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“El Derecho al Consumidor, como Derecho Humano” CLÁUSULAS ABUSIVAS Área Recursos Humanos, Escuela de la Magistratura, Ctes . 11.05.202. Dra. María José Nicolini de Franco. DERECHOS RECONOCIDOS A LOS CONSUMIDORES :. A la satisfacción de las necesidades. A la información.
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“El Derecho al Consumidor, como Derecho Humano”CLÁUSULAS ABUSIVASÁrea Recursos Humanos, Escuela de la Magistratura, Ctes. 11.05.202 Dra. María José Nicolini de Franco
DERECHOS RECONOCIDOS A LOS CONSUMIDORES: A la satisfacción de las necesidades A la información A la seguridad y la salud A la protección de sus bienes A la libertad de elección A la educación para elconsumo A la organización A un ambiente saludable Dra. María José Nicolini de Franco
Etapas de la Relación de Consumo Etapa Precontractual Desde que el consumidor tiene conocimiento del producto, porque lo ve en una vidriera, o recibe una publicidad. Etapa Contractual Cuando el consumidor se comunica con el proveedor o concurre al comercio a fin de comprar el producto o contratar el servicio y realiza la compra o contratación. Dra. María José Nicolini de Franco
Etapas de la Relación de Consumo Etapa Post Contractual Luego que el consumidor ha adquirido el producto o contratado el servicio y precisa información o sufre algún inconveniente por el mismo. Dra. María José Nicolini de Franco
DERECHO A LA INFORMACIÓN • El consumidor tiene derecho a ser informado en forma cierta, clara y detallada acerca de todo lo relacionado con las características de las cosas o servicios que obtenga, y sobre todo de las condiciones de comercialización. Dra. María José Nicolini de Franco
DERECHO A LA INFORMACIÓN • Antes de contratar, debemos solicitar todala información necesaria para poderevaluar y comparar entre otras cosas lacalidad, precio y condiciones de losservicios y productos ofrecidos. Toda la información debe ser brindada en forma gratuita para el consumidor. Dra. María José Nicolini de Franco
IMPORTANTE • En los productos alimenticios leer las etiquetas, verificando la fecha de vencimiento. • Exigir que nos informen sobre los intereses o recargosen las compras a crédito. • Exigir al vendedor la entrega de manuales de uso, catálogos e instrucciones de los productos. Dra. María José Nicolini de Franco
PUBLICIDAD • Los anuncios publicitarios tienen por objeto dar a conocer un nuevo producto o incentivar su venta. Promocionar el producto, pero no debe ser falsa ni engañosa. Dra. María José Nicolini de Franco
PUBLICIDAD • Los anuncios o folletos publicitarios obligan al vendedor a cumplir con lo que expresan y forman parte del contrato con el consumidor. Dra. María José Nicolini de Franco
OFERTA • Cualquier oferta o promoción dirigida a los consumidores, debe ser cumplida durante el tiempo en que se realice. • Es obligación que se consigne la fecha de comienzo y finalización. Dra. María José Nicolini de Franco
OFERTA • En caso de limitar las unidades ofrecidas, se utiliza la frase “hasta agotar stock”, expresando la cantidad disponible. Dra. María José Nicolini de Franco
PRODUCTO GARANTIZADO • DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES ECONÓMICOS: Vigencia del plazo de garantía legal Garantía de los Productos Garantía Contractual Dra. María José Nicolini de Franco
El Consumidor no podrá realizar reclamos o efectuar quejas cuando • Está advertido acercade fallas en los productos de 2º selección. • El consumidor dañó el producto a causa de uso indebido. • Luego de la compra se arrepiente de la elección del artículo. Dra. María José Nicolini de Franco
¿QUÉ SON LASCLÁUSULAS ABUSIVAS? • Son aquellas que implican una ampliación de los derechos a favor del proveedor o una restricción de los derechos del consumidor. • La ley de Defensa del • Consumidor fija una serie • de criterios para determinar • qué cláusulas son abusivas en los • contratos. Dra. María José Nicolini de Franco
Criterios que determinan que una cláusula es abusiva • Que la cláusula tienda a limitar la responsabilidad por daños. Compre AQUÍ !!! • Que las cláusulas tiendan a negar los legítimos derechos de los consumidores. • Que la cláusula tienda a invertir la carga de la prueba contra el consumidor. Dra. María José Nicolini de Franco
Cláusula Abusiva • Si Ud. considera que una cláusula es abusiva y no quiere estar ligado a ella, puede contactarse con la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y pedir asesoramiento. Dra. María José Nicolini de Franco
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS • Los prestadores de servicios están obligados a respetar los términos, condiciones y modalidades que le hayan ofrecido. • En los contratos de reparación, es obligación emplear materiales o productos nuevos. Dra. María José Nicolini de Franco
