACION DE ACUERDO A SUS PRIORIDADES DETERMINARAN SUS REQUERIMIENTOS DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS LAS ENTIDADES UTILIZARAN EL CATALOGO UNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS ADMINISTRADOS POR EL OSCE- EL ORGANO ENCARGADO ES RESPONSABLE DE ESTA ACTIVIDAD CUADRO DE NECESIDADES
OBJETIVOS DE LA PROGRAMACION REVISAR LA ESCALA DE PRIORIDADES DETERMINAR LA DEMANDA GLOBAL DE GASTO Y LAS METAS PRESUPUESTARIAS ESTIMAR LOS FONDOS PUBLICOS CON EL OBJETO DE DETERMINAR ELMONTODE LA ASIGNACION PRESUPUESTARIA DETERMINAR EL FINANCIAMIENTO DE LA DEMANDA GLOBAL DE GASTO, EN FUNCION A LA ASIGNACION PRESUPUESTARIA TOTAL
META PRESUPUESTARIA LA META PRESUPUESTARIA REPRESENTA LA EXPRESION CONCRETA Y CUANTIFICABLE DE LOS BIENES Y SERVICIOS A SER ENTREGADOS POR EL PLIEGO ALAPOBLACION OBJETIVO, COMO CONSECUENCIA DEL USO DE SUS RECURSOS ESTABLECIDOS PARA EL AÑO FISCAL OBJETIVO DEL PLIEGO ES LA EXPRESION DE UN RESULTADO QUE SE QUIERE CONSEGUIR Y QUE DEBE ORIENTAR LA ARTICULACION DE UNA SERIE DE ACCIONES ENAMINADAS A SU CONSECUSION ESCALA DE PRIORIDADES ES EL ORDEN DE PRELACION OTORGADO A LOS OBJETIVOS DEL PLIEGO
CARACTERISTICAS DE LA META PRESUPUESTARIA RAZONABLES Deben ser factibles de ser desarrolladas teniendo en cuenta los fondos públicos asignados CLARAS Deben encontrarse explícitamente definidas y diferenciadas MENSURABLES Deben ser susceptibles de medición
DEFINICION DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS BIENES, SERVICIOS Y OBRAS 11
CARACTERISTICAS TECNICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR Rgto. Art. 11º EL AREA USUARIA DEFINE CON PRECISION LAS CARACTERISTICAS CANTIDAD CALIDAD ACTIVIDAD QUE DESARROLLA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 13º DE LA LEY AJUSTE DE LAS CARACTERISTICAS EL ORGANO ENCARGADO CON AUTORIZACION DEL AREA USUARIA Y COMO PRODUCTO DEL ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PODRA AJUSTAR LAS CARACTERISTICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR
LA FORMULACION DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DEBERA SER REALIZADA POR EL AREA USUARIA Ley Art. 13º; Rgto. Art. 11º EL AREA USUARIA COORDINA CON EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD • ESTA EVALUACION DEBERA PERMITIR: • LA CONCURRENCIA DE LA PLURALIDAD DE PROVEEDORES EN EL MERCADO PARA LA CONVOCATORIA DEL RESPECTIVO PROCESO DE SELECCIÓN. • EVITANDO INCLUIR REQUISITOS INNECESARIOS CUYO CUMPLIMIENTO SÓLO FAVORECERÁ A DETERMINADOS POSTORES • EVALÚAN EN CADA CASO • LAS ALTERNATIVAS TÉCNICAS Y • LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PARA LA SATISFACCIÓN DEL REQUERIMIENTO. 13
EN OBRAS SE DEBE CONTAR CON: Con la Disponibilidad del Terreno o Lugar donde se ejecutará la obra Expediente Técnico aprobado • La Entidad cautelará la adecuada formulación del Expediente Técnico con el fin de asegurar: • La Calidad Técnica • Reducir al mínimo la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de ejecución de obras
DESCRIPCION DE LOS BIENES Y SERVICIOS A CONTRATAR NO DEBE HACERSE REFERENCIA MARCAS O NOMBRES COMERCIALES PATENTES DISEÑOS O TIPOS PARTICULARES FABRICANTES DETERMINADOS DESCRIPCION QUE ORIENTE • PROCESO DE ESTANDARIZACION • PERMITE: • Solicitar Marca o tipo de producto determinado • Siempre que responda a un Proceso de Estandarización • Estandarización: Es un proceso de racionalización consistente en ajustar a un determinado tipo o modelo los bienes o servicios a contratar, en ATENCION DE LOS EQUIPAMIENTOS EXISTENTES 15
ESTUDIOS DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO Rgto. Art. 12º Sobre la Base de Características Técnicas definidas por el área usuaria, el OECE tiene la obligación de evaluar las posibilidades que ofrece el mercado para determinar lo siguiente: VALOR REFERENCIAL EXISTENCIA DE PLURALIDAD DE MARCAS y/o POSTORES POSIBILIDAD DE DISTRIBUIR LA BUENA PRO PERTINENCIA DE REALIZAR AJUSTES A LAS CARACTERISTICAS Y/O CONDICIONES DE LOS QUE SE VA CONTRATAR OTROS ASPECTOS 17
A EFECTOS DE ESTABLECER EL VALOR REFERENCIAL, EL ESTUDIO TOMARA EN CUENTA, CUANDO EXISTA LA INFORMACIÓN Y CORRESPONDA, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES ELEMENTOS • Presupuestos y Cotizaciones actualizados, provenientes de personas naturales o jurídicas que se dediquen a actividades materia de la convocatoria • Incluyendo Fabricantes cuando corresponda, • Se obtiene a través de portales y/o paginas Web, Catálogos, entre otros • Debe emplearse como mínimo dos (2) fuentes*. • También se tomará en cuenta cuando la información esté disponible: • Precios Históricos • Estructuras de Costos • Alternativas existentes según el nivel de comercialización • Descuentos por volúmenes • Disponibilidad Inmediata de ser el caso • Mejoras en las condiciones de venta • Garantías y • Otros Beneficios Adicionales • Así como la Vigencia Tecnológica del objeto de la contratación de las Entidades * R Nº 1384/2009 TC-S2
