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Reforma Fiscal 2014. Visión EY. Tendencias de la fiscalización y política tributaria. Tendencias de la fiscalización. Los países integrantes de la OCDE están muy preocupados por la reducción en los niveles de recaudación.
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Reforma Fiscal 2014 Visión EY
Tendencias de la fiscalización. • Los países integrantes de la OCDE están muy preocupados por la reducción en los niveles de recaudación. • Han percibido una erosión en la base gravable, derivado de la utilización excesiva de los regímenes fiscales favorables. • Iniciativas de intercambio de información entre las autoridades hacendarias
Política tributaria mexicana. • Con la reforma tributaria para 2014, México se adelanta en la adopción de algunos aspectos del BEPS, como son: • Incremento de tasas impositivas. • Establecimiento de nuevos gravámenes. • Eliminación de deducciones y regímenes especiales. • Aumento de las facultades de fiscalización. • Restricciones para la aplicación de tratados para evitar la doble imposición. • Un intento frustrado del establecimiento de una cláusula antielusión, que hubiera permitido recaracterizar la naturaleza jurídica de las operaciones.
Régimen de las inversiones ¿Qué cambios hay a los impuestos aplicables a las inversiones en las diferentes mesas? Mesa de dinero • Interés sobre base real • Retención del 0.60% sobre capital • Retención acreditable • Constancia - Declaración anual Mesa de Derivados • Derivados referidos a TIIE exentos • Derivados tipo de cambio exentas hechas en MexDer
Régimen de las inversiones Mesa de capitales • Eliminación de la exención a la ganancia de acciones a través de bolsa. • Determinación de la ganancia y /o pérdida por el intermediario financiero • Régimen cedular, 10 años para amortizarlas • Se establece impuesto del 10% acciones enajenadas a través de la BMV. • Sigue siendo régimen privilegiado sujeto a requisitos. • Comprar y vender en bolsa • 1% de acciones de la emisora • Si no se cumplen requisitos, régimen general con tasa máxima del 35%. • Costo fiscal = precio de adquisición en Bolsa • Transitorio – 22 últimos cierres o 6 meses si hay operaciones no habituales.
Enajenación de acciones en bolsa. • Casos que no aplica régimen preferencial: • Acciones no adquiridas en BMV (accionistas originales o aumentos de capital) • Excepción 1% (sin incluir tenedores de mas del 10% o control) • Tenencia y enajenación de mas del 10% • Tenencia y enajenación de control • Operaciones fuera de Bolsa. • Ganancias en acciones de Sieforesexentas • Casos de Fusión
Enajenación de acciones en bolsa. • Para el caso de extranjeros: • Aplica 10% sin posibilidad de utilizar pérdidas • Si son residentes en país con Tratado y dan aviso están exentos (excluyendo mismos casos de exclusión de régimen preferencial) • Pueden existir beneficios adicionales en Tratados. • Personas físicas residentes en México deberán incluirlo en su declaración anual
Fibras certificados bursátiles • Fideicomiso de Inversión de bienes Inmuebles (FIBRAS): • Se adecua el régimen de Fibras a ingresos por rentas variables y un límite del 5% de ingresos totales. • Se adecúa tasa al 30% y se mantiene exención en BMV y no aplicabilidad de impuesto a dividendos.
Instituciones de Crédito. • Eliminación deducción Reserva Preventiva Global: • Deducción créditos incobrables Cuando se castigue en términos CNBV. • No aplicación de castigos que hayan formado parte de la reserva deducible evitar doble deducción. • Disminución saldos en ejercicios futuros (acumulable). • Excedente de reservas complemento incobrables hasta 2.5% • Quitas, condonaciones, bonificaciones y descuentos deducibles una vez deducido el excedente de reservas
Aseguradoras y Afianzadoras. • Se mantiene deducción reservas en términos actuales. • Congreso no aceptó propuesta del Ejecutivo.
Sociedades de Inversión. • Mismo régimen que en 2013. • Régimen cedular para personas físicas que obtengan ganancias en enajenación de acciones. • Tasa del 10% aplicable a ganancia obtenida por personas físicas en venta de acciones de sociedades de renta variable cuyo objeto sea venta acciones colocadas. • Reglas generales.
