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Seminario sobre Procedimiento Penal y Propiedad Intelectual de Variedades Vegetales. Gabriela Paiva Hantke. (gabriela@paiva.cl / www.paiva.cl) Abogado Porpiedad Intelectual Comité Obtentores ANPROS Socia PAIVA & CIA.-Intellecta Arbitro American Arbitration Association
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Seminario sobre Procedimiento Penal y Propiedad Intelectual de Variedades Vegetales Gabriela Paiva Hantke. (gabriela@paiva.cl / www.paiva.cl) Abogado Porpiedad Intelectual Comité Obtentores ANPROS Socia PAIVA & CIA.-Intellecta Arbitro American Arbitration Association Arbitro Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
VARIEDADES VEGETALES • Una categoría más de la propiedad intelectual • TRIPS- ADPIC • Artículo 1º, Nº2 y Artículo 27.3.b
VARIEDADES VEGETALES • Una de las categorías más recientes de la propiedad intelectual en el mundo aplicada a la industria más tradicional, la agricultura. • Convenio UPOV de 1961 • Convenio de París 1883 • Convenio de Berna de 1886
VARIEDADES VEGETALES • Hasta ahora figuras delictuales y juicios penales para todas las categorías de propiedad intelectual en Chile.
VARIEDADES VEGETALES • Una preocupación vital para Chile y su industria agrícola. • Inminentes embargos, retenciones,medidas en fronteras.
LEGISLACIÓN EN CHILE VARIEDADES VEGETALES • Ley 19.342 • Reglamento Ley • Decreto Ley 1.764 • Convenio UPOV 1978 • ADPIC –TRIPS • Nueva Ley en trámite
VARIEDADES VEGETALES • Ley 19.342 • Dos Etapas • 1) Registro Servicio AgrÍcola y Ganadero • 2) Sanciones por Infracciones • A) Procedimiento Administrativo SAG • B) Acciones penales en tribunales
JUICIOS Y CONCEPTOS BÁSICOS Ley 19.342 VARIEDADES VEGETALES • Variedad vegetal • Actos sujetos a autorización del titular • Privilegio del agricultor • Material de reproducción • Nombre de la variedad • Marca y variedad vegetal
Cuantificar los ámbitos de repercusión de la propiedad intelectual de variedades vegetales en Chile - Qué productos están involucrados? • Tendencia sin vuelta atrás de incluir PARTES DE PLANTAS, y más avanzados AGROINDUSTRIA. • UPOV 1991 • Legislación de EE.UU. de 1998 • Ley planificada en Japón para abarcar productos agroindustriales provenientes de variedades protegidas.
Ambitos de repercusión de la propiedad intelectual de variedades vegetales en Chile - Qué productos están involucrados? • Plantas • Flores • Maderas PARTES DE PLANTAS • Semillas • Frutos • Polen • AGROINDUSTRIA
Cuantificando en relación a exportaciones • Exportación de productos en millones de dólares F.O.B- AÑO 2003. • Semillas 137.906.579 • Flores 29.481.786 • Madera 2.524.000.000 • Frutas 1.650.000.000 • Agroindustria 1.650.000.000 • Total Productos • TOTAL EXPORTACIONES 20.140.000.000
Conclusión • Una de las categorías de propiedad intelectual más relevantes para Chile por su vocación agrícola y rubros de exportaciones involucrados, y alcance a partes de plantas y agroindustria. • No considerada en general por su reciente aparición internacional, • Peligros
Porqué es clave respetar la propiedad intelectual e incorporar los estándares internacionales a Chile • 1) Exigencias en mercados de exportación • 2) Areas de productos claves para Chile • 3) Nuevo escenario mundial. De aranceles a Propiedad Intelectua, solución de controversias, inversiones., etc. • 4) Nuevos competidores • 5) Nuevo escenario post-trips y TLCs.
