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Planes de ahorro ocupacional Gustavo Alcalde Presidente BBVA Provida Cartagena de Indias, Colombia 10 Abril 2008. Contenidos de la presentación. 1. Definición y características. 2. La experiencia internacional. 3. Condiciones para el desarrollo de estos planes.
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Planes de ahorro ocupacional Gustavo Alcalde Presidente BBVA Provida Cartagena de Indias, Colombia 10 Abril 2008 Abril 2008
Contenidos de la presentación 1. Definición y características 2. La experiencia internacional 3. Condiciones para el desarrollo de estos planes 4. Ahorro voluntario y planes de ahorro ocupacional en Chile 5. Conclusiones Abril 2008
Definición de los planes de ahorro ocupacional Los planes de ahorro ocupacional son aquellos en los que su promotor es una entidad, corporación, sociedad o empresa, y los participes sus empleados. En relación con el sistema de aportaciones, tanto la empresa promotora como el trabajador, pueden contribuir al financiamiento del plan, estableciéndose un régimen fiscal especial. Como cualquier otro plan de pensiones, deben cumplir una serie de requisitos generales marcados por la ley. En la mayor parte de los casos, además de la figura de la empresa como promotor del plan, existe un supervisor estatal. Abril 2008
Naturaleza de los planes de ahorro ocupacional • Voluntariedad • Carácter privado • Complementariedad con las prestaciones de la Seguridad Social • Los contratos que respalden los planes de ahorro deben estipular: • el derecho de las personas, a cuyo favor se constituyen, a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, incapacidad permanente y fallecimiento • las obligaciones de contribución a los planes • las reglas de constitución y funcionamiento de los patrimonios que se acumulan • Las condiciones bajo las cuales los trabajadores adquieren la propiedad de los aportes realizados por la empresa Abril 2008
Contenidos de la presentación 1. Definición y características 2. La experiencia internacional 3. Condiciones para el desarrollo de estos planes 4. Ahorro voluntario y planes de ahorro ocupacional en Chile 5. Conclusiones Abril 2008
Los sistemas de ahorro ocupacional voluntarios son comunes en muchos de los países desarrollados Características de los planes de ahorro ocupacional en algunos países desarrollados Son importantes principalmente en Dinamarca, Canadá, UK y US tanto por el porcentaje de población cubierta como por su papel de provisión de renta durante la jubilación. FUENTE: OECD Pensions at a Glance, 2007 V- voluntario O – obligatorio CO – cuasi-obligatorio P – principal S - secundario Abril 2008
Evolución del patrimonio de los Planes de Ahorro Ocupacional, 2002-2006 Evolución de los activos en Planes de Ahorro Ocupacional (en porcentaje sobre el PIB) FUENTE: SEE BBVA UTG Abril 2008
En varios de ellos representan un elevado porcentaje de las rentas después de la jubilación Tasas de reemplazo (% salario anterior a la jubilación) FUENTE: OECD y SEE BBVA Abril 2008
El caso de Estados Unidos: principales características • Sistema de pensiones con dos componentes: • Social Security: sistema de reparto • Sistema de retiro patrocinado por los empleadores • Propiedades de los planes de ahorro ocupacional: • Sistemas voluntarios • Una vez implantados, están sujetos a una legislación común (ERISA) • Fuertes incentivos fiscales • Patrocinadores: empresas privadas (65-70% del total), gobierno federal o estatal, sindicatos o individuos • Financiados principalmente por los empleadores (como parte del salario), aunque también pueden contribuir los trabajadores Abril 2008
El caso de Estados Unidos: principales características de los planes de ahorro ocupacional • Tipos de planes de ahorro ocupacional • Beneficio Definido (BD): Los riesgos de longevidad y de tipo de interés recaen sobre la empresa • Contribución Definida (CD): Plan 401(k) dónde el empleado escoge la manera de invertir la contribución del patrono. No cuentan con garantía por parte del estado • Planes híbridos “Reforma Silenciosa”: Desde mediados de los ochenta, hay más gente en planes con Contribuciones Definidas que con Beneficios Definidos Abril 2008