SINCAS. • Se elimina régimen de diferimiento dividendos e intereses hasta distribución. • Mantiene el diferimiento de inversiones anteriores
Otros cambios. Impuesto al Valor Agregado • IVA franja fronteriza • Homologan factor de acreditamiento SOFOM • Se exentan intereses que paguen o reciban: • Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. • Sociedades Financieras Populares. • Sociedades Financieras Comunitarias. • Organismos de Integración Financiera Rural.
Otros cambios. • Transitorio IVA: Se mantiene tasa o exención si: • Si los bienes o servicios se entregaron o proporcionaron en 2013 • Las contraprestaciones se realizan dentro de los 10 días naturales de 2014. • No aplica a partes relacionadas. • No regula comprobante “adicional” por ajuste de IVA.
Otros cambios. Código Fiscal de la Federación • Inscripción RFC en apertura de cuentas • Domicilio fiscal • Comprobantes estados de cuenta eliminados Otros • Información de depósitos en efectivo • Tasa de retención por intereses pagados a bancos del extranjero
Deducciones - Salarios. • Ingresos exentos para los trabajadores: • Limita deducción de pagos que sean ingresos exentos de los trabajadores. • Pagos deducibles en un 47%. • 53% deducible si se mantienen o incrementan “prestaciones”. • Se elimina limitante para la determinación de la PTU. • Aportaciones a fondos de pensiones: • Se mantiene régimen pero asumiendo que todas las pensiones son exentas para los trabajadores. • Pagos deducibles en un 47%. • 53% deducible si se mantienen o incrementan “prestaciones”. • No se incluye ajuste para determinación de PTU.
Deducciones - Varios. • Automóviles. • Arrendamiento de $250 a $200 diarios como máximo. • Inversión de $175 a $130 mil el monto máximo. • Restaurantes. • Se reduce deducibilidad de 12.5% a 8.5% del consumo. • Se elimina la deducibilidad de cuotas pagadas al IMSS. • Sólo cuota obrera. • Misma base para determinar ISR y PTU, con la utilidad fiscal del ejercicio.
Obligaciones. • Se eliminan las siguientes: • Conservar copia del comprobante fiscal. • Declaración informativa por inversiones con deducción inmediata. • Informar a la asamblea general ordinaria de accionistas el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (Para quienes opten por dictaminarse, continúa vigente la obligación). • Informativa de retenciones a personas físicas con actividades empresariales y profesionales.* *Modificación vigente a partir del 1º de enero del 2017 Las declaraciones informativas de 2013, deberán presentarse a más tardar el 15 de febrero de 2014.
Obligaciones. • Informativa de clientes y proveedores.* • Declaraciones informativas de retenciones, pagos al extranjero y donativos.* • Constancia de rendimientos en fideicomisos.* • Constancias de premios y retenciones.* *Modificación vigente a partir del 1º de enero del 2017 Las declaraciones informativas de 2013, deberán presentarse a más tardar el 15 de febrero de 2014. Presentation title
Temas relacionados con dividendos, CUFIN, retención y efecto global.
CUCA y CUFIN CUCA CUFIN CUFINRE No se regula Se respeta el Saldo Parcial Reconocimiento Solo UFINy dividendos Periodo 2001 a 2013 ¿Fusiones y Escisiones? ¿Utilidades Distribuidas? Precedentes 2002 Impuesto Diferido vs Valor de la CUFIN CUFIN de EP misma situación
Disposiciones transitorias. • No aplicaría retención a utilidades generadas antes de 2014. • Obligación de llevar dos cuentas de CUFIN • ¿Aplica solo al saldo de CUFIN al 31 / 12 / 13 o a las utilidades retenidas contables? • ¿Qué pasa con establecimientos permanentes? Utilidades CUFIN 31 / 12 / 13 Utilidades Retenidas
Disposiciones transitorias. Compañía mexicana 1 ¿Debe respetarse naturaleza de UFIN anterior a 2014 cuando los dividendos se distribuyen después? Dividendo en 2014 Compañía mexicana 2 UFIN anterior a 2014
Carga fiscal total a personas físicas. Aplica también en inversiones directas del extranjero
Consideraciones. • Se reduce exención por enajenación de casa habitación: • Limitada a 700 mil UDIS (aprox. 3.5 millones de pesos). • Se elimina la exención que había a dicho limite si se habitaba la casa por un periodo de cinco años. • Eliminación del régimen intermedio y simplificado. • Régimen de pago gradual por 10 años: • Primer año de reducción del ISR al 100%. • 9 años subsecuentes, reducciones escalonadas. • Onceavo año incorporación al Régimen de Actividades Empresariales y Servicios Profesionales.
