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Globalización: nuevos retos para la tutela jurídico-penal de los derechos sociales. Curso de doctorado Estudios de Derechos Sociales para Magistrados de trabajo de Brasil UCLM-ANAMATRA Ciudad Real, 11-sep-09 Juan M. Terradillos Basoco Catedrático de Derecho Penal Universidad de Cádiz.España.
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Globalización: nuevos retos para la tutela jurídico-penal de los derechos sociales Curso de doctorado Estudios de Derechos Sociales para Magistrados de trabajo de Brasil UCLM-ANAMATRA Ciudad Real, 11-sep-09 Juan M. Terradillos Basoco Catedrático de Derecho Penal Universidad de Cádiz.España
Sumario I. LA GLOBALIZACIÓN COMO MARCO II. ¿QUÉ DERECHO PENAL?. III. LOS RETOS III.1.LA EXIGENCIA CONSTITUCIONAL III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES? (PRINCIPIO DE LESIVIDAD) III.3.¿QUÉ PROTECCIÓN? (RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) CARÁCTER FRAGMENTARIO. ULTIMA RATIO. PRINCIPIO DE PREVENCIÓN. PRINCIPIO DE EFICACIA.
I. LA GLOBALIZACIÓN COMO MARCO… Transnacionalidad Segmentación productiva Deslocalización Financiarización nivel cósmico y nivel doméstico en fuentes: el SPSD en manifestaciones:ley y contrato proceso (?) privado lex mercatoria valores democráticos derechos sociales El marco Nuevos horizontes delictivos Notas Desigualdad Desregulación 3
I. LA GLOBALIZACIÓN COMO MARCO… Expansionismo penal DP de emergencia DP del enemigo DP de 2ª velocidad Administrativización Privatización Política criminal de la globalización y derechos sociales supeditación a exigencias de mercado inhibición control 4
I. LA GLOBALIZACIÓN COMO MARCO Necesidad, merecimiento, oportunidad Principio de lesividad: bienes jurídicos relevantes bienes jurídicos colectivos lesividad indirecta DPEco. Coherencia: no DP del gheto Políticas sociales globales igualitarias Garantías DP mínimo: no de bagatela realidad expansionista (tolerancia 0, CPE 2003, etc.) DP ultima ratio Estrategias político-criminales Frente a inhibición Frente a represión 5
II.¿QUÉ DPT?... Punto de partida ¿Un DPT? Carga de la prueba a tesis incriminadoras Principios clásicos: necesidad merecimiento oportunidad DP protector de bienes jurídicos esenciales frente a ataques relevantes no neutralizables por medios pre-penales (=/= inhibición de políticas sociales; =/= función simbólica trascendencia política) Un dpt?
DP de promoción o emancipación instrumento de arts. 9, 35,40 CE DP dogmáticamente autónomo NO II.¿QUÉ DPT?... DP de umbral mínimo DP específico no por nuevos criterios de imputación no por flexibilización de garantías sí por ámbito de protección específico: lo desigual lo colectivo (CNA,1994-pacto San José CR) ¿Un DP nuevo y autónomo? SÍ modelos
Art. 84, Será reprimido con prisión de 6 meses a 5 años e inhabilitación especial, en su caso, por 5 a 10 años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte. Art. 94… causare a otro un daño en el cuerpo o salud. II.¿QUÉ DPT?... *modelo argentino, CPNA la persona como referencia Delitos contra la libertad individual. Art. 140. - Serán reprimidos con reclusión o prisión de 3 a 15 años, el que redujere a una persona a servidumbre o a otra condición análoga y el que la recibiere en tal condición para mantenerla en ella
II.¿QUÉ DPT?... *modelo brasileño CPB… la persona como referencia Art. 121. § 4º No homicídio culposo, a pena é aumentada de 1/3, se o crime resulta de inobservância de regra técnica de profissão, arte ou ofício,…. Sendo doloso o homicídio, a pena é aumentada de 1/3 se o crime é praticado contra pessoa menor de 14 ou maior de 60 anos. Art. 129. § 7º - Aumenta-se a pena de 1/3, se ocorrer qualquer das hipóteses do art. 121, § 4º. Art. 132 - Expor a vida ou a saúde de outrem a perigo direto e iminente:
II.¿QUÉ DPT?... *modelo brasileño CPB, Tít. XV… Dos crimes contra a organizaçao do trabalho confusión con elementos mercantiles: 198, no facilitar mercancías 203, 203, 1º I: obligar a usar mercancías confusión con intereses de producción 200-201-202: criminalización de huelga confusión con control administrativo: 205: ejercer actividad contra resolución
II.¿QUÉ DPT?... *modelo brasileño CPB, Tít. XV Dos crimes contra a organizaçao do trabalho Art. 201 - Participar de suspensão ou abandono coletivo de trabalho, provocando a interrupção de obra pública ou serviço de interesse coletivo Art. 202 - Invadir ou ocupar estabelecimento industrial, comercial ou agrícola, com o intuito de impedir ou embaraçar o curso normal do trabalho, ou com o mesmo fim danificar o estabelecimento ou as coisas nele existentes ou delas dispor Art. 205 - Exercer atividade, de que está impedido por decisão administrativa
II.¿QUÉ DPT? desigualdad lesividad colectiva consentimiento concurso proceso *modelo español El colectivo como referencia CPE, Tít. XV Delitos contra derechos de los trabajadores diferencias generales