El sistema de seguridad social en Brasil: Coexistencia de tres regímenes previsionales • Dos modalidades de regímenes públicos obligatorios: • Régimen general de previsión social, destinado a todos los trabajadores. • Régimen de pensiones propio especial para trabajadores del sector público. • Por otra parte, hay un régimen de previsión complementaria, privado y voluntario. Existen dos modalidades: • Abiertas de previsión complementaria. • Cerradas de previsión complementaria o fondos de pensiones. Abril 2008
Regímenes de Previsión en Brasil Abril 2008
El sistema de seguridad social estatal en Brasil se encuentra en riesgo de insolvencia debido, entre otros factores, a que: • 1. Presenta niveles de gasto similares a los de países con población envejecida, aunque su población es jóven: sistemas generosos en los que el acceso a la prestación se inicia a edades demasiado tempranas. • 2. Liga las pensiones mínimas con los salarios mínimos (que han aumentado un 14% en términos reales entre 1995-2005). Gran parte de la población rural accede a este tipo de prestación. Abril 2008
Evolución del sistema de previsión complementaria en Brasil Fuentes: Ministerio da Previdência Social, Ministerio do Trabalho e Emprego y Superintendencia de Seguros Privados. Abril 2008
El sistema de seguridad social en España • Régimen público, de carácter obligatorio y extensivo a toda la sociedad con dos niveles Protección común que cubre situaciones de necesidad y se financia a través de los presupuestos generales del Estado; NIVEL ASISTENCIAL Sistema contributivo determinado por un criterio de profesionalidad derivado del ejercicio de una actividad laboral. Se financia con las aportaciones de Empleados y Empresarios. • Régimen de protección complementaria al sistema público, caracterizado por su voluntariedad y la gestión privada Planes y Fondos de Pensiones regulados por ley Fórmulas alternativas individuales de ahorro y previsión complementarias Su cobertura es de un 40% de la fuerza laboral Abril 2008
Características de los Fondos de Pensiones Voluntarios Los Fondos de Pensiones son Patrimonios creados al exclusivo objeto de dar cumplimiento al Plan o planes adscritos a ellos: Carecen de personalidad jurídica Administrados por una Entidad Gestora Fondos custodiados por una Entidad Depositaria Comisión de control, representativa de los Planes adscritos Modalidades de los Planes Sistema de Empleo El promotor es cualquier entidad y los partícipes serán los empleados de la misma. Sistema Individual El promotor es una entidad financiera y los partícipes cualquier persona física. Sistema Asociado El promotor es una asociación o sindicato, siendo los partícipes los asociados, miembros o afiliados. Abril 2008
Importancia relativa de los planes de pensiones complementarios en España En España, la modalidad más popular la constituyen los Planes de Pensiones Individuales. Volumen de activos gestionados, 2006 FUENE: INVERCO Abril 2008
Inversión de los Fondos de Pensiones. Estructura de la cartera Los Fondos de Pensiones deben invertir sus activos de acuerdo con criterios de seguridad, rentabilidad, diversificación, liquidez y congruencia de plazos según sus finalidades 23% 9% FUENE: INVERCO Estadísticas, 2007 Al menos el 70% del activo del Fondo de Pensiones se invertirá en activos financieros admitidos en mercados regulados, en depósitos bancarios, en créditos con garantía hipotecaria y en inmuebles Abril 2008
Contenidos de la presentación 1. Definición y características 2. La experiencia internacional 3. Condiciones para el desarrollo de estos planes 4. Ahorro voluntario y planes de ahorro ocupacional en Chile 5. Conclusiones Abril 2008
1. Los Beneficios fiscales están presentes en los países de la OECD. Son condición necesaria, pero no suficiente Incidencia de los incentivos fiscales en la participación en sistemas voluntarios PRT FUENTE: SEE BBVA UTG Abril 2008
2. A mayor presencia de trabajo organizado y negociación colectiva se ve más cobertura de estos planes Impacto de la negociación colectiva en la participación en sistemas voluntarios FUENTE: SEE BBVA UTG Abril 2008
3. Por otra parte los beneficios de la Seguridad Social obligatoria hacen un “crowding-out” del ahorro voluntario Tasas de reemplazo y pensiones voluntarias (relación inversa) La provisión pública desplaza a la provisión privada. La provisión obligatoria desplaza la provisión voluntaria. FUENTE: SEE BBVA UTG La provisión de planes de ahorro ocupacional es mayor en aquellos países con una cobertura pública obligatoria menor Abril 2008
