170 likes | 327 Views
INFORMACIÓN, CONSULTA Y AMBIENTE COMO DERECHOS HUMANOS DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS. Abog. García D., Aixa M. Abog. Gouveia De S, M. Ligia. Lic. RodrÍguez R, Ayurami. DERECHO AL AMBIENTE Y A LA INFORMACIÓN COMO DERECHOS HUMANOS. Pueblos indígenas.
E N D
INFORMACIÓN, CONSULTA Y AMBIENTE COMO DERECHOS HUMANOS DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS Abog. García D., Aixa M. Abog. Gouveia De S, M. Ligia. Lic. RodrÍguez R, Ayurami.
DERECHO AL AMBIENTE Y A LA INFORMACIÓN COMO DERECHOS HUMANOS
Importancia para los pueblos indígenas de sus territorios ancestrales.
MARCO JURÍDICO SOBRE AMBIENTE, INFORMACIÓN Y CONSULTA COMO DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÌGENAS.
Marco Universal • Declaración de Estocolmo (1972). “…ensanchar las bases de una opinión pública bien informada…” Principio 19 • Carta Mundial de la Tierra (1982). “…garantizan mecanismos de información, consulta y participación (…) en el proceso de planificación y desarrollo económico…” • Declaración de Río sobre le Medio ambiente y el Desarrollo (1992). …”toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente…” Principio 10
Marco Universal Derecho a la consulta • Convenio Nº169. sobre pueblos indígenas y tribales (1989). “Las consultas (…) deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas” Art. 6.2 • Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007). “Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe…” Art. 30.1
Marco Regional • Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (1998). • Carta Democrática Interamericana. • Convención Americana de los Derechos Humanos. (1969)
Marco Nacional • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999) • Ley Orgánica del Ambiente. (2006) • Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas. (2005).
“Tenemos derecho a ser consultados y a dar o negar nuestro consentimiento sobre cualquier plan que pretenda explotar recursos en nuestro territorio y que pueda afectar nuestra forma de vida”(Pueblo Saramaka) Consulta previa Derecho fundamental de los pueblos indígenas
El proceso de consulta debe estar dirigido a obtener el consentimiento previo, libre e informado.
Medidas cautelares en el caso de la Represa de Belo Monte (Brasil).
Comunidad Rukullakta en Ecuador. Un pueblo tiene derecho a decidir sobre las medidas que puedan afectar su existencia… “… no queremos esta actividad que va afectar nuestro modo de vida, va a contaminar el agua, va a generar residuos tóxicos.”
Venezuela Ningún pueblo tiene la obligación de suicidarse por el interés nacional