440 likes | 3.46k Views
PROCEDIMIENTO ORDINARIO LABORAL GUATEMALTECO. . . PRINCIPIOSIniciativa de parteOralidadConcentraci?nImpulso procesal de oficioAntiformalidadTutelaridadConciliaci?nInmediaci?nCeleridadSencillezEconom?a procesalFlexibilidad en la apreciaci?n de la prueba.. . . . . . . CARACTERESE
E N D
1. JUICIO ORDINARIO LABORAL DR. LANDELINO FRANCO LÓPEZ
SECCIONES “C” Y “D”
2. PROCEDIMIENTO ORDINARIO LABORAL GUATEMALTECO PRINCIPIOS
Iniciativa de parte
Oralidad
Concentraciòn
Impulso procesal de oficio
Antiformalidad
Tutelaridad
Conciliaciòn
Inmediaciòn
Celeridad
Sencillez
Economìa procesal
Flexibilidad en
la apreciación de la prueba.
3. ACTO DE INICIACIÓN PROCESAL
Demanda Actor
Contestación de demanda Demandado
Modificación de la Demanda Reducción
Ampliación
Cambio de Demanda
Medidas Precautorias
4. ACTITUDES DEL DEMANDADO FRENTE A SU OBLIGACIÓN DE COMPARECER A JUICIO ACTITUDES NEGATIVAS
Rebeldía Efectos
Configuración:
a. Debidamente notificado Se le declara rebelde y se continua con el trámite
b. No presentarse el día de la audiencia del juicio.
c. No presentar excusa por su inasistencia
Confesión Ficta
Configuración:
a. Debidamente notificado Se declara confeso en su rebeldía y se dicta
b. No presentarse el día de la audiencia sentencia dentro de las 48 horas.
c. No presentar excusa por su inasistencia
d. Haber estado apercibido de tener que prestar confesión judicial
5. ACTITUDES POSITIVAS EFECTOS
Contestación en sentido afirmativo de la demanda. a. Aceptación total: de lo pretendido y el juez dictará resolución, y ésta se convertirá en título ejecutivo.
(Allanamiento) Sin que el Juez dicte sentencia.
b. Aceptación parcial:
Se procederá por la vía ejecutiva en cuanto a lo aceptado, y el juicio continuará sobre
las pretensiones no aceptadas.
2. Contestación en sentido negativo de la demanda. Instauran el principio contradictorio dentro del juicio.
3. Reconvención. Instauran el principio contradictorio dentro del juicio y se invierten los papeles de las
partes.
Requisitos de admisibilidad:
Identidad de Objeto
Identidad de Vía
Identidad de Partes
6. PROCEDIMIENTO PARA EXCUSARSE DE COMPARECER A JUICIO CUÀNTAS VECES MOTIVO: OPORTUNIDAD:
PODRÀN EXCUSARSE:
Una única vez. Únicamente por a. Antes de la hora señalada
enfermedad. Para la audiencia.
b. Dentro de las 24 horas siguientes a la audiencia.
SI SE ACEPTA LA EXCUSA, LA AUDIENCIA DEBE CELEBRARSE DENTRO DE LAS 72 HORAS
SIGUIENTES A LA QUE SE SUSPENDIÒ.
Artículos: 336 del Código de Trabajo.
7. PRIMERA AUDIENCIA A JUICIO ORAL ETAPAS PROCESALES
Ratificación o modificación de
la demanda.
Si se modifica la demanda
se suspende la audiencia, se
señala una nueva.
8. CUERDA SEPARADA TRAMITE DE EXCEPCIONES DILATORIAS INTERPOSICIÓN
PREVIO A
CONTESTAR LA
DEMANDA
9. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA En la audiencia
señalada el demandado deberá contestar la demanda En sentido negativo o afirmativo.
En el mismo
memorial de
contestación
se
interponen las
excepciones
perentorias.
10. FASE DE CONCILIACIÓN Etapa a cargo del
Juez.
Una vez contestada la demanda en
sentido negativo y la reconvención, si la
hubiere el Juez procederá a avenir a las
partes. (art.340 Código de Trabajo).
11. Una vez fracasada la fase de conciliación. El Juez resolverá la recepción y diligenciamiento de los medios de prueba propuestos por las partes en el siguiente orden:
En la demanda.
En la contestación de la demanda.
En la reconvención.
En la contestación de la reconvención.
En las de las excepciones perentorias.
12. RECEPCIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA 2 SEGUNDA AUDIENCIA:
Si no es posible la recepción y diligenciamiento de los medios propuestos por las partes en la primera audiencia el juez resolverá una segunda audiencia que tendrá verificativo dentro de un plazo no mayor de 15 días a partir de la primera audiencia.
13. AUTO PARA MEJOR FALLAR Procedencia:
El juez resolverá de oficio o a solicitud de parte por una sola vez antes de dictar sentencia UN AUTO PARA MEJOR FALLAR.
14. LA SENTENCIA Se dicta dentro de un plazo no menor a 5 ni mayor a 10 días, contados a partir de la última audiencia de prueba o de la conclusión del plazo del auto para mejor fallar.
15. RECURSOS CLASIFICACIÓN
Contra resoluciones no definitivas.
2. Contra resoluciones definitivas.
16. RECURSO DE APELACIÓN COMÚN INTERPOSICIÓN
Dentro de los tres días
siguientes a la notificación
de la sentencia o de la
resolución de que se
trate.
El juzgado de primera
instancia resuelve
otorgando el recurso y
eleva el expediente a la
sala jurisdiccional.
17. RECURSO DE APELACIÓN CON PRUEBA RECHAZADA EN PRIMERA INSTANCIA INTERPOSICIÓN
Dentro de los tres días
siguientes a la notificación
de la sentencia o de la
resolución de que se
trate.
El juzgado de primera
instancia resuelve
otorgando el recurso y
eleva el expediente a la
sala jurisdiccional.