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Algunos aspectos Regulatorios y Tarifarios

Algunos aspectos Regulatorios y Tarifarios. Convención ISGA – Mar del Plata Octubre de 2008. Aspectos Regulatorios. - Renovación de Autorización de los SDB - Modificaciones a la Resolución 35. Ajuste Tarifario (1). Resolución ENRG N° I / 409 (dictada el 26/08/08)

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Algunos aspectos Regulatorios y Tarifarios

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Presentation Transcript


  1. Algunos aspectos Regulatorios y Tarifarios Convención ISGA – Mar del Plata Octubre de 2008

  2. Aspectos Regulatorios - Renovación de Autorización de los SDB - Modificaciones a la Resolución 35

  3. Ajuste Tarifario (1) Resolución ENRG N° I / 409 (dictada el 26/08/08) - establece una nueva segmentación de los usuarios residenciales siendo los límites de cada segmentos variables para cada zona de distribución - de esa manera la categoría R1 se mantiene igual, la categoría R2 se divide en 3 segmentos (1°, 2° y 3°) y la categoría R3 se divide en 4 segmentos (1°, 2°, 3° y 4°) - la categorización es móvil y se debe computar el consumo bimestral del período corriente y añadiendo los 5 bimestres inmediatos anteriores

  4. Ajuste Tarifario (2) Resoluciones ENRG N° I / 445 a 456 (dictadas el 10/10/08) En sus considerandos mencionan como antecedentes: • El Decreto PEN N° 181/04 (de Febrero de 2004) • El Acuerdo (de Abril de 2008) para la Implementación del Esquema de Normalización del Precio del GN en el PIST (mediante sucesivos ajuste del precio del gas para usuarios SGP3 en adelante) homologado por MPFIPyS N° 208/04 • La Resolución SE N° 752/05 que estableció el llamado proceso de “unbundling” por el cual los usuarios SGP3 Grupo III y superiores compran el gas en forma directa.

  5. Ajuste Tarifario (3) • La Resolución SE N° 599/07 (de Junio de 2007) que homologó el ACUERDO CON PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007 – 2011 (garantiza la continuidad del abastecimiento de la demanda prioritaria -R, SGP1, SGP2 y SGP3 Grupo III- y de los usuarios GNC Firmes e Interrumpibles). • La Resolución SE 1070 (de Setiembre de 2008) que aprueba el ACUERDO COMPLEMENTARIO CON PRODUCTORES DE GAS NATURAL que tiene como objeto la reestructuración de precios de gas en el PIST y establecer el aporte del sector de los productores de gas natural al Fondo Fiduciario para que las garrafas de GLP para uso domiciliario se oferten a un precio diferencial menor para los consumidores de GLP de bajos recursos

  6. Ajuste Tarifario (4) En resumen establecen: • El incremento en los precios de gas en el PIST a partir del 01/09/08 para las categorías R y SGP y a partir del 01/10/08 para los usuarios GNC. • Que las categorías de usuarios afectadas por el incremento serán a partir de la R2 3° en adelante, manteniéndose los precios del gas destinado a los usuarios R1, R2 1°, R2 2° y SDB. • Que los incrementos en el precio del gas natural sean trasladados en su justa incidencia a los diferentes componentes de la tarifa final de los usuarios a fin de mantener inalterable la ecuación de distribuidoras y transportistas.

  7. Ajuste Tarifario (5) • Dado que las variaciones del precio del gas no son producto de la libre negociación sino que surgen de un acuerdo deja sin efecto las Diferencias Diaria Acumuladas. • Establece un nuevo formato de los Cuadros Tarifarios a fin de desagregar las tarifas vigentes en sus componentes. • Establece la metodología a aplicar por las licenciatarias para asignar los volúmenes de gas entregado por categoría de usuarios a fin de que los productores emitan las correspondientes facturas con los nuevos precios acordados.

  8. Ajuste Tarifario (6) Resolución ENRG N° I / 466 • Mantiene las DDA para las categorías R1, R2 1°, R2 2° y SDB Conclusiones • El ajuste NO representa ninguna mejora para las Distribuidoras. • La incidencia de la eliminación de las DDA para los usuarios R2 3° en adelante depende de cada licenciataria: (i) puede significar la recuperación del márgen de distribución histórico ó (ii) una quita en la tarifa final a los usuarios. • Se fijan importantes modificaciones en la categorización de los usuarios residenciales y los cuadros tarifarios asociados

  9. Ajuste Tarifario (y 7) • Para el caso de las SDB que compran gas a una distibuidora se va a dar la siguiente situación: - se mantiene el precio compra y - por el incremento diferencial se aumenta el precio de venta para algunas categorías de usuario Realizadas algunas consultas sobre éste tema, se nos dijo que se debería aplicar un proceso de compensación o balance similar al utilizado en el caso de los SGP3 – Grupo III.

  10. Muchas gracias por vuestra atención Convención ISGA – Mar del Plata Octubre de 2008

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