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ASPECTOS TRIBUTARIOS DE LA NOMINA. Fernando Núñez Africano. ________________________________________________________________. TEMARIO. Problemática El deber de contribuir Evasión, Fraude a la ley, Simulación y Elusión Aspectos generales La nómina en el Impuesto de renta
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ASPECTOS TRIBUTARIOS DE LA NOMINA Fernando Núñez Africano ________________________________________________________________
TEMARIO • Problemática • El deber de contribuir • Evasión, Fraude a la ley, Simulación y Elusión • Aspectos generales • La nómina en el Impuesto de renta • En la retención en la Fuente ________________________________________________________________
Temario • La retención en la fuente. Concepto. • Ingreso Laboral y elementos. • Pagos no gravados. • Pagos directos de la compañía con o sin incidencia laboral. ________________________________________________________________
Temario • Procedimientos de retención en la fuente. - Depuración del Ingreso laboral - Procedimiento No. 1 - Procedimiento No. 2 - Procedimientos especiales - Bonificaciones por retiro definitivo - Indemnizaciones por despido injustificado ________________________________________________________________
Temario • Base para los aportes a la Seguridad Social Integral. • Base para los aportes parafiscales. • Planeación de la Nómina ________________________________________________________________
PROBLEMATICA Competitividad Trabajadores cada vez mayor capacitados Garantizar su participación en los mercados nacional e internacional. Garantizar la rentabilidad mínima a los inversionistas. El asalariado exige un ingreso neto mínimo. ________________________________________________________________
El deber de contribuir • “Deber es aquello que está obligado el hombre por los preceptos religiosos o por las leyes naturales o positivas” (Diccionario de la Real Academia). • La principal razón de la tributación está soportada en la conciencia cívica, moral, política, religiosa que por nuestro propio fuero nos dirija a cumplir con uno de los deberes del hombre en comunidad: contribuir con los gastos e inversiones del Estado. ________________________________________________________________
El deber de contribuir • El deber de contribuir se convierte en una obligación jurídica cuando el Estado desarrolla legalmente los tributos (contribuciones) y la persona (sujeto pasivo) realiza el hecho gravado generándose una obligación de dar, o es sometido a obligaciones de hacer o de no hacer. ________________________________________________________________
El deber de contribuir • La justicia y la equidad son los límites del deber de contribuir. • La equidad debe entenderse como la capacidad vertical y horizontal de la persona frente al deber de contribuir. • La equidad como principio y concepto es sinónimo del principio de igualdad y el principio de la progresividad desarrolla uno de los elementos de la equidad. ________________________________________________________________
Evasión, Fraude a la Ley, Simulación y Elusión Evasión es cualquier forma empleada para disminuir el tributo en abierta violación de la ley tributaria. En el fraude a la ley se pretende el mismo resultado pero se llega a través de normas diferentes para evitar el tributo o disminuirlo, Aparentemente no se viola la ley, pero en el fondo si. ________________________________________________________________
Evasión, Fraude a la Ley, Simulación y Elusión • En la simulación la forma jurídica es una apariencia sin contenido económico real. • La elusión consiste en hallar una figura no tipificada como hecho generador o que implica una menor tributación. Evita o disminuye la carga tributaria a través de mecanismos lícitos, sin alterar el hecho imponible, ni burlar una norma amparándose en otras. Esta práctica es lícita y aconsejable. ________________________________________________________________
Aspectos generales: La nómina en el Impuesto de renta • El ingreso para el empleado es por el sistema de caja; para la empresa es deducible por causación. (E.T., Art. 27). • Los pagos cuya finalidad sea remunerar de alguna forma y que no haya formado parte de la base de retención por ingresos laborales, no podrán solicitarse como costo o gasto. (E.T., 87-1). ________________________________________________________________
Aspectos generales: La nómina en el Impuesto de renta • Rentas de trabajo son las obtenidas por personas naturales por concepto de salarios, comisiones, prestaciones sociales, víaticos, gastos de representación, honorarios, …, y en general, las compensaciones por servicios personales. (E.T., art. 103. • Estar a paz y salvo con los aportes parafiscales y los aportes obligatorios a la seguridad social son requisitos para que acepten la deducción de salarios. (E.T., art. 108). ________________________________________________________________
Retención en la Fuente: Concepto • La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta y complementarios, que consiste en restarle al valor del pago el porcentaje de retención en la fuente, que indique la tabla, según los procedimientos generales y especiales establecidos en la ley para pagos laborales. • El agente retenedor deberá, entre otras obligaciones, expedir el certificado de retención en la fuente sobre ingresos laborales. ________________________________________________________________
Retención en la fuente: Concepto de Ingreso laboral Los elementos del concepto de ingreso laboral son: La existencia de una relación de trabajo, legal o reglamentaria. El pago es la contraprestación por la prestación del servicio. El pago puede ser en dinero o en especie. ________________________________________________________________
Retención en la fuente: Concepto de Ingreso laboral El pago puede ser directo o indirecto. El pago debe ser susceptible de incrementar el patrimonio del trabajador. ________________________________________________________________
Retención en la fuente: Pagos no gravados. Pagos que recibe para cumplir a cabalidad sus funciones: Ej. Medios de transporte. Pagos a terceros por conceptos de alimentación del trabajador o de su familia. Pagos por salud y educación a sus trabajadores siempre que correspondan a programas generales y permanentes. ________________________________________________________________
Retención en la fuente: Pagos no gravados. Lo aportes a los fondos de pensiones o a las cuentas de ahorro para el fomento de la construcción. Las rentas exentas de trabajo. Los gastos directos por manutención, alojamiento y transporte que realice la empresa por cuenta del trabajador fuera de su sede habitual de trabajo, siempre que se entreguen los soportes a nombre de la empresa y que se haya practicado retención. ________________________________________________________________
Retención en la Fuente: Pagos directos de la sociedad con o sin incidencia en la remuneración laboral. Pago del arrendamiento del sitio de vivienda. Leasing o arrendamiento financiero. Tarjetas de crédito empresarial. Gastos de viaje, hospedaje y transporte. ________________________________________________________________
Retención en la Fuente:Pagos directos de la sociedad con o sin incidencia en la remuneración laboral. Préstamos a los trabajadores sin intereses. Los pagos que se pacten con el trabajador que no constituyen salario, si cumplen con los requisitos de ser ingreso laboral hacen parte de la base de retención. ________________________________________________________________
Procedimientos de retención en al fuente Ingresos laborales Menos -Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional - Otros pagos con beneficio distintos a los del num. 10. del art. 206 del E.T. Subtotal No. 1 ________________________________________________________________
Procedimientos de retención en al fuente Menos 25% exento sin exceder el límite mensual. Subtotal No. 2 Menos • Pagos por salud y educación • Intereses y UVR • Leasing Habitacional Base de Retención Valor a retener según tabla ó % fijo semestral ________________________________________________________________
Procedimientos de retención en al fuente • Los procedimientos generales son el No. 1 y el No. 2. • Los procedimientos especiales son para la indemnización por despido injustificado y para la bonificación por retiro voluntario. ________________________________________________________________
Seguridad social y Aportes parafiscales • La base para la seguridad social son los pagos que constituyan salario. • La base para los aportes parafiscales son los pagos que constituyen salario y los pagos por vacaciones remuneradas. ________________________________________________________________