III.LOS RETOS. III.1. LA EXIGENCIA CONSTITUCIONAL Bien jurídico y principio de lesividad: eficacia limitadora eficacia expansiva Relevancia de los bienes jurídicos afectados vida, salud, dignidad, igualdad, libertad de asociación, de reunión, de expresión *dimensión colectiva enfatiza,no relativiza *contemplación específica vida
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Vida y salud … Modelo brasileño CPB Art. 121. Aumento de pena § 4º No homicídio culposo, a pena é aumentada de 1/3, se o crime resulta de inobservância de regra técnica de profissão, arte ou ofício,…. Sendo doloso o homicídio, a pena é aumentada… Art. 129. Aumento de pena § 7º - Aumenta-se a pena de 1/3, se ocorrer qualquer das hipóteses do art. 121, § 4º. Perigo para a vida ou saúde de outrem Art. 132- Expor a vida ou a saúde de outrem a perigo direto e iminente: datos
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Vida y salud … Modelo español *mandato constitucional: CE, art. 40.2: los poderes públicos “velarán por la seguridad e higiene en el trabajo” *mandato comunitario… DM 89/391/CEE LPRL Proyecto TCE: art. II-91.1:.“Todo trabajador tiene derecho a trabajar en condiciones que respeten su salud, seguridad y dignidad”. art. II-117: protección de los jóvenes, “contra todo trabajo que pueda ser perjudicial para su seguridad, su salud, su desarrollo físico, psíquico, moral o social”. art. III-209: es objetivo de la UE, de la “mejora de las condiciones de vida y de trabajo”. datos
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Vida y salud … *mandato comunitario… Tratado de Lisboa (13-dic-07/1-ene-09) art. 83.1: posibles normas mínimas de la UE en definición de infracciones penales y sanciones ámbito: delitos transfronterizos, especial gravedad trata de personas, delincuencia informática, delincuencia organizada “el Consejo podrá adoptar una decisión que determine otros ámbitos delictivos” art. 83.2: otros ámbitos para garantizar políticas comunitarias datos
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES? … Vida y salud … Los hechos España daños personales 2005: 1.661.582 accidentes; 999.041, baja; 990 muertes 2007: 844 muertes “Informe Durán”: no se contabiliza 13%6% 2009: 2 muertes; 18 accidente grave;1863 leve por cada día (MT 09-2009) daños económicos: 12.000.000.000 € 16% accidentes, tratados en sistema público de sanidad efecto resaca+corrupción (SUTHERLAND) Argentina: Acindar, Bahcoh Siat, Vicentin-Adecco, etc. 316
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Vida y salud … *CP art.316:Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan en peligro grave su vida, saludo integridad física, serán castigados con las penas de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses 317
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Vida y salud … *CP, 317. “Cuando el delito a que se refiere el art. anterior se cometa por imprudencia grave, será castigado con la pena inferior en grado”. 142
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Vida y salud … *CP Artículo 142 1. El que porimprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años. 3. Cuando el homicidio fuere cometido por imprudencia profesional se impondrá además la pena deinhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de tres a seis años. 152
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Vida y salud *CP Artículo 152 1. El que por imprudencia grave causare alguna de las lesionesprevistas en los artículos anteriores será castigado: Con la pena de prisión de 3 a 6 meses, si se tratare de las lesiones del art. 147.1 Con la pena de prisión de 1 a 3 años, si se tratare de las lesiones del art. 149 Con la pena de prisión de 6 meses a 2 años, si se tratare de las lesiones del art. 150 3. Cuando las lesiones fueren cometidas por imprudencia profesional se impondrá asimismo la pena de inhabilitación especial… por un período de 1 a 4 años. 311
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Dignidad, libertad, condiciones mínimas de trabajo *CP Art. 311. “Serán castigados con la pena de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses: 1º Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual. 2º Los que en el supuesto de transmisión de empresas, con conocimiento de los procedimientos descritos …., mantengan las referidas condiciones impuestas por otro. 3º Si las conductas reseñadas en los apartados anteriores se llevaren a cabo con violencia o intimidaciónse impondrán las penas superiores en grado”. extranjeros
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Derechos de los trabajadores extranjeros… *CP Art. 312. “1.Serán castigados con las penas de prisión de 2 a 5 años y multa de 6 a 12 meses, los que trafiquende manera ilegal con mano de obra. 2. En la misma pena incurrirán quienes recluten personas o las determinen a abandonar su puesto de trabajo ofreciendo empleo o condiciones de trabajo engañosas o falsas, y quienes empleen a súbditos extranjeros sin permiso de trabajo en condiciones que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tuviesen reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual”. igualdad
