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Encuentro Nacional de Cooperativas del sector Salud

Encuentro Nacional de Cooperativas del sector Salud. Gestión del Cooperativismo de Trabajo Asociado en la prestación de servicios de salud bajo el nuevo marco regulatorio. Enrique Valderrama Jaramillo Superintendente de Economía Solidaria. Bogotá D.C. Junio de 2007. La Supervisión.

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  1. Encuentro Nacional de Cooperativas del sector Salud Gestión del Cooperativismo de Trabajo Asociado en la prestación de servicios de salud bajo el nuevo marco regulatorio Enrique Valderrama Jaramillo Superintendente de Economía Solidaria Bogotá D.C. Junio de 2007

  2. La Supervisión

  3. CARÁCTER TÉCNICO Y ESPECIALIZADO DE LA SUPERVISIÓN La Ley 454 de 1998 (Art.34) dispone: “El Presidente de la República ejercerá por conducto de la Superintendencia de la Economía Solidaria la inspección, vigilancia y control de las organizaciones de la economía solidaria que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado...”

  4. “Ejercer el control, inspección y vigilancia sobre las entidades que cobija su acción para asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias y de las normas contenidas en sus propios estatutos” EJERCICIO DE LA SUPERVISIONNumeral 1, artículo 35 Ley 454 de 1998

  5. Procedimiento de la Supervisión • La vigilancia • La inspección • El control

  6. Ley 454 de 1998 Define la economía solidaria como: Conjunto de fuerzas sociales organizadas en forma asociativa identificadas por prácticas autogestionarias, solidarias, democráticas y humanistas, sin ánimo de lucro, para el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía.

  7. Ser sin ánimo de lucro • Que se establezca la irrepartabilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial”. • Que destine sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de revalorizar los aportes y conservarlos en su valor real. • Los excedentes provenientes de actividades por servicios operacionales a terceros (siempre en razón de interés social o del bienestar colectivo), se llevarán a unfondo social no susceptible de repartición(Cuenta del Patrimonio)

  8. CTA vigiladas por la Supersolidaria

  9. CTA relacionadas con el Sector Salud vigiladas por la Supersolidaria

  10. El plazo máximo para hacer los ajustes estatutarios y de regímenes exigidos por el Decreto, es el 27 de junio de 2007. Las entidades que no se acojan al decreto en este plazo, quedarían incursas en causal de disolución y liquidación por imposibilidad de desarrollo del Objeto social, dado que no tendrían desde esa fecha reconocimiento para realizar operaciones Temas de interés Dec. 4588 / 2006

  11. Los procesos de conversión ó transformación que soliciten estas entidades, deben tener autorización previa de Supersolidaria (resolución ejecutoriada), como requisito previo para el registro de la conversión ó transformación en Cámaras de comercio Temas de interés Dec. 4588 / 2006

  12. Las CTA pueden ser: Especializadas: aquellas supervisadas por Superintendencias que vigilen actividades especializadas (Salud, Puertos y Transporte, Vigilancia, Servicios Públicos) Multiactivas o Integrales: Cuando tengan diferentes secciones para ofrecer servicios a sus asociados En virtud de sentencia de la Corte Constitucional todas las CTA son especializadas en razón del trabajo Temas de interés Dec. 4588 / 2006

  13. La multiactividad en las CTA se refiere a la posibilidad de ofrecer a sus asociados y no a terceros, servicios como: Ahorro (previa autorización de Supersolidaria - Ley 454 de 1998) Apoyo técnico Bienestar Crédito Temas de interés Dec. 4588 / 2006

  14. Superintendencia de la Economía Solidaria Carrera 7 No 31-10 Bogotá - Colombia PBX 4895009 www.supersolidaria.gov.co Por unas Entidades Solidarias Eficaces, Eficientes y Efectivas GRACIAS

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