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Observaciones al Proyecto de Reglamento de Obras y Servicios. Noviembre del 2001. Una sobre-reacción.
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Observaciones al Proyecto de Reglamento de Obras y Servicios Noviembre del 2001
Una sobre-reacción • Ante una observación realizada por la Contaduría Mayor de Hacienda sobre una obra específica realizada por la Universidad de Guadalajara, se responde con una propuesta para crear un reglamento que norme la construcción en la institución
Crear un reglamento es una medida extrema a esta observación, cuando puede ser solventada por un mecanismo mas simple, considerando que se trata de observaciones a un caso aislado y no a una generalidad en la Universidad de Guadalajara
Para cumplir en tiempos con la observación realizada por la Contaduría Mayor de Hacienda y al mismo tiempo dar satisfacción a la necesidad de normar la construcción en la Universidad de Guadalajara, la solución no es un reglamento de obra, sino un Manual de Procedimientos
La Obra ya se encuentra contemplada en el recientemente aprobado Reglamento de Adquisiciones Concesiones, Arrendamiento, Contratación de Obra y Servicios de la Universidad de Guadalajara • Acorde con el Artículo 8 del mismo, se deben establecer los manuales de procedimientos en un plazo no mayor a 6 meses a partir de su aprobación.
Crear un reglamento solamente vuelve más engorrosa y complicada la construcción y control de obra en la Universidad • La propuesta de reglamento que se ha hecho a este Consejo de Rectores, duplica funciones y atribuciones que ya están debidamente normadas
Un ejemplo • El Artículo 19 de la propuesta, vuelve a establecer las funciones y atribuciones de los Comités de Compras, que ya se encuentran debidamente establecidas en el reglamento recién aprobado (Artículo 5)
Otro ejemplo más • En la propuesta, en el Artículo 14, la Coordinación de Obras y Proyectos monopolizará los estudios previos a una construcción. • Este servicio, como el resto de los servicios a la universidad, ya está debidamente reglamentado en el recien aprobado Reglamento de Compras de la Universidad
El Reglamento de Adquisiciones, Concesiones, Arrendamientos, Contrataciones de obra y de Servicios de la Universidad de Guadalajara, obtuvo el consenso, asegurando la apertura, la flexibilidad y sobre todo, LA SIMPLIFICACIÓN Y LA DESCENTRALIZACIÓN, orientación administrativa que es opuesta al espíritu de lo que ahora se propone
En esta propuesta de reglamento, se ve claramente un retroceso en esta filosofía que caracteríza al Reglamento recién aprobado. • Aprobar un reglamento con esta premura, asegura mayores problemas. • Se trataría de una camisa de fuerza administrativa adicional a las que ya tenemos en la actualidad
La propuesta del reglamento: • Centraliza mas funciones en la A. G. • Aumenta los tramites a seguir para obra • Los CU‘s y SEMS no podrán ni reparar o construir ni una banqueta o barda, limitando la capacidad operativa en labores de mantenimiento o pequeñas obras de bajo costo • Abarca aspectos ya discutidos en el Reglamento de Compras
Un punto más a considerar • La coordinación de obras y proyectos ya tiene sus funciones asignadas por normatividad, por ello solamente debemos establecer los mecanismos con base en los cuales se cumplirá lo que llevó a la creación de la Coordinación: brindar servicio y apoyo en su ámbito de competencia, a las dependencias universitarias
Propuesta • Es con base en lo anterior, que se propone: • CREAR UN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA CONSTRUCCION, simple y eficaz y, • Analizar con calma una propuesta de Reglamento de Obras que abone a una orientación administrativa descentralizadora, flexible y moderna
Con ello... • Se podría responder en tiempo y forma a la observación marcada por la Contaduría Mayor, ya que un manual de procedimientos asegura los mecanismos para que casos aislados como el que originó la observación, no se vuelvan a presentar. • Además, un manual de procedimientos no se tiene que poner a consideración del HCGU, lo que nos dá mayor tiempo para trabajarlo con detenimiento
... • No se violenta ni contradice el Espiritu del recién aprobado Reglamento de Compras de la Universidad, ya que un manual de procedimientos se supedita a la normatividad vigente
Hacia donde se orienta la administración universitaria? • Descentralizamos y simplificamos o hacemos lo opuesto? • Los reglamentos y leyes deben de servir para regular lo que hacemos bajo los principios que rigen a la Institución, si entorpecen o complican los procedimientos, con mas carga burocrática y controles excesivos, estan hechos para no cumplirse o cumplirse mal
Como hacemos todo esto? • Artículo 16.Las dependencias según las características, complejidad y magnitud de los trabajos formularán sus programas anuales de obras universitarias y de servicios relacionados con las mismas y los que abarquen más de un ejercicio presupuestal, así como sus respectivos presupuestos, considerando:
I. Los estudios de preinversión que se requieran para definir la factibilidad técnica, económica, ecológica y social de los trabajos; • II. Los objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo; • III. Las acciones previas, durante y posteriores a la ejecución de las obras universitarias, incluyendo, cuando corresponda, las obras principales, las de infraestructura, las complementarias y accesorias, así como las acciones para poner aquéllas en servicio; • IV. Las características ambientales, climáticas y geográficas de la región donde deba realizarse la obra universitaria; • V.Las normas aplicables conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización o, a falta de estas, las normas internacionales; • VI. Los resultados previsibles; • VII.La calendarización física y financiera de los recursos necesarios para la realización de estudios y proyectos, la ejecución de los trabajos, así como los gastos de operación;
VIII.Las unidades responsables de su ejecución, así como las fechas previstas de iniciación y terminación de los trabajos; • IX. Las investigaciones, asesorías, consultorías y estudios que se requieran, incluyendo los proyectos arquitectónicos y de ingeniería necesarios; • X. La adquisición y regularización de la tenencia de la tierra, así como la obtención de los permisos de construcción necesarios; • XI. El costo estimado de las obras universitarias y servicios relacionados con las mismas; • XII. Los trabajos de mantenimiento de los bienes inmuebles a su cargo; • XIII.Los permisos, autorizaciones y licencias que se requieran (observese la visión de facilidad al contratista de la obra);
XIV. Toda instalación universitaria deberá asegurar la accesibilidad, evacuación, libre tránsito sin barreras arquitectónicas, para todas las personas; y deberán cumplir con las normas de diseño y de señalización que se emitan, en instalaciones, circulaciones, servicios sanitarios y demás instalaciones análogas para las personas con discapacidad, y • XV. Las demás previsiones y características de los trabajos. • Esto lo tienen que hacer las dependencias y que hizo mientras tanto Obras y Proyectos?