PRESUPUESTO • El prestador de un servicio debe entregar un presupuesto que contenga como mínimo los siguientes datos: Datos de inscripción en la AFIP Nombre, domicilio y otros datos del prestador Precios, diferenciando costo y mano de obra Descripción detallada de los materiales a emplear Descripción del trabajo a realizar Duración del trabajo Si se otorga garantía, en su caso, características y duración Plazo para la aceptación del presupuesto Dra. María José Nicolini de Franco
DEFECTOS EN EL TRABAJO REALIZADO • Si dentro de los 30 días de realizado el trabajo, aparecen defectos o fallas, el prestador se encuentra obligado a corregirlos, sin costo adicional para el consumidor. • Si fuera necesario algún costo adicional y no está incluido en el presupuesto, se deberá comunicar al consumidor antes de su realización. Dra. María José Nicolini de Franco
GARANTÍA DEL SERVICIO • Deberá constar por escrito: Correcta Identificación del trabajo realizado Tiempo de Vigencia de la Garantía: Fecha de iniciación y condiciones de validez Identificación de la Empresa que la hará efectiva Dra. María José Nicolini de Franco
FINANCIACIÓN POR TERCEROS • Si el consumidor realizó algún pago de contado, anticipos o gastos, deben serle restituidos en su totalidad. ACCIONES JUDICIALES • Si por motivo del contrato se inicia una acción judicial contra el consumidor siempre va a corresponder el tribunal del domicilio del deudor. Dra. María José Nicolini de Franco
IMPORTANTE No firme documentos que dejen datos en blanco, ya que podrían ser llenados en su perjuicio Exija que le entreguen copia del contrato y reclame la devolución del documento firmado al abonar la última cuota No dude en requerir la orientación de un Organismo de Defensa del Consumidor Dra. María José Nicolini de Franco
LEY DE TARJETAS DE CRÉDITOS La Ley Nº 25.065 posibilita al usuario realizar compras o contratar servicios, obtener préstamos y anticipos de dinero del sistema, permitiendo diferir el pago o financiarlo Dra. María José Nicolini de Franco
LEY DE TARJETAS DE CRÉDITOS Hay que tener presente que: Para que el contrato sea válido debe ser firmado por las partes, emisor y consumidor. Está prohibido el envío de tarjetas que genere algún cargo sin el requerimiento previo del consumidor. El titular dentro de los 30 días de recibido el resumen, puede impugnar o desconocer cargos o débitos indebidos. Dra. María José Nicolini de Franco
IDENTIFICACIÓN DE MERCADERÍAS • Se refiere al rotulado y/o etiquetado de productos. Los productos que se comercialicen envasados deben contener: Denominación del producto Origen de Fabricación Medidas netas de sus contenidos Calidad, pureza o mezcla ¡ Esta Información debe ser visible! Dra. María José Nicolini de Franco
LEY DE METROLOGÍA LEGAL • La Ley Nº 19.511 establece las condiciones técnicas que deben cumplir los instrumentos de medición en el país, por ser utilizados en transacciones comerciales: balanza, surtidores de combustibles... • Los comercios deben contar con instrumentos de medición habilitados y verificados en forma periódica por un Organismo de Control. Dra. María José Nicolini de Franco
RECLAMO ANTE UNA ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES Son Organizaciones Comunes que se ocupan de: • Velar por el cumplimiento de los derechos de los consumidores • Investigar la seguridad y la • calidad de los productos • Brindar información, educación, y orientación a los consumidores Dra. María José Nicolini de Franco
RECLAMO ANTE UNA ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES • Actuar ante la justicia o la autoridad administrativa representando a uno o a un conjunto de consumidores • Tramitar los reclamos ante las empresas, para intentar un acuerdo Dra. María José Nicolini de Franco
MOTIVOS DE RECLAMOS Error en la facturación de productos y servicios Planes comerciales arbitrarios Publicidad engañosa Incumplimiento de Ofertas Falta de Información Fallas en la calidad de productos y servicios Incumplimiento de garantías Dra. María José Nicolini de Franco
CLÁUSULAS ABUSIVAS María José Nicolini de Franco
El Derecho al Consumidor, como Derecho Humano. • Reseña de Fallos que protegen al consumidor (CACC, Sala 2, Ctes.): • G. M. E. C/Banco Rio S.A. S/cobro de pesos Expte. Nº 41873(Scia. Nº 5, 23-02-09) • C. A. R. C/Ayala Automotores S.A. y Ford Argentina S.A. S/Daños y Perjuicios, Expte. Nª 2055 (Scia. Nª 59 del 23-08-06) • Supermercado Paradacanga S.A. C/Direccion Provincial de Energia de Ctes. y Estado de la Provincia de Ctes. S/Ordinario, Expte. Nº41044 (Scia. 74, 30-11-09)
El Derecho al Consumidor, como Derecho Humano. • La Corte reconoció el Derecho al Olvido (Corte Suprema de la Justicia de la Nación): • Napoli, Carlos Alberto C/Citybank N.A. (Bs. As. 08-11-11)