Derechos de los trabajadores extranjeros… *CPB Art. 206 - Recrutar trabalhadores, mediante fraude, com o fim de levá-los para território estrangeiro. Art. 207 - Aliciar trabalhadores, com o fim de levá-los de uma para outra localidade do território nacional § 1º - Incorre na mesma pena quem recrutar trabalhadores fora da localidade de execução do trabalho, dentro do território nacional, mediante fraude ou cobrança de qualquer quantia do trabalhador, ou, ainda, não assegurar condições do seu retorno ao local de origem. III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... igualdad
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Derechos de los trabajadores extranjeros *CP Art. 313. “1.El que promoviere o favoreciere por cualquier medio la inmigración clandestinade trabajadores a España, será castigado con la pena prevista en el artículo anterior. 2. Con la misma pena será castigado el que, simulando contrato o colocación, o usando de otro engaño semejante, determinare o favoreciere la emigraciónde alguna persona a otro país”. igualdad
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Igualdad *CP Art. 314. “Los que produzcan una grave discriminación en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, por ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores, por el parentesco con otros trabajadores de la empresa o por el uso de alguna de las lenguas oficiales dentro del E. español, y no restablezcan la situación de igualdad ante la Ley tras requerimiento o sanción administrativa, reparando los daños económicos que se hayan derivado, serán castigados con la pena de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses”. sindical
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Libertad sindical y derecho de huelga… CPB Art. 199 - Constranger alguém, mediante violência ou grave ameaça, a participar ou deixar de participar de determinado sindicato ou associação profissional: Pena - detenção, de 1 mês a 1ano, e multa, além da pena correspondente à violência. Art. 200 - Participar de suspensão ou abandono coletivo de trabalho, praticando violência contra pessoa ou contra coisa: Pena - detenção, de 1 mês a 1 ano, e multa, além da pena correspondente à violência. Parágrafo único - Para que se considere coletivo o abandono de trabalho é indispensável o concurso de, pelo menos, três empregados. Art. 201 - Participar de suspensão ou abandono coletivo de trabalho, provocando a interrupção de obra pública ou serviço de interesse coletivo: Pena - detenção, de 6 meses a 2 anos, e multa. fragmentario
III.2.¿QUÉ DERECHOS SOCIALES?... Libertad sindical y derecho de huelga *CP Art. 315. 1. Serán castigados con las penas de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses los que mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el d. de huelga. 2. Si las conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con fuerza, violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado. 3. Las mismas penas del apartado 2º se impondrán a los que actuando en grupo, o individualmente pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar la huelga”. fragmentario
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN)… Carácter fragmentario Significado del principio Criterios de limitación -medios: 311, 315: engaño abuso de necesidad violencia intimidación 312: engaño -condiciones objetivas: 314: requerimiento o sanción administrativa -resultado: 316: peligro grave ultima ratio
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN)… 91ª Conferencia OIT, jun-03, Ginebra “es necesario construir una cultura de la prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo” Ultima ratio … Significado del principio: técnico político (no huida al DP o DP simbólico) Medios: *Cultura de prevención **Instrumentos económicos ***Autotutela ****La intervención pública El Derecho administrativo sancionador La ineludible intervención penal económicos
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN)… Ultima ratio … **Instrumentos económicos,,, Prevención, elemento de estrategia empresarial los costes de la siniestralidad UE 500.000.000 jornadas perdidas 350.000 obligados a cambiar empleo 300.000 incapacidad permanente Incentivación pública (modelos de instrumentos económicos) limitaciones: lucro individual a corto plazo economicos
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN)… Ultima ratio … **Instrumentos económicos Resarcimiento p.p.p. garantía pública: subsidiaria y con repetición el siniestro como coste. LGSS, art. 123: recargo limitaciones: perentoriedad insuficiencia degradación (ej. español: de delitos a faltas) compensabilidad monetarización de bienes jurídicos Interven. pública