Incremento de tasas. • Se incrementó de 500,000 a 750,000 la entrada de las tasas superiores al 30% en el proceso legislativo. Presentation title
Incremento de tasas. Salario mensual estimado con prestaciones y nivel de deducciones constante. Presentation title
Comparación con distintos países. • Ejemplo considerando un ingreso anual de US$30,000 y el máximo de deducciones permitidas en cada país. México Nota: Cálculo general considerando solamente impuestos sobre la renta. Presentation title
Comparación con distintos países. • Ejemplo considerando un ingreso anual de US$90,000 y el máximo de deducciones permitidas en cada país. México Nota: Cálculo general considerando solamente impuestos sobre la renta. Presentation title
Declaración anual. • Se limitan las deducciones personales, el que sea menor entre lo siguiente: • 10% de los ingresos total anuales. • 4 SMG al año del área geográfica al que pertenecen (aprox. 94,000 pesos). • No se incluyen los donativos en esta limitante.
Declaración anual • Deducciones de gastos médicos, dentales y hospitalarios deben ser pagados a través del sistema financiero. • Donativos deducibles como máximo en un 7% de los ingresos acumulables (no más del 4% si se realizan a favor de la Federación). • Deducción de intereses hipotecarios siempre que el monto total de los créditos contratados no excedan de 750,000 UDIS (aprox. 3.7 millones). Presentation title
Responsabilidad solidaria (socios y accionistas). • Se mantienen supuestos para su procedencia. • Se añade fórmula de cálculo = • Aplicable a socios o accionistas con control efectivo: • Imponer decisiones en asambleas generales. • Nombrar o destituir a administradores. • Mantener la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto de más del 50% capital social. • Dirigir administración o principales políticas de la empresa.
Dictamen fiscal. • Se mantiene el dictamen fiscal como opción para los contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior: • Tengan ingresos acumulables superiores a 100 millones de pesos. • El valor de su activo sea superior a 79 millones de pesos. • Hayan tenido al menos 300 trabajadores. • Para los contribuyentes que no dictaminen, se establece la obligación de presentar a más tardar el 30 de junio, declaración informativa sobre la situación fiscal. • No se ajusta plazo 25 días para devolución. • Opción es por cada contribuyente y no por el Grupo.
Acuerdos conclusivos • Se propone una regulación para llegar a acuerdos (“settlements”) con la Administración Tributaria. • La PRODECON intervendrá como facilitadora y testigo del procedimiento para la adopción de acuerdos. • No procederá medio de impugnación, únicamente surtirá efectos para el contribuyente que lo celebre y no generará precedentes. • Acuerdo firmado por las tres partes.
Buzón Tributario • Las personas inscritas en el RFC tendrán un buzón tributario. Deberán ingresar para notificarse de los actos y trámites de la autoridad referentes a: • Notificaciones • Promociones • Solicitudes o Requerimientos • Avisos • Recursos • Deberán ingresar dentro de los tres días siguientesal aviso electrónico del SAT. • En vigor para personas morales a partir del 30 de junio de 2014. • En vigor para personas físicas a partir del 1º de enero de 2015.
Contabilidad. • Obligación de ingresar mensualmente información contable a través de la página de internet del SAT. • Información pendiente de definir mediante reglas generales. • Se incorpora como parte de la contabilidad, el origen de los préstamos que generan intereses aún cuando los mismos tengan más de cinco años.
Facultades de Comprobación. • Revisión electrónica 15 días
Facultades de Comprobación. • Revisión electrónica
Registro Federal de Contribuyentes. • Se reduce a 10 días plazo para cambio de domicilio. • Obligación de inscribirse en el RFC a las personas que abran cuentas a su nombre en entidades financieras. • Para facilitar registro, se adiciona facultad para que la autoridad genere clave de RFC mediante información del CURP.
Operaciones amparadas con comprobantes fiscales. • Procedimiento cuando el SAT advierta que los comprobantes fiscales amparan actos o actividades inexistentes. • Notificación • Crédito Fiscal al emisor • No demuestra existencia de operaciones, se dejan sin efecto/ receptor debe corregir su situación fiscal. • Vista 15 días al emisor y publicación al público en general (SAT y DOF) • No desvirtúa • Garantía Audiencia a receptor (30 días para probar en contrario) • Publicación Diario Oficial y Página SAT (No producen efectos fiscales comprobantes)