VALOR REFERENCIAL Ley Art. 27 ° -Rglto. Art. 13° Sirve para determinar Proceso de Selección Asignación de recursos necesarios. SE DETERMINA SOBRE LA BASE DE • EN FUNCIÓN DEL ANALISIS DE LOS NIVELES DE COMERCIALIZACION: • A partir de las especificaciones técnicas o términos de referencia y • Los Costos estimados en el PAC? UN ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES DE PRECIOS Y CONDICIONES QUE OFRECE EL MERCADO 20
El VALOR REFERENCIAL SE CALCULARA INCLUYENDO • Los Tributos • Seguros • Transportes • Inspecciones • Prueba y • Los Costos Laborales conforme a la legislación vigente, de ser el caso • Cualquier otro concepto • Las Cotizaciones de los proveedores deben incluir los indicados componente PROCESOS DE SELECCIÓN SEGUN RELACION DE ITEMS: El VR se determinará en función a la sumatoria de los Valores Referenciales de cada uno de los Items considerados. EN LAS BASES DEBERA ESPECIFICARSE tanto el VR de los Items cuanto el VR del PS
OBSERVACIÓN DEL VALOR REFERENCIAL • Por los Participantes • Se pone en conocimiento del OECE para opinión o • Apruebe un nuevo Valor Referencial • Se pone en conocimiento del funcionario que aprobó el Exp. De Contratación POR El Comité Especial Solicita Revisión o Actualización al Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad 22
DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN EJECUCION DE OBRAS Rglto. Art. 14º
DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN EJECUCION DE OBRAS Rglto. Art. 14º • El Presupuesto de Obra comprende: • Identificación de las partidas y subpartidas • Sustentandose en: Análisis de precios unitarios por cada partida y subpartida • Gastos Generales • La Utilidad • Tributos • Seguros • Transporte, inspecciones, pruebas • Seguridad en el trabajo • Costos labores respectivos conforme a la legislación vigente • Cualquier otro concepto EL VALOR REFERENCIAL Corresponde al monto del Presupuesto de Obra establecido en el Expediente Técnico. SUSCRIPCION DEL PRESUPUESTO DE OBRA Debe estar suscrito por los consultores y/o servidores públicos que participaron en su elaboración y/o aprobación, según corresponda • CONCURSO OFERTA:El Valor Referencial se determinará teniendo en cuenta el objeto de la obra y su alcance previsto: • En los ESTUDIOS DE PREINVERSION que dieron lugar a la viabilidad del correspondiente proyecto • Así como el resultado del estudio de las posibilidades de precios de mercado
GASTOS GENERALES VARIABLES Son aquellos que están directamente relacionados con el tiempo de ejecución de la obra y por lo tanto pueden incurrirse a lo largo de todo el plazo de ejecución de la prestación a cargo del contratista GASTOS GENERALES FIJOS Son aquellos que no están relacionados con el tiempo de ejecución de la prestación a cargo del contratista. PARTIDA: Se considera como partida a cada una de las partes o actividades que se requieren ejecutar para llegar al todo que viene a ser la realización de la obra total. PARTIDA: 12. 00 PISOS Y PAVIMENTOS 12.02 VENECIANAS 12.03 DE COLOR CLARO DE 30X30 CM
DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN CONSULTORIA DE OBRAS Rglto. Art. 14º
DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN CONSULTORIA DE OBRAS Rglto. Art. 14º DEBE DETALLARSE EN CONDICIONES COMPETITIVAS EN EL MERCADO • DEBERA INCLUIR • Tributos • Seguros • Transporte • Inspecciones • Pruebas • Seguridad en el trabajo • Costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente • Cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el presupuesto • Los Honorarios del personal propuesto • Gastos Generales • Utilidad • De acuerdo a los plazos y características definidos en los términos de referencia del servicio requerido. OBSERVACION: Cuando el VR es observado por los PARTICIPANTES el Comité Especial deberá poner en conocimiento de la UNIDAD ORGANICA COMPETENTE para su opinión y, si fuera el caso, para que apruebe un nuevo VR, verificando que se cuente con la disponibilidad presupuestal y poniendo en conocimiento de tal hecho al funcionario que aprobó el Expediente de Contratación.
