140 likes | 466 Views
EL CONSENTIMIENTO. VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: ART. 1467 C.C. EL ERROR LA FUERZA DOLO. EL ERROR EQUIVOCACION ACEPTAR UNA COSA POR OTRA CONSIDERANDOLAS IGUALES YERRO EN APRECIAR LAS COSAS. PUEDE SER:. DE HECHO: vicia el consentimiento DE DERECHO : no lo vicia Art. 1468 C.C.
E N D
VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: ART. 1467 C.C. EL ERROR LA FUERZA DOLO
EL ERROR EQUIVOCACION ACEPTAR UNA COSA POR OTRA CONSIDERANDOLAS IGUALES YERRO EN APRECIAR LAS COSAS. PUEDE SER: DE HECHO: vicia el consentimiento DE DERECHO: no lo vicia Art. 1468 C.C.
CLASES DE ERRORES DE HECHO EN LOS CONTRATOS: 1.- ERROR SOBRE LA CLASE DE CONTRATO: ART. 1469 C.C. EJEMPLOS: Si una parte cree que es un contrato de préstamo y la otra de una donación Una parte considera que es una donación y la otra un contrato de compraventa. EN AMBOS CASOS HAY CONSENTIMIENTO, PERO SI ESTA VICIADO DEBE JUSTIFICARSE Donación compraventa
2.- ERROR SOBRE LA IDENTIDAD DEL BIEN MATERIA DEL CONTRATO: ART. 1469 C.C. EJEMPLOS: Una persona cree comprar un terreno con una plantación de manzanas; en cambio el vendedor enajena otro inmueble que no tiene plantación alguna. Una persona cree comprar un carro de carreras y la otra vende un vehículo no adaptado para competencias. Sin plantaciones con plantaciones
3.- ERROR EN LA SUSTANCIA DE LA COSA CONTRATADA: ART 1470 C.C. EJEMPLO: Si una persona cree que lo que compra es ORO, cundo en realidad lo que ha comprado es BRONCE. NOTA: Solo el error sobre la sustancia o esencia vicia el consentimiento y no el error sobre cualquier otra calidad.
4.- ERROR EN LA PERSONA ART. 1471 – 692 C.C. Se produce cuando hay error en la identidad de la persona que interviene en el contrato. EJEMPLO: en el caso del matrimonio.
LA FUERZA Es todo procedimiento que provoca un estado de angustia, de temor FUNDADO por el mal que se espera para si o para los familiares de la parte contratante.
CLASES: MATERIAL: se da cuando se ejerce violencia física que no puede ser superada. Ejs. Golpear, torturar, encerrar a otra persona para obtener el consentimiento. MORAL: Consiste en las amenazas ya sea con matar, dar a conocer hechos bochornosos, etc NOTA: Estos actos no deben privar por completo la voluntad de la víctima (ausencia de voluntad)
REQUISITOS: Para que la fuerza vicie el consentimiento debe ser: 1.-GRAVE: es decir, producir una IMPRESIÓN FUERTE en una persona de sano juicio acerca de un mal irreparable . No es necesario que se REALICE el mal, basta que aparezca como posible para la víctima. En qué personas debe recaer? • Sobre el contratante • Cónyuge, • Ascendientes, • Descendientes ( legítimos o ilegítimos) • Otros: Ej: novia, adoptante, hermano, amigo, etc; en este caso que no es presunción como los anteriores, debe probarse que dicha amenaza produjo en el contratante el mismo efecto que si se la hiciera a él.
Relatividad de la fuerza: Es decir que se aprecia con relación a la víctima misma, considerando su edad, sexo y condición. Ejs: lo que produce una impresión en un niño o en un anciano, puede no producirla en un hombre. Lo que no atemoriza a una persona fuerte, lo puede hacer en una débil 2.- INJUSTA: es injusta cuando es contraria a derecho = hechos ilícitos. La fuerza legítima NO VICIA el consentimiento.