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Derechos de las y los Consumidores y Usuarios. Protección normativa. Constitución Nacional (Art. 42 CN) Ley de Defensa del Consumidor (24240) ACCIONES JUDICIALES: *Amparo (art. 43 CN) * Acciones judiciales (arts. 52 y 54 LDC)
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Protección normativa • Constitución Nacional (Art. 42 CN) • Ley de Defensa del Consumidor (24240) ACCIONES JUDICIALES: *Amparo (art. 43 CN) *Acciones judiciales (arts. 52 y 54 LDC) *Beneficio de justicia gratuita (art. 53 LDC)
¿En que momento estamos protegidos? Etapa Pre-contractual Etapa contractual Etapa post-contractual
Estamos protegidos en toda “relación de consumo” • Relación de consumo: es el vínculo jurídico entre el proveedor y el consumidor o usuario • Objeto de la relación de consumo: son los bienes o servicios a adquirir o utilizar por los consumidores o usuarios. ¿CUALES SON LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR?
El proveedor debe garantizar condiciones de atención, trato digno, equitativo y no discriminatorio a los consumidores
Trato no discriminatorio Esta prohibido realizar cualquier tipo de diferencia en precios calidades técnicas o comerciales a los consumidores extranjeros
Derecho a la Información
Publicidad Los anuncios publicitarios no pueden dar información falsa o engañosa Los folletos obligan al vendedor a cumplir con lo que prometen
Oferta • La Oferta debe cumplirse durante el tiempo que se realice • El vendedor debe precisar las condiciones, modalidades o limitaciones de la oferta
Los productos y servicios deben ser suministrados de manera tal que no presenten peligro para la salud o la integridad física Los productos riesgosos deben llevar un manual en idioma nacional sobre su uso y mantenimiento Manual de uso
Los servicios deben ser prestados en los términos, condiciones y modalidades en los que fueron ofrecidos y/o pactados • Si el proveedor no cumple el consumidor puede: • Exigir que se cumpla; • Aceptar un producto o servicio equivalente; • Rescindir el contrato y pedir la devolución del contrato
Antes de firmar un contrato, siempre hay que leer las cláusulas del mismo. Cuando se tienen dudas sobre lo estipulado, se puede pedir consejo en las Direcciones de Defensa del Consumidor o en las Asociaciones de Consumidores.
Factura o comprobante • La factura o comprobante acredita la relación de consumo y por eso debe ser siempre exigida. • Debe contener: • Descripción y especificación del producto; • Nombre y domicilio del vendedor, fabricante o importado; • Características de la garantía; • Plazos y condiciones de entrega; • Precio y condiciones de pago
Garantía Para los productos durables la Ley establece una garantía de 6 meses para los bienes nuevos y 3 meses para los usados Además se puede pactar una garantía por más tiempo que se llama GARANTÍA CONTRACTUAL. Es necesario leer con atención las condiciones
Los fabricantes, importadores y vendedores de productos durables deben asegurar un servicio técnico adecuado. También deben suministrar los repuestos y/o partes del productos
Si el producto necesita una reparación… • El transporte hasta el taller está a cargo del responsable de la garantía; • Los gastos de flete y seguro también debe pagarlos el prestador; • El tiempo que dura el arreglo debe sumarse a la duración de la garantía legal
El producto debe ser devuelto en condiciones óptimas para su normal funcionamiento • Si la reparación no es satisfactoria • el consumidor puede: • Pedir que le cambien el producto; • Devolverlo a cambio del dinero; • Obtener una reducción proporcional del precio
Contratos de Reparación Es obligación utilizar materiales nuevos salvo cuando el consumidor autoriza por escrito el uso de materiales usados. Requisitos del presupuesto: • Nombre, domicilio del prestador; • Datos de inscripción en la AFIP; • Descripción del trabajo; • Descripción de los materiales a utilizar; • Precio, diferenciando costo de materiales y mano de obra; • Duración del trabajo; • Si se otorga o no garantía por el servicio; • Plazo para aceptar el presupuesto
A la hora de sacar un crédito: No firme documentos que dejen espacios en blanco. Exija la copia del contrato y reclame la devolución del documento que firmó al abonar la última cuota. No dude en pedir consejos a Asociaciones o las Direcciones de Defensa del Consumidor
Información Obligatoria: • Descripción del bien o servicio; • Pecio al contado; • Importe a desembolsar inicialmente y el monto financiado; • Tasa de interés efectiva anual; • Total de intereses a pagar o el costo financiero total; • Sistema de amortización del capital y cancelación de los intereses; • Cantidad, periodicidad y monto de las cuotas; • Gastos extras, seguros o adicionales
Las empresas que brindan servicios públicos deben tener a disposición el libro de quejas. Allí debemos manifestar los problemas que hemos sufrido. También podemos enviar cartas o notas a los organismos estatales que se encargan del contralor de estas actividades y reclamar ante los organismos de defensa del consumidor.