ASPECTOS RELEVANTES DEL VALOR REFERENCIAL QUIEN DEFINE?: EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD CUÁL ES EL OBJETO DEL VR?: Sirve para establecer el Tipo de Proceso de Selección y Gestionar la Asignación de Recursos Presupuestarios Necesarios • COMO SE DETERMINA EL VALOR REFERENCIAL: Sobre la Base de: • Un Estudio de las Posibilidades que ofrece el Mercado Efectuado en función del Análisis de los Niveles de Comercialización, • A partir de las Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia y • Costos Estimados en el Plan Anual?. • En Proyectos de Inversión: El monto consignado en el estudio de preinversión que sustenta la viabilidad 28
ANTIGÜEDAD DEL VALOR REFERENCIAL Ley Art. 27º; Rglto. Art. 16º • LEY • OBRAS: El Valor Referencial no podrá tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses contados desde la fecha de la convocatoria del proceso respectivo • BIENES Y SERVICIOS: No podrá ser mayor a tres (3) meses a partir de la Aprobación del Expediente de Contratación. Para los casos en que se requiera un periodo mayor a los consignados el OECE indicará el periodo de actualización. • REGLAMENTO: PARA CONVOCAR A UN PROCESO DE SELECCIÓN: • CONSULTORIA DE OBRAS: El Valor Referencial no podrá tener una antigüedad mayor a seis (6) meses. Se computa a partir de la aprobación del Expediente de Contratación. • OBRAS CON EXPEDIENTE TÉCNICO: Para el caso de ejecución de obras que cuentan con Expediente Técnico, la antigüedad se computa a partir de la fecha de determinación del presupuesto de Obra • BIENES Y SERVICIOS: No podrá tener una antigüedad mayor a tres (3) meses computado a partir de la aprobación del Expediente de Contratación • COMPUTO: • BIENES, SERVICIOS Y CONSULTORIA: Se computa a partir de la aprobación del Expediente de Contratación • OBRAS CON EXPEDIENTE TECNICO: A partir de la fecha de determinación del Presupuesto de Obra • OBRAS SIN EXPEDIENTE TECNICO: A partir de la convocatoria
VALOR REFERENCIAL EN COBRANZAS Y RECUPERACIONES Rgto. Art. 15º CÓMO SE DETERMINA: APLICANDO EL PORCENTAJE QUE SE FIJE EN LAS BASES, SOBRE EL MONTO A COBRAR O RECUPERAR. DICHO PORCENTAJE INCLUYE TODOS LOS CONCEPTOS QUE COMPRENDE LA CONTRAPRESTACIÓN QUE LE CORRESPONDE AL CONTRATISTA. • PROCEDE CONSIDERAR HONORARIOS DE EXITO: ; • SIEMPRE Y CUANDO SEAN USUALES EN EL MERCADO • SE JUSTIFIQUE LA NECESIDAD Y SU MONTO • LA JUSTIFICACION DEBE EFECTUARSE MEDIANTE UN INFORME EMITIDO POR EL OECE. • VALOR REFERENCIA CON HONORARIOS DE EXITO: EL VR ESTARA CONFORMADO POR: • HONORARIO FIJO; MAS • HONORARIO DE ÉXITO. • PARA EFECTOS DE LA INCLUSION DEL HONORARIO DE EXISTO EN EL VR, SE TOMARA EN CUENTA EL MONTO MÁXIMO QUE LA ENTIDAD PAGARIA COMO HONORARIO DE EXITO. 30
FINALIDAD DEL PLAN ANUAL Ley Art. 8º • DEBE PREVER: • BIENES, SERVICIOS Y OBRAS • PARA EL AÑO FISCAL RESPECTIVO MONTOS ESTIMADOS TIPOS DE PROCESOS Deben estar comprendidos en el PI CONTENIDO MINIMO DEL PLAN ANUAL OBJETO DE CONTRATACION * DESCRIPCION DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS. * CODIGO ASIGNADO EN EL CATALOGO VALOR ESTIMADO • TIPO DE PROCESO • MODALIDAD DE SELECCION FUENTE DE FINANCIAMIENTO TIPO DE MONEDA FECHA PREVISTA DE CONVOCATORIA AMC: NO ES OBLIGATORIO INCLUIRLOS EN EL PLAN ANUAL 32
ASPECTOS RELAVANTES DEL PLAN ANUAL ¿Quién Aprueba el Plan Anual?.- El Titular de la Entidad ¿En que plazo se aprueba el Plan Anual?.- Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la aprobación del PI ¿En qué plazo se publica en el SEACE?.- En un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado, incluyendo el dispositivo o documento de aprobación. MODIFICACION DEL PLAN ANUAL Rglto. Art. 9º De conformidad con la Asignación Presupuestal o en caso de reprogramación de las metas institucionales CUANDO SE TENGA QUE EXCLUIR O INCLUIR PROCESOS EL VR DIFIERA EN MAS DEL 25% DEL VALOR ESTIMADO Y ELLO VARIE EL TIPO DE PROCESO 33
