1 / 12

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA DIPLOMADO DE LITIGACIÓN EN PROCESOS CIVILES

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA DIPLOMADO DE LITIGACIÓN EN PROCESOS CIVILES. TALLER: LA APELACIÓN Profesor José Luis Silvestre Cortez 2014. ESQUEMA ANTERIOR. SANEAMIENTO. CONTESTACION. CALIFICACIÓN. DEMANDA. DEFENSA PREVIA. FONDO. FORMA. SENTENCIA. AUDIENCIA DE. AUDIENCIA.

clover
Download Presentation

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA DIPLOMADO DE LITIGACIÓN EN PROCESOS CIVILES

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMADIPLOMADO DE LITIGACIÓN EN PROCESOS CIVILES TALLER: LA APELACIÓN Profesor José Luis Silvestre Cortez 2014

  2. ESQUEMA ANTERIOR SANEAMIENTO CONTESTACION CALIFICACIÓN DEMANDA DEFENSA PREVIA FONDO FORMA SENTENCIA AUDIENCIA DE AUDIENCIA DE PRUEBAS ALEGATO CONCILIACIÓN

  3. LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS EN EL CODIGO PROCESAL CIVIL Fundamento Filosófico de la Impugnación - ¿Cuál es la razón para que un proceso regular y con una actuación probatoria plena debe ser nuevamente examinada? - El fundamento: * Juzgar es una actividad humana * Es la expresión más elevada del Espítitu humano * El acto humano se acerca más al quehacer divino * No admite duda el nuevo examen * Ratificarla (confirmarla) o * Desvirtuarla (revocarla)

  4. DEFINICION DE MEDIOS IMPUGNATORIOS Es el instrumento que la ley concede a las partes y a los terceros legitimados para que soliciten al Juez que, el mismo u otro de Jeraquía Superior realice un nuevo examen de un acto procesal o de todo el proceso a fin de que se anule o revoque éste, total o parcialmente. - Nueva revisión o examen del acto procesal

  5. CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS Ataca - Actos procesales no contenidos en Resoluciones (notif., inf. Peric.) Ejemplo: Pedido de nulidad respecto de una notificación por estar mal practicada. REMEDIOS CLASES RECURSOS: -reposición -apelación -casación -queja Ataca – Actos procesales contenidos en Resoluciones (decretos, autos y, sentencias) Ejemplo: apelación interpuesta c/ sentencia

  6. ADMISIBILIDAD Y PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD O REQ. DE FORMA Y, REQUISITOS DE PROCEDENCIAO REQ. DE FONDO • Los Recursos como toda institución procesal, tiene requisitos propios de admisibilidd y procedencia. • Requisitos de admisibilidad: • El lugar • El tiempo • La formalidad

  7. Requisitos de procedencia del recurso: • Adecuación del recurso • Descripción del agravio • Fundamentación del vicio o error. • Art. 357 y 358 del CPC regula los req. de admisib. y proced., respectivamente. • Art. 359, regula las consecuencias del imcumplimientode alguno de los requisitos.

  8. APELACIÓN • Es el recurso más importante y el más usado. • Se interpone c/ Autos y Sentencias. • Afecta toda la resolución o parte de ella. • CARACTERISTICAS: • - Rec. propio: lo resuelve un Órgano Superior • - Rec. ordinario: sólo requiere identif. vicio o error en resol. impugnada. • - Rec. positivo: Org. Sup. puede declarar ineficacia de resol. im pugnada (revocar o anular). En el primer caso, además, decla ra el derecho que corresponde (fundada o infundada la Dda.).

  9. REQUISITOS PARA LA APELACIÓN ADMISIBILIDAD PROCEDENCIA - INDICACIÓN Hecho DEL ERROR Derecho - NATURALEZA DEL AGRAVIO - SUSTENTACIÓN • PLAZO • ARANCEL • FIRMA DEL ABOGADO

  10. Con efecto suspensivo:Resolución impugnada • pierde eficacia (no se • ejecuta) • APELACIÓN • Sin efecto suspensivo:Resolución impugn. • no pierde eficacia • (Resol. se ejecuta) * Si no se indica nada, la Apelación es sin efecto suspensivo (Art. 372 C.P.C.)

  11. LA CALIDAD DE RECURSO DE APELACIÓN SIN EFECTO SUSPENSIVO • El apelante debe seguir un trámite cuasi administrativo: • Sacar copias certificadas • Enviar al Superior MOROSO CONGESTIONANTE ONEROSO

  12. PROHIBICIÓN A LA REFORMA EN PEOR Cuando una persona apela, nunca puede reformarse en peor, es decir no puede perjudicarlo. A BSENTENCIAAPELACION Confirmar Aumentar S/ 100.00 S/ 70.00 * No funciona cuando ambas partes apelan (Art. 370 C.P.C.)

More Related