4. En países en desarrollo la cobertura de los Sistemas de Pensiones está muy relacionada con la formalidad en el mercado del trabajo Fuente: Cepal y OCDE Abril 2008
Contenidos de la presentación 1. Definición y características 2. La experiencia internacional 3. Condiciones para el desarrollo de estos planes 4. Ahorro voluntario y planes de ahorro ocupacional en Chile 5. Conclusiones Abril 2008
Elsistema de ahorro previsional voluntario en Chile • Comienza con la Reforma de 1981. APV individual. • Despega con la Reforma de 2002, cuyos principales aspectos fueron: • Se otorgó liquidez a los ahorros. • Se permite la entrada de nuevos actores. • Se permite cobrar por administrar los fondos de APV. • Se ampliaron alternativas de inversión. Se introducen los multifondos. • Se otorgan nuevos beneficios tributarios. • APV colectivo: se introduce con la reforma de 2008. Abril 2008
Número de Cuentas en APV Fuente: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Abril 2008
Saldos Acumulados en APV Fuente: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Abril 2008
Cuentas y Saldos por Tipo de Institución Fuente: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Fuente: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Abril 2008
CotizantesAFPyAPVporedad Fuente: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Cerca del 15% de los cotizantes poseen cuentas de ahorro previsional voluntario. Abril 2008
AhorroPrevisional Voluntario Colectivo (APVC) en la Reforma Previsional • Objetivos y Marco General • La reforma crea el APVC para profundizar el ahorro previsional voluntario. • Ahorros realizados por los trabajadores son complementados por sus empleadores. • El APVC está sujeto al mismo límite de los aportes que se realicen en el APV individual. • Incentivos al APVC • El empleador podrá considerar los aportes al APVC como gasto necesario para producir renta. • En la pensión autofinanciada de referencia o estimada para determinar la pensión base, que determina el acceso al Sistema de Pensiones Solidario, no se incluirán las cotizaciones voluntarias. Abril 2008
Incentivos a las personas para realizar APVC en la Reforma Previsional • Los beneficios tributarios del APVC serán equivalentes a los del APV. Habrán dos regimenes tributarios a los que los trabajadores podrán acogerse: • Recibir los beneficios tributarios al aportar los recursos al plan y pagar impuestos al momento del retiro, como ocurre actualmente. • No hacer uso del beneficio tributario al momento de aportar recursos y no pagar impuesto al momento del retiro de los fondos. (Quienes acojan su ahorro a este regimen, obtendrán una bonificación fiscal equivalente al 15% si mantienen este ahorro hasta el momento de pensionarse. Tendrán derecho a este beneficio aquellos trabajadores que tengan un salario anual inferior a US$ 40.000). • Una vez elegido uno de éstos regimenes, el afiliado siempre podrá optar por el otro para futuros aportes. Abril 2008
El APVC permitirá ampliar los beneficios del APV a un número importante de trabajadores de ingresos medios, posibilitando así la obtención de tasas de reemplazo más altas • Mercado potencial en torno al 15% de la fuerza de trabajo. • Aproximadamente 600.000 personas. Abril 2008
Contenidos de la presentación 1. Definición y características 2. La experiencia internacional 3. Condiciones para el desarrollo de estos planes 4. Ahorro voluntario y planes de ahorro ocupacional en Chile 5. Conclusiones Abril 2008
Planes de ahorro ocupacional: un complemento interesante • Su uso se encuentra ampliamente difundido en el mundo. • Beneficia principalmente a trabajadores de ingresos medios empleados en el mercado formal. • La informalidad del mercado laboral limita su alcance en América Latina. • Puede ser una herramienta importante para mejorar las tasas de reemplazo de trabajadores de ingresos medios, los que resultan fundamentales para decidir la fortuna de los sistemas de capitalización individual cuando entren en la fase de desacumulación. • La importancia del instrumento será mayor mientras más baja sea la tasa de cotización obligatoria. • Paliativo importante para mejorar pensiones de contribuyentes de ingresos medios con bajas densidades por informalidad y crisis económicas. Abril 2008
Planes de ahorro ocupacional Gustavo Alcalde Presidente BBVA Provida Cartagena de Indias, Colombia 10 Abril 2008 Abril 2008
