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Lección 13. Entidades no territoriales. Esquema básico. 1. Administración institucional 2. Administraciones independientes 3. Fundaciones públicas 4. Sociedades mercantiles 5. Corporaciones de derecho público. Administración instrumental del Estado.
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Esquema básico • 1. Administración institucional • 2. Administraciones independientes • 3. Fundaciones públicas • 4. Sociedades mercantiles • 5. Corporaciones de derecho público
Administración instrumental del Estado • Organismos públicos regulados por la LOFAGE • Organismos autónomos (art. 45 ss) • Entidades públicas empresariales (art. 53 ss) • Agencias Estatales (Ley 28/2006) • Organismos públicos que se rigen por su legislación específica (Administraciones independientes)
Organismos públicos • Organizaciones instrumentales diferenciadas y dependientes de la AGE (art. 1) • Descentralización funcional (art. 41.2 LOFAGE) • Tienen personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión (art. 42.1 LOFAGE) • Pueden ejercer potestades administrativas, salvo la potestad expropiatoria (art. 42.2 LOFAGE) • Sus estatutos les pueden atribuir potestad normativa (art. 42.2 LOFAGE)
Organismos autónomos • Se crean por ley (art. 61): Estatutos por Real Decreto (art. 62.3) • Dependen de un Ministerio (art. 43.2) • Se rigen por el derecho administrativo • Actividades de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos (art. 45.1)
Entidades públicas empresariales • Se crean por ley (art. 61): Estatutos por Real Decreto (art. 62.3) • Dependen de un Ministerio o un Organismo autónomo (art. 43.3) • Se rigen por el derecho privado: excepciones (art. 53.2) • Actividades prestacionales, de gestión de servicios o la producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación (art.53.1) • Pueden ejercer potestades administrativas (art. 54)
Agencias Estatales • Mayor autonomía, flexibilidad y control por resultados • Pretende ser la figura general de organismo público (disp. Adic. 6ª Ley 28/2006) • Son entidades de derecho público, que pueden ejercer funciones administrativas (art. 2.1)
Agencias Estatales • Creación: autorización por Ley y aprobación de su Estatuto por RD • Órganos mínimos: Presidente, Consejo Rector, Director y Comisión de Control • Funcionamiento: • Contrato de gestión plurianual (art. 13) • Plan de acción (art. 15)
Administraciones independientes • Banco de España • Agencia Española de Protección de Datos • Comisión Nacional del Mercado de Valores • Comisión Nacional de Energía • Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones • Consejo de Seguridad Nuclear
Administraciones independientes • Ejercen poder público • Se les reconoce autonomía respecto a la AGE • Se rigen por sus leyes de creación • Dos tipos de funciones: • Control y supervisión de los mercados • Seguridad y protección de determinados ámbitos
Fundaciones públicas • A) Fundaciones del Sector Público: arts. 44 a 46 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones • Creadas por el Consejo de Ministros • No pueden ejercer potestades públicas • Gobernadas por un Patronato • B) Fundaciones públicas sanitarias (art. 111 de la Ley 50/1998) • C) Fundaciones privadas sanitarias: (Ley 15/1997 sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud
Sociedades mercantiles • Sociedades en cuyo capital es mayoritaria la participación directa o indirecta de la Administración • No son Administración • Se rigen por el derecho privado en su totalidad, salvo algunos aspectos (disposición adicional 12 LOFAGE; disposición adicional 6 LCAP) • No pueden ejercer autoridad pública
Corporaciones de derecho público • Agrupaciones de particulares a las que se atribuye la gestión de fines públicos y también defienden intereses privados • Son Administración cuando actúan en el ámbito de esos fines públicos y entes privados en el resto de su actividad • Colegios Profesionales • Cámaras de Comercio, Industria y Navegación • Cofradías de Pescadores