EVALUACION Y ACTUALIZACION DEL PROYECTO DEL PLAN ANUAL CON SUJECION A LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS Rgto. Art. 6º APROBADO DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES REVISARA EVALUARA ACTUALIZA
EVALUACION DE LA EJECUCION PLAN ANUAL Rgto. Art. 9º La Ejecución del Plan Anual se evaluará semestralmente Se adoptaran medidas correctivas pertinentes para alcanzar las metas y objetivos previstos en el Plan Operativo Institucional Disponer deslinde de responsabilidades respectivas Discrecionalmente puede evaluarse periódicamente la ejecución del Plan Anual 35
NATURALEZA JURIDICA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION Rglto. Art. 10º • Conjunto de documentos de todas las actuaciones de una contratación • INICIO: Decisión de Adquirir o Contratar (Rgto. Definiciones) • Ley Art. 7º : Desde el Requerimiento del Área Usuaria? • CULMINACION: Hasta la culminación del contrato • a.Bienes y Servicios: Culminan con conformidad de recepción de la última prestación pactada y el pago correspondiente. • b.Ejecución y Consultorías de Obras: El Contrato culmina con la Liquidación y pago correspondiente • INCLUYE: Características; Valor Referencial; la Disponibilidad Presupuestal y su Fuente de Financiamiento. • SE CIERRA EL EXPEDIENTE. Con la Contraprestación 37
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION Información referida a las Características Técnicas Estudios de las Posibilidades que Ofrece el Mercado Valor Referencial Disponibilidad Presupuestal, Rglto Art. 18` Tipo de Proceso Modalidad de Selección Modalidad de Contratación Fórmula de Reajuste en su caso EN OBRAS * El Expediente Técnico * Declaratoria de Viabilidad cuando correspondan * EN CONCURSO OFERTA NO SE REQUIERE EXPEDIENTE TECNICO debiéndose anexar el estudio de preinversión y el Informe Técnico que sustento la declaratoria de viabilidad Sistema de Contratación EN LAS CONTRATACIONES RELACIONADAS CON PROYECTOS DE INVERSION ES RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD Y se tomen las Previsiones para que se respeten los parámetros de la Declaratoria de Viabilidad, incluyendo * Costos * Diseños * Factores que pudieran afectar la viabilidad. Que los proyectos hayan sido declarados VIABLES 38
EN OBRAS BAJO LA MODALIDAD DE LLAVE EN MANO DONDE EL POSTOR OFERTA EN CONJUNTO LA CONSTRCCION, EQUIPAMIENTO Y MONTAJE HASTA LA PUESTA EN SERVICIO Y DE SER EL CASO LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Rglto Art. 10º SE DEBE ANEXAR AL EXPEDIENTE DE CONTRATACION Y EL INFORME TECNICO QUE SUSTENTO LA DECLARATORIA DE VIABILIDAD EL ESTUDIO DE PREINVERSION
APROBACION Y CUSTODIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION Rglto Art. 10º APROBACION Aprueba el Expediente del Funcionario Competente de acuerdo a sus normas de organización interna CUSTODIA DEL EXPEDIENTE El Órgano Encargado de las contrataciones tiene a su cargo la custodia y responsabilidad del Expediente. También es responsable de remitir el Expediente para su aprobación • LA NUEVA CONVOCATGORIA DEBERA CONTAR: • CON UNA NUEVA APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION • SI NO SE HUBIERA MODIFICADO NADA SE MANTIENE EL MISMO EXPEDIENTE PROCESO DECLARADO DESIERTO
CICLO DE UN PROYECTO DE INVERSION PREINVERSION INVERSION POST INVERSION Perfil S/ 6´000,000 Estudio definitivo del Exp. Técnico Operación y Mantenimiento * Pre factibilidad De 6´ a 10´000,000 Factibilidad Ejecución Evaluación Ex post Retroalimentación * LA DECLARATORIA DE VIABILIDAD ES UN REQUISITO OBLIGATORIO PARA PASAR DE LA FASE PREINVERSION A LA DE INVERSION 41