Propiedad Industrial comprende Marcas Comerciales, Diseños Industriales Patentes de Invención, Modelos de Utilidad, Variedades Vegetales, Denominaciones de Origen, Circuitos Integrados, Información no Divulgada
Qué es una VARIEDAD VEGETALLey 19.342Regula Derechos de Obtentores de Nuevas Variedades VegetalesDistinta- Nueva- Homogenea y Estable
Derechos del titular de la Propiedad Intelectual de una Variedad Vegetal Registro ante el SAG Autorización Exclusiva, art. 3º Ley 19.342 Derecho a Impedir su uso a terceros no autorizados Licencias
Excepción: Privilegio del Agricultor- art. 3º No se entenderá vulnerado el derecho del obtentor por la utilización que haga el agricultor en su propia explotación de la cosecha de material de reproducción debidamente adquirido . Sin embargo ese material no podrá ser publicitado ni transferido a cualquier título como semilla.
Excepción: Privilegio del Agricultor- art. 3º Necesidad de delimitación respecto de semillas: definición de agricultor, especies a las cuales se aplica, Propia explotación (separar.) Frutales y Vides- Informe UPOV C/(Extr.)12/2 “cosecha del material de reproducción -” el material de reproducción que se puede cosechar son sólo semillas-
Multiplicación, Comercialización No Autorizada Delitos y Sanciones Artículo 44 Ley 19.342 establece figuras delictuales para quienes multipliquen, comercialicen, ofrezcan, distribuyan, importen, entreguen en cualquier forma como material de reproducción una variedad protegida sin autorización del obtentor
Experiencias en tribunales Primer operativo Ley 19.342 Caso Ballica Preconstitución de prueba Ministros de fe Prueba perecible Peritajes
Comercialización No Autorizada y Uso del nombre genérico de la variedad Documentos Tributarios Facturas, guías de despacho. Presentación ante SII Nombre genérico de la variedad y destino como material de reproducción o consumo.
Comercialización No Autorizada e Inicio de Acciones art. 44. Formas de iniciar el procedimiento por delitos del art. 44 Pronunciamiento de la Contraloría General de la República respecto de consulta formulada sobre juicios de protección vegetal. SAG debe admitir a tramitación denuncias.
Comercialización No Autorizada y denuncia ante el SAG según art. 44 Ley 19.342 Circular N 233 SAG de 5 de Abril del 2001 Establece requisitos de denuncias de Obtentores.constar por escrito, datos registro varietal, descripción de hechos, lugar de la infracción...
Acuerdo sobre Aspectos de la Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio Estándares Obligatorios Relaciona el Comercio Internacional con la Propiedad Intelectual Utilización de Mecanismo de Solución de Diferencias de la OMC Sanciones a Chile (país)
TRIPS y Variedades Vegetales Artículo 27 establece que los países deberán proteger las variedades vegetales a través de patentes o sistema sui generis (Upov) Los países deberán adoptar procedimientos judiciales que garanticen la protección efectiva y eficaz de la propiedad intelectual.
VENTAJAS Protección Varietal y Propiedad Intelectual Incentiva Ciencia y Tecnología Desarrollo de la Agricultura y un mejor retorno - Mayores rendimientos Fortalecimiento de capacidad tecnológica del País Recuperación de la inversión Garantía en Mercados Internacionales
El Contexto Internacional Implementación de exigentes legislaciones Legislaciones en los Principales Mercados de Exportación Mayor sensibilidad, exigencia de royalties Daño a la imagen del país y menciones a Chile como “pirata”
Incentivar la Propiedad Intelectual Aumentar la Educación Programas e Instrumentos de Apoyo Labor del Comité de Obtentores de ANPROS
Comité de Obtentores de ANPROS Reune a los principales obtentores y representantes de variedades extranjeras del País Difusión de la Normativa sobre Protección de Variedades
Comité de Obtentores de ANPROS Reune a los principales obtentores y representantes de variedades extranjeras del País Difusión de la Normativa sobre Protección de Variedades Campaña No Plante Ni Siembre una Mala Imagen, otros.