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¿Uruguay responde a las necesidades de infraestructura y de inclusión de personas con discapacidad en el ámbito educativo?.
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¿Uruguay responde a las necesidades de infraestructura y de inclusión de personas con discapacidad en el ámbito educativo?
Debemos recordar que en cuanto a la terminología aceptada por la Convención de los Derechos Humanos de las Personas con discapacidad debemos nombrarlas como “personas con discapacidad” y tener claro que los derechos están dirigidos a las “personas con discapacidad” y no hacia la “discapacidad” en sí.
DISCAPACIDAD: • La Convención sobre los Derechos Humano de las personas con discapacidad, las define como aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que al interactuar con diversas barreras puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igual de condiciones con los demás.
LAS DISCAPACIDADES PUEDEN SER: Congénita Adquirida por un accidente o alguna enfermedad discapacitante
Un informe que se hizo para la comisión interamericana de Derechos Humanos en noviembre de 2009, plantea que “Pese a las distintas referencias en los ordenamientos jurídicos internacionales que prohíben la discriminación de manera general, y la discriminación en la educación en particular, las personas con discapacidad constituyen uno de los grupos más discriminados de la actualidad.
En Uruguay, desde el año 2005 se viene trabajando en un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos para las personas con discapacidad, es una de las tareas del Programa Nacional de Discapacidad (PRONADIS) del Ministerio de Desarrollo Social. Lo que se propone una estrategia de diseño con la participación activa de las organizaciones sociales, las asociaciones de personas con discapacidad y de familiares, con la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad y las Comisiones Departamentales Honorarias como referentes interinstitucionales.
“La Misión del Plan es articular mecanismos para la creación de políticas públicas y sociales para la protección de los derechos de las personas con discapacidad en materia de derechos humanos, no discriminación, igualdad de oportunidades, plena ciudadanía y participación integral.
¿Uruguay responde a las necesidades de infraestructura y de inclusión de personas con discapacidad en el ámbito educativo?
la respuesta es sí, pero no solamente para la educación, sino que en todos los aspectos, ya que desde el 10/2/2010 se aprobó una ley que protege los derechos de las personas con discapacidad. • Tras cinco años de idas y vueltas, el Parlamento finalmente aprobó la ley para la protección integral de los derechos de las personas con discapacidad. • El senador de Alianza Nacional Ruperto Long, uno de los impulsores de la iniciativa, la calificó como “uno de los proyectos legislativos más importantes y ambiciosos en materia social”
Por otra parte en casos extremos, más complicados y difíciles de tratar, en Uruguay el Estado brinda ayuda, por parte de un trabajo en conjunto con la Fundación IPPU (instituto psicopedagógico uruguayo), que a su vez trabaja en conjunto con muchísimas instituciones para personas con discapacidad en todo el Uruguay. IPPU