EN EL CASO DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA EJECUTADA POR GOBIERNO REGIONAL, LOCAL, EMPRESAS PUBLICA Y ENTIDADES PUBLICAS SEGÚN EL CASO El Convenio constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento para que se efectúe la convocatoria del proceso de selección para la ejecución del proyecto de inversión pública. Los convenios deben ser publicados en la pagina web del Pliego del Gobierno Nacional 42
CERTIFICACION DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Rgto. Art. 18º DETERMINADO EL VALOR REFERENCIAL SE SOLICITA LA CERTIFICACION Debe señalarse el periodo de la contratación programada Se solicita a la Oficina de Presupuesto la Certificación de Disponibilidad Presupuestal QUÉ GARANTIZA:? La Certificación garantiza que se cuenta con Crédito Presupuestario suficiente para comprometer el gasto CONTENIDO DE LA CERTIFICACION Disponibilidad Presupuestal y Fuente de Financiamiento Si el plazo de ejecución contractual se inicia al año siguiente o abarca otro ejercicio deberá certificar que el gasto a ser efectuado será considerado en las programaciones del PI del año siguiente; en este caso, la Certificación deberá ser suscrita además por Jefe de la Oficina General de Administración Para la Certificación deberá utilizarse la Cadena Funcional Programática 44
NATURALEZA JURIDICA DE LA CERTIFICACION Ley Nº 28411 Art. 77º LA REALIZACION DE LA ETAPA DEL COMPROMISO Será precedida por la emisión del documento que lo autorice. La Autorización del Registro del Compromiso debe estar acompañada de la Certificación emitida por la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, sobre la existencia del Crédito Presupuestario suficiente, orientado a la atención del gasto en el AF respectivo. Cuando el gasto compromete años subsiguientes el Pliego debe efectuar la programación presupuestaria correspondiente en los años fiscales respectivos. Es responsabilidad de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, la previsión de los Créditos Presupuestarios para la atención de tales obligaciones. 45
EL COMPROMISO Es el acto mediante el cual se acuerda, luego del cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, afectando total o parcialmente los créditos presupuestarios, en el marco de los Presupuestos aprobados y las modificaciones presupuestarias realizadas CREDITO PRESUPUESTARIO Es la dotación consignada en el Presupuesto del Sector Publico, así como sus modificaciones, con el objeto de que las entidades puedan ejecutar el gasto 46
DESIGNACIÓN DEL COMITÉ ESPECIALRglto. Art. 27º LO DESIGNA POR ESCRITO EL TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO FORMA DE DESIGNACION • A los Titulares y Suplentes • Con indicación de sus nombres completos • Con correspondencia entre ambos Y a quien actuará como Presidente • Numero de integrantes ( 3 ) • Nombre de los Titulares • Nombre de los suplentes. Debe existir correspondencia con los Titulares • Nombre del Presidente • Proceso o Procesos de Selección Contenido del Acto Administrativo: 48
COMITÉ ESPECIAL Ley Art. 27º LICITACIONES PUBLICAS CONCURSOS PUBLICOS COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE En su conformación solo se exige que uno de sus integrantes sea del OECE ADJUDICACIONES DIRECTAS PUBLICAS ADJUDICACIONES DIRECTAS SELECTIVAS ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES COMITÉ ESP. PERMANENTE COMITÉ ESP. AD HOC Cuando el Titular de la Entidad lo designa tienen a su cargo las AMC Tiene a cargo las AMC 49
NOTIFICACION DE LA DESIGNACION PERSONALMENTE A todos los Titulares y Suplentes NOTIFICACION AL PRESIDENTE Se apareja a su designación el Expediente de Contratación y toda la información técnica y económica para el cumplimiento del encargo 50