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Defensa de la Competencia. Estíbaliz Díaz Zarate Nerea Casal Ramos Soraya Garrán Blázquez Oihane Garrido Valtierra Rocío González Fernández Érika Sarasola Urrutia. Ideas Previas:. Control de mercado Ley de oferta y la demanda. EMPRESAS:. Marco Constitucional:.
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Defensa de la Competencia Estíbaliz Díaz Zarate Nerea Casal Ramos Soraya Garrán Blázquez Oihane Garrido Valtierra Rocío González Fernández Érika Sarasola Urrutia
Ideas Previas: Control de mercado Ley de oferta y la demanda
Marco Constitucional: • Art.38 CE: Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.
Mercado único nacional Actuación libre de Ciudadanos sin intromisiones estatales
Artículo 149 CE: 1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: • (…)6.ª Legislación mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas. (…) 2. Sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas. 3. Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas. El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas.
Reparto Competencial: Estado/CCAA Descentralización política Pueden ser asumidas por las CCAA si así se establece en los estatutos Competencias NO enumeradas en 148 y 149 CE Competencias de las CCAA Competencias del ESTADO
Tipos de facultades:- Bases- Legislación de desarrollo- Ejecución Triple terminología legislativa: • Tipos de competencias: • Exclusivas • Compartidas • Concurrentes Técnicas pararesolución de conflictos competenciales: • Cláusula residual • Cláusula de prevalencia • Cláusula de supletoriedad
Ley 1/2002: Establece un marco jurídico de reparto competencial entre el Estado y las CCAA en materia de defensa de la competencia. (consecuencia de la inconstitucionalidad arts. Ley 16/1989) ESTADO • Garante mercado nacional. • Articula mecanismos: coordinación, conexión y colaboración.
Estructura: Art.1: Delimita el ejercicio de las competencias. CCAA: Competencia ejecutiva actuaciones realizadas en territorio autonómico (NO mercado nacional). Estado: competencia ejecutiva actuaciones mercado nacional. otras materias: acuerdos prohibidos, falseamiento de libre competencia, etc. Art.2: Mecanismo de resolución de conflictos. Junta Consultiva dictamen no vinculante Administración del Estado Eª vs CCAA CA vs CA Subsidiariamente TC Art.3: Regulación de la junta consultiva.
Art.4:Aspecto institucional para la ejecución competencial de CCAA. • Creación de instituciones propias • Colaboración del Estado. Art.5:Tres ordenes de mecanismos de coordinación. • Consejo de defensa de la competencia • Mecanismos de información entre Eº y CCAA • Servicio de Defensa de la Competencia Disposiciones: Adicionales Transitoria
LEY 16/1989 sobre Defensa de la Competencia • Relación con el art.38 de la CE. • Objetivo: garantizar una libre competencia eficaz y salvaguardarla de toda violación. No debe ser contraria al resto de las leyes que rigen el mercado, cumpliendo las diferentes reglas, tanto económicas como jurídicas de carácter público y privado.
LEY 16/1989 DEFENSA DE LA COMPETENCIA MERCADO
TÍTULO II ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS • Garantizar un el orden económico • Se encomienda a: Tribunal de defensa de la competencia Servicio de defensa de la competencia
TÍTULO PROCEDIMIENTO Y a su vez, el título III se divide en dos sectores: A) regulación de trámites especiales B) régimen de sanciones
Nueva Ley Defensa de la Competencia 15/2007 • Graduación de las infracciones. • Procedimiento de clemencia. • Único órgano de aplicación de la ley: Comisión Nacional de la Competencia. • Novedades en el control de concentraciones económicas. • Aplicación privada del derecho de la competencia.
Legislación en Defensa de la Competencia en el ámbito de la UE
REGLAMENTO (CE) Nº1/2003 DEL CONSEJO de 16 de diciembre de 2002 OBJETO establecer un régimen que garantice que no se falsea la competencia en el mercado común. Reglamento Nº 17 del Consejo, de 6 de febrero de 1962
Sustituir por legislación Actualmente Debido a que no se encuentra en condiciones de asegurar el equilibrio entre los siguientes objetivos
Reglamento 139/2004 sobre el control de la concentraciones entre empresas
Objetivosprincipales: Evitar que se obstaculice la competencia efectiva por causa de una posición dominante en el mercado común o una parte sustancial de éste. Su acceso a fuentes y suministros.
Comisión Nacional de Competencia En la prensa: Vía http://www.rtve.es/noticias
Conclusión: Libertad de empresa Libertad de Mercado. ¿Ética? Reparto competencial CCAA y Estado LEY 1/2002 Art.1 CE España es un Estado social y democrático de Derecho. (igualdad, distribución equitativa de la riqueza, DDHH…). ¿La legalidad de los principios enunciados en las leyes analizadas conlleva a la justicia desde un punto de vista moral? Necesidad de adaptación al dinamismo del mercado LEY 15/2007. ¿Debe primar la ética o el desarrollo del mercado y sus competencias?; ¿Creéis que la legislación en materia competencial puede obstaculizar el desarrollo del mercado a nivel nacional o internacional? GRANDES PERJUDICADOS: PYMES CONSUMIDORES (ciudadanos)