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Ultima ratio… ***La intervención pública: El D. Administrativo sancionador … presuntas ventajas: directo contundente inmediato limitaciones: cuestionable eficacia de sanción económica cuestionable aplicación de sanción administrativa fines distintos a los del D. Penal (la tentación “recaudatoria”) limitaciones
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Ultima ratio… ***La intervención pública: El D. Administrativo sancionador … El ejemplo español Sanciones sanción máxima: 601.012 € (>multa de 317) 2003: infracciones 46.505; sanciones: 111.519.581.80 € 2004: infracciones, 39.444; sanciones: 105.569.432 € 2005: infracciones, 37.949; sanciones: 117.389.855 € coste total de la siniestralidad: 12.000.000.000 € sanciones ejecutadas: 2/3 limitaciones
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Ultima ratio ***La intervención pública La ineludible intervención penal DP, ultima ratio necesaria no “huir” a DP/no “rehuir” el DP prevención
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Principio de prevención… La falacia prevención v., penalización Las posibilidades preventivas: prev. general prev. especial Diseño global
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Principio de prevención La prevención como diseño global *precarización y externalización 2005: 30% temp.(4.373.000/14.161.000) 43% accidente mortal, temporal 48% accidente grave, temporal 53%accidente con baja, temporal *marginalización del extranjero 2005 (UCA) Extranjeros afiliados: 7.32% Accidentes leves: 7.94% (+0.62); Accidentes graves: 7.76% (+0.44) Accidentes mortales: 8.66% (+1.34) Accidentes totales: 7.94 (+0.62) Corrección: derivados a sistema general; clandestinidad de irregulares eficacia
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Principio de eficacia… La despenalización de facto (vida y salud): Diligencias judiciales abiertas en 2005 : homicidio por accidente laboral, 143(sobre 995 muertes) lesiones por accidente laboral, 4.780 delitos de peligro dolosos: 1.860 delitos de peligro imprudentes: 2.122 Sentencias: *por peligro más resultado (2005) sentencias 60 absolutorias 23 condenatorias 37 acusación sindical 2 *por peligro: hasta 2004, 4 causas
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Principio de eficacia… Causas de la no aplicación… *obstáculos fácticos: -no investigación en Juzgados -requerir denuncia -obstruccionismo de empleadores -reticencia de víctima y testigos temor a despidos necesidad de indemnizaciones dilación de procesos (658-3.363 días;MF, 3-5 años) causas
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Principio de eficacia … Causas de la no aplicación **obstáculos “judiciales”: -complicidad con delitos de cuello blanco -reticencia judicial a novedades (no a delitos de peligro) -la falacia resarcitoria -desconocimiento judicial de peculiaridades del trabajo: no autonomía organizativa ***obstáculos “legales”: 314 313 versus 318 bis 311-315: abuso de necesidad alternativas
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Principio de eficacia… Los modelos procesales :modelo español momento brasileño La competencia penal (delitos) de la Justicia del Trabajo debilidades: inversión carga prueba monetarización y iusprivatización confusión ilícito penal/ilícito laboral pérdida de eficacia didáctica (prevención)
III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Principio de eficacia La competencia penal (delitos) de la Justicia del Trabajo fortalezas: dinamicidad y eficacia conocimiento del medio organización judicial capilar posibilidad de perfeccionamiento de jueces unidad de convicción vocación de resolver problema (D’Ambroso) alternativas
criminalización III.3¿QUÉ PROTECCIÓN?(RETOS DE IMPLEMENTACIÓN) Principio de eficacia Alternativas: *valoración de bienes en juego *valoración de delitos de cuello blanco *implicación de la Administración *implicación del MF *policía judicial *protagonismo sindical *recuperación de multas *responsabilidad penal de personas jurídicas bibliografía
BIBLIOGRAFÍA ACALE-TERRADILLOS, “Derecho penal del trabajo en España y la Unión Europea”, Revista do Ministério Público do Trabalho, 2009 (37) BAYLOS GRAU, “Algunas notas sobre la evolución del Derecho del Trabajo español en los últimos 30 años”: Derecho Laboral, Montevideo, 2006 (221) BAYLOS GRAU, “La Responsabilidad legal de las empresas transnacionales”, Revista de Derecho Social Latinoamérica, 2006 (1) BAYLOS GRAU-TERRADILLOS BASOCO, Derecho Penal del Trabajo, 2ª edic., ed. Trotta, Madrid, 1997 SÁEZ VALCÁRCEL, “¿Acaso se suicidan los obreros? El accidente de trabajo y la culpa de la víctima en cierta práctica judicial”,Revista de Derecho Social , 2006 (33) TERRADILLOS BASOCO, Empresa y Derecho penal, ed. Ad- Hoc, Buenos Aires, 2002 TERRADILLOS BASOCO, Estudios sobre Derecho Penal de la empresa, Editora del Puerto, Buenos Aires, 2009 TERRADILLOS BASOCO, Cuestiones actuales de Derecho Penal Económico y de la Empresa, ed. B de F, Buenos Aires- Montevideo, 2009