Anexos • Sistemas de ahorro ocupacional en Estados Unidos • Sistemas de ahorro ocupacional en España • Sistemas de ahorro ocupacional en Brasil • Sistemas de ahorro ocupacional en Chile Abril 2008
El caso de Estados Unidos: principales características de los sistemas de ahorro ocupacional • Tratamiento fiscal favorable para estimular el ahorro • Los patrocinadores pueden deducir sus contribuciones como gasto • Los trabajadores difieren el pago de impuestos hasta la percepción de la pensión • Los intereses están libres de impuestos • Reglamentación y regulación (ERISA*) • Establece estándares para las contribuciones mínimas de los patrocinadores a un plan de pensiones • Regla de prudencia (balance entre seguridad, riesgo y rendimiento) para todos los fondos privados • Define estándares (derechos) mínimos para los afiliados • Garantiza los derechos de los beneficiarios a través de una agencia gubernamental (PBGC) que funciona como un seguro de pensiones • Protege a los afiliados de movimientos adversos del mercado y la admón. • Penaliza los déficits (pone en peligro el pago de las prestaciones) y los superavits (el plan está siendo utilizado como un mecanismo para obtener ventajas fiscales) * Employee Retirement Income Security Act Abril 2008
El caso de Estados Unidos: modalidades de planes de ahorro ocupacional • Además de las ya mencionadas: Beneficio definido; Contribución definida – Plan 401(k); y sistemas híbridos • Planes Keogh y Cuentas IRAs (Individual Retirement Accounts) • Dirigidas a trabajadores por cuenta propia y personas individuales, respectivamente, que deseen un plan complementario con algunas ventajas tributarias de los planes empresariales • Los ESOPS (Planes de propiedad de acciones por parte de los empresarios) • Las empresas dan participación accionaria a sus empleados y contribuyen a su jubilación transformando dichas acciones en un fondo de pensión individual en el momento de la jubilación (problema: no se diversifica la cartera, todo son acciones de la misma empresa) • Pueden ser apalancados o no apalancados • Tienen importantes incentivos fiscales • Están en tela de juicio después de los fiascos de ENRON, UNITED y otros Abril 2008
Los planes de empleo en España La previsión complementaria en España partía de una realidad Existencia en Convenios Colectivos de Compromisos por Pensiones de las empresas con su personal. Constituidos mediante Dotaciones a reservas en Balance de las Compañías La Titularidad de dichas dotaciones pertenecía a las Compañías Seguros de previsión ( supervivencia e invalidez) El desarrollo normativo tuvo que incorporar esta situación de origen Ley 8/1987 de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, que los regula como instrumentos de previsión social complementaria, en el marco de los sistemas privados de ahorro finalista. La disposición transitoria primera permitió la transformación voluntaria de Planes de Previsión empresarial (Fondos Internos) en Planes de Pensiones Abril 2008
Agentes ELEMENTOS PERSONALES El promotor Personas jurídicas que insten o participen en la constitución de los fondos, es decir, cualquier empresa, sociedad, entidad o corporación, asociación o sindicato Los participes Personas físicas en cuyo interés se crean. Los beneficiarios Personas físicas con derecho a percibir las prestaciones Promotores y partícipes son sujetos constituyentes de los planes de pensiones Abril 2008
Modalidades de los planes MODALIDAD DE LOS PLANES En función de las obligaciones estipuladas, los planes podrán ser: • De Prestación Definida • Se define como objeto la cuantía de las prestaciones a percibir por los beneficiarios. • De Aportación Definida • El objeto definido es la cuantía de las contribuciones de los promotores y en su caso de los partícipes. • Mixtos • El objeto es simultáneamente las cuantía de de las prestaciones y la de las contribuciones. Los Planes Individuales, sólo son de Aportación Definida. Los Planes de Empleo y Asociados pueden ser de cualquiera de las tres modalidades. Abril 2008
Elementos de estos sistemas de pensiones • Los Fondos de Pensiones • Entidades gestoras de los Fondos Sociedades anónimas cuyo objeto exclusivo sea la administración de los Fondos de Pensiones Entidades aseguradoras autorizadas en el ramo de Vida Mutualidades de Previsión Social • Entidades Depositarias Las Entidades gestoras y depositarias de los Fondos que administran son responsables frente a promotores, partícipes y beneficiarios Abril 2008