Para reclamar en la empresa es necesario… • Recordar los hechos claramente; • Regresar al comercio lo antes posible; • Llevar las constancias que uno posee (ticket, factura, etc). • Siempre entregar copias al comerciante. Nunca los originales; • Explicar el problema y lo que uno desea determinando un límite de tiempo para la solución.
Reclamo por escrito En la nota se debe dejar claro el problema, lo que uno desea y las fechas importantes. Siempre conservar una copia sellada o con constancia de recepción. Se deben guardar todas las notas enviadas y las contestaciones de la empresa.
Cuando el reclamo es por teléfono: • Antes de llamar hacer una lista de lo que se quiere decir • Tener a mano los recibos, facturas y demás documentos; • Pedir el nombre de todas las personas con las que habla; • Anotar fecha y hora de las llamadas y los datos mas importantes de la conversación; • Solicitar número de reclamo.
¿Dónde hacer una denuncia? Oficinas de Defensa del Consumidor (en nuestra ciudad – OMIC) Tribunales Arbitrales de Consumo Asociaciones de Defensa del Consumidor Poder Judicial
OMIC • Cada municipalidad cuenta con una Oficina de Información al Consumidor (OMIC), destinada a brindarle asesoramiento a los vecinos sobre reclamos a empresas concesionarias de servicios públicos. Los servicios brindados por la OMIC son los siguientes: • Gestión ante empresas para el corrimiento de vencimientos y/o convenios de pagos a los fines de evitar suspensiones de servicios domiciliarios. • Confección de encuestas sociales a usuarios de Aguas Argentinas con dificultades económicas, para su inclusión en el Programa de Tarifa Social de Agua. • Traslado de reclamos por incumplimientos en servicios. Recepción de reclamos por compra de indumentaria, electrodomésticos, muebles, teléfonos celulares, etc. • Orientación por reclamos de medicina prepaga, prefabricadas, etc. • Información y orientación al consumidor en general.
¿Cómo hacer una denuncia? • Escribir claramente y en forma sencilla cual es el problema. • Especificar la solución que pretendemos. • Adjuntar toda la documentación que poseemos.
Para más información: Dirigirse a la OMIC. Director Ruben Rossi Calle Alem 845. Horario de atención es de 8 a 13 horas
TRABAJO PRÀCTICO • a) Analicen el artículo 42 de la Constitución Nacional y respondan estas preguntas: • ¿Cuáles son los derechos para los consumidores establecidos en este artículo? • ¿Cuáles son las obligaciones de las autoridades? ¿Qué derecho se garantiza con cada una de ellas? • ¿Qué acciones se promueven para controlar el cumplimiento de estos derechos? ¿Qué participación tienen los consumidores en estas acciones? • b) Que acción judicial permite el art. 43 del CN? Es aplicable a la defensa de los derechos del consumidor? De que modo? • C) ¿Qué quiere decir que los consumidores tienen derecho a información: CLARA-CIERTA-DETALLADA-GRATUITA? • D) Elaboren un esquema en el que se plasmen los derechos del consumidor y usuario. Luego, con algunos compañeros, elijan dos derechos y presenten casos de situaciones en las que esos derechos no sean respetados. • Pueden ejemplificar con situaciones que les hayan ocurrido a ustedes o a sus familiares y amigos. O, también, con casos conocidos a través de los medios de comunicación. Recuerden registrar el nombre de la fuente de información de la que toman la noticia y la fecha de publicación.