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CONTRATOS CONDUCTUALES. ÍNDICE. CONSIDERACIONES BÁSICAS. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO. CONSIDERACIONES ADICIONALES. CONTRATOS CONDUCTUALES CON NIÑOS. CONSIDERACIONES BÁSICAS.
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ÍNDICE • CONSIDERACIONES BÁSICAS. • CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO. • CONSIDERACIONES ADICIONALES. • CONTRATOS CONDUCTUALES CON NIÑOS.
CONSIDERACIONES BÁSICAS • Un contrato conductual o de contingencias explicita las acciones que el sujeto está de acuerdo en realizar y establece las consecuencias del cumplimiento o incumplimiento de tal acuerdo. • Establece unos criterios que permitan organizar con precisión las conductas de las personas implicadas.
ESPECIFICACIONES DEL CONTRATO • La conducta o conductas que se espera que emita cada una de las personas implicadas. • Las consecuencias que obtendrán en caso de realizar esas conductas. • Las consecuencias que obtendrán caso de no realizar esas conductas.
CONDICIONES GENERALES QUE DEBE REUNIR UN CONTRATO • Debe incluir un enunciado detallado de la conducta específica que se desea modificar o controlar. • Deben establecerse criterios sobre la frecuencia de las conductas especificadas y el límite de tiempo en que deben llevarse a cabo para cumplir los objetivos del contrato. • Deben especificarse las contingencias que se derivarán en caso de llevar acabo las conductas señaladas como objetivo. • Deben especificarse las contingencias que se derivarán en caso de no llevar a cabo las conductas señaladas como objetivo, bien por fallos en la frecuencia, en la intensidad o en el tiempo de ejecución. • Conviene incluir bonificaciones adicionales si la persona o personas implicadas exceden los requisitos mínimos. • Debe especificarse cómo van a ser observadas y medidas las conductas para establecer si cumplen o no los criterios establecidos ( el contrato ha de hacerse sobre conductas observables y medibles). • Las contingencias especificadas, tanto positivas como negativas, deben seguir con la mayor rapidez posible a la emisión o no emisión de las conductas, especialmente en los primeros momentos de vigencia. • Los contratos iniciales deben buscar y recompensar pequeñas aproximaciones al rendimiento deseado. • Deben hacer especial hincapié en las consecuencias positivas frente a las aversivas. • Tanto las conductas objetivo de la intervención como las contingencias positivas y negativas deben establecerse por acuerdo entre las partes implicadas. • El contrato debe plasmarse físicamente.
CONSIDERACIONES ADICIONALES • Pueden ser : Unilaterales / Multiraterales • Son deseables los multiraterales, ya que las distintas personas implicadas funcionan como controladores y fuentes de reforzamiento para cada una de las otras.
Contratos conductuales con niños • La conducta exigida debe ser sencilla, fácil y expuesta de manera comprensible y la recompensa debe ser inmediata. • La conducta deseada no debe exigirse de manera inmediata, sino que debe dividirse en pequeñas partes y debe trabajarse sobre cada una de ellas. • Las recompensas por cumplir el contrato deben ser muy frecuentes aunque sean pequeñas. • El contrato debe especificar las conductas por cuyo cumplimiento se recompensará y no establecer contratos basados en categorías o vaguedades. • Debe recompensarse el comportamiento adecuado después de que éste ocurra, nunca antes. • El contrato debe ser razonable. Equilibrio entre la conducta exigida y los reforzadores.
Contratos conductuales con niños • Los términos del contrato deben estar claros : qué debe hacerse y cuántas veces. • El contrato debe ser honesto. Debe ser cumplido de forma constante. • El contrato debe ser positivo. Que produzca consecuencias positivas y no una retirada de castigo. • Debe ser usada de manera sistemática y no sólo en ocasiones o períodos de tiempo aislados. • Debe recompensarse al niño por su iniciativa en la emisión de conductas meta, más que por obedecer.
¿ Cuando utilizarlos? Para modificar conductas desajustadas e instaurar conductas ajustadas. Planificar el proceso a seguir y distribuir responsabilidades. El alumno/a : Se implica a través de un contrato de contingencias. Cómo se hace: Determinar comportamiento a modificar- Seleccionar conducta “incompatible” a potenciar. Obtener línea base de comportamiento a modificar- Identificar reforzadores en cada caso. Planificar procedimientos a emplear. Dispensar el refuerzo de forma adecuada. Mantener registros de comportamientos modificados para hacer seguimiento. En caso de programas grupales los alumnos/as deben participar en la organización y desarrollo CONTRATOS CONDUCTUALES
INSTRUCCIONES • Colocar en un lugar bien visible de la clase las NORMAS DE CONDUCTA que se deben observar en el aula. Deben tener las siguientes características: • 1. Reglas cortas y concretas. • 2. Cinco o seis reglas es lo adecuado. • 3. Construir las reglas de manera positiva, a ser posible no utilizar el "NO". • 4. Leer colectivamente (profesor y alumnos) las reglas unas 4-6 veces al día. • 5. Recuerde las reglas a los alumnos en otros momentos que sean, a ser posible, cuando se porten bien. No recordarlas cuando alguien se comporte inadecuadamente.