Contingencias susceptibles de cobertura • Jubilación según lo previsto en el régimen de Seguridad Social correspondiente • Incapacidad permanente total • para la profesión habitual • absoluta para todo trabajo • gran invalidez • Fallecimiento (del partícipe o beneficiario) Los derechos consolidados excepcionalmente podrán hacerse efectivos en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración Abril 2008
Prestaciones • Las prestaciones son el derecho económico de los beneficiarios como consecuencia del acaecimiento de alguna contingencia cubierta. • Pueden ser: En forma de CAPITAL,consistente en un pago único En forma deRENTA, consistente en la percepción de dos o más pagos sucesivos con periodicidad regular, incluyendo al menos un pago en cada anualidad. Las rentas podrán ser: • Actuarial o financiera • Constante o variable • Vitalicias o temporales • Inmediatas o diferidas a un momento determinado MIXTAS, combinación de rentas con pago único en forma de capital Abril 2008
Aspectos financieros y actuariales Los planes de pensiones se instrumentan en Sistemas financieros y actuariales de capitalización individual Cuantía anual e aportación imputable a un partícipe será idéntica a su imputación fiscal Constitución de Provisiones Matemáticas o Fondos de Capitalización cuando cubran un riesgo, y en razón de las prestaciones ofertadas y de la modalidad del Plan Constitución de un Margen de Solvencia mediante las Reservas Patrimoniales necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones Posibilidad de contratación de seguros para la cobertura de riesgos determinados o el aseguramiento o garantía de las prestaciones Los derechos consolidados de los partícipes vienen determinados por la cuota parte del Fondo de Capitalización o por la Provisión Matemática y el Margen de Solvencia que corresponda al partícipe Abril 2008
Aportaciones Los sujetos aportantes serán los partícipes (aportaciones) y en el caso concreto de Planes de Empleo, el promotor empresarial (contribuciones) La titularidad de los recursos patrimoniales afectos a cada Plan corresponde a partícipes y beneficiarios De acuerdo con las aportaciones realizadas , con las prestaciones previstas y con el régimen financiero-actuarial aplicable se cuantifican los DERECHOS CONSOLIDADOS Las aportaciones se integrarán de forma inmediata y directamente en el Fondo en el que está integrado el Plan (cuenta de posición del Plan en el Fondo) Abril 2008
Evolución del número de partícipes FUENE: SEE BBVA Abril 2008
Distribución de los participantes Nº Cuentas en cada Sistema, 2006 La importancia de los Planes de Pensiones Individuales se hace todavía mayor si lo que tenemos en cuenta es el número de participantes. FUENTE: INVERCO Aunque el número de activos gestionados por el Sistema Individual es el menor de los tres. El sistema de empleo lidera claramente este grupo. FUENTE: INVERCO Abril 2008
Gestoras de Fondos de Pensiones Entidades gestoras de los Fondos, siempre que cumplan los requisitos legales exigidos: • Sociedades anónimas cuyo objeto exclusivo sea la administración de los Fondos de Pensiones • Entidades aseguradoras autorizadas en el ramo de Vida • Mutualidades de Previsión Social Tienen como funciones principales • Intervención en la escritura de constitución del fondo • Llevanza de contabilidad del fondo • Determinación de saldos de las cuentas de posición y de los derechos y obligaciones de cada plan • Emisión de certificados de pertenencia de los partícipes, de las aportaciones realizadas, de los derechos consolidados • Determinación de la cuenta de posición • Control de la entidad depositaria Abril 2008
Entidades Depositarias de Fondos Las Entidades Depositarias realizarán la custodia de los activos financieros integrados en los Fondos • Entidades de crédito establecidas en España que cumplan los requisitos legales exigidos Tendrán las siguientes funciones: • Custodia • Vigilancia de la Gestora ante promotores, partícipes y beneficiarios • Intervención en escrituras de constitución de los fondo • Emisión de certificados de pertenencia, junto con la gestora • Junto con la gestora, la instrumentación de cobros y pagos • El ejercicio, por cuenta del fondo, de operaciones de compra y venta de valores, cobro de rendimientos de inversiones • La canalización del traspaso de la cuenta de posición de un plan a otro • Recepción de valores propiedad del fondo, custodia de los activos líquidos Abril 2008