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ENCEFALITIS ESPONGIFORME BOVINA. Eva Chomba A. Sheila Hidalgo L. Mario Venero M. DEFINICION. Enfermedad de las vacas locas Reino Unido: año 80 Se caracteriza por la aparición de sintomas nerviosos. Agente causal Periodo de incubación Vía de transmisión.
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ENCEFALITIS ESPONGIFORME BOVINA Eva Chomba A. Sheila Hidalgo L. Mario Venero M.
DEFINICION • Enfermedad de las vacas locas • Reino Unido: año 80 • Se caracteriza por la aparición de sintomas nerviosos
Agente causal • Periodo de incubación • Vía de transmisión Estructura tridimensional de la proteína priónica bovina
TRANSMISION (BSE) • Ingesta de alimentos contaminados • Trasmisión materna • Puede haber una transmisión al hombre
Materiales específicos de riesgo(MER) • El cráneo • Los ojos. • Las amígdalas. • La médula espinal de los bovinos, ovino y caprinos de más de doce meses de edad. • El espinazo de los bovinos. • El intestino, del duodeno al recto • El bazo de los ovinos y caprinos de todas las edades • Los cadáveres de los bovinos, ovinos y caprinos de cualquier edad
SIGNOS CLINICOS • Aprensión, miedo, sobresaltos excesivos o depresión. • Hiperestesia, hiperreflexia. (sensibilidad y reflejos exagerados). • Movimientos anormales: fibrilación, temblores, mioclonías. • Ataxia locomotora con hipermetría. • Problemas neurovegetativos: disminución de la rumiación, bradicardia y alteración del ritmo cardíaco. • Pérdida de peso y alteración del estado general. • Prurito como en el prúrigo lumbar, aunque este signo no sea predominante.
Encefalopatía espongiforme humana • Han sido reportadas ya en 1921 con la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob (ECJ), el Síndrome de Gerstmann-Straussler-Scheinker (SGSS) detectada en 1928, el kuru en 1955, y el Insomnio familiar fatal (IFF) en 1986.
Estas enfermedades se caracterizan fundamentalmente por tres aspectos: • El tipo de lesión cerebral, pérdida de neuronas y vacuolización del tejido cerebral. • Las causas de algunos casos de la ECJ clásica, el IFF y el SGSS son hereditarias. • Algunos casos de ECJ clásica son debidos a implantes de tejidos procedentes de pacientes con la enfermedad, conocida como ECJ yatrogénica. • El período de incubación en el humano varía entre 4 y 40 años, con una media de 10-15 años.
Cuadro Clinico: • demencia de rápida acompañada de mioclonos. • Ataxia. • Perturbaciones de la postura y la marcha. • Ausencia de actividad electroencefalográfica periódica. • La enfermedad progresa con rapidez, la duración promedio es de 8 meses, y termina invariablemente con la muerte. • Siempre deben ser confirmados neuropatológicamente.
La fuente de la infección es la carne vacuna, tanto el músculo como el nervio contiene el agente infeccioso. Contagio de la carne: • Contacto del músculo con tejido cerebral o espinal por la sierra. • La presencia de tejido residual de cordón espinal y ganglios paraespinales en la pasta de “recuperación mecánica de carne”,autorizado para ser agregado en otros productos cárnicos como ser pastel de carne, embutidos y conservas. La leche y los derivados de esta no presenta riesgo de transmisión del agente.
DIAGNOSTICO PARA DETERMINAR LA EEB • La única forma de diagnosticar EEB en animales vivos es mediante los signos clínicos. • Se utiliza tejido nervioso procedente del encéfalo de los animales. • Métodos de diagnóstico son: Histopatología, detección del prión infeccioso PrPsc y la transmisión animal.
Diagnóstico en base a la transmisión animal • La EEB puede ser transmitida a ratones via inoculacion intracerebral/intraperitoneal de tejido cerebral de bovinos afectados en estado terminal o mediante. • Pruebas serológicas: No se han detectado respuestas inmunes en Scrapie u otras EET
Diagnostico Diferencial • Haemophilosis. • Listeriosis. • Rinotraqueitis Bovina • Infecciosa (IBR). • Diarrea Viral Bovina (DVB) • Rabia Bovina. • Polioencefalomalacia. • Necrosis cortical laminar por intoxicación. • Babesiosis cerebral. • Toxicosis por plomo y organosfosforafos.
MEDIDAS DE CONTROL Y ERRADICACION PARA EEB • CONTROL: • Incineración • Tratamiento termico • ERRADICACION: • Detección y eliminación de todos los animales afectados o sospechosos. • Eliminación y destrucción de los MER • Prohibición de la utilización de harinas animales elaboradas en la alimentación de los rumiantes