230 likes | 455 Views
Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2014-2018. Pronaind 2014-2018. ANTECEDENTES DEL PROGRAMA. LOS 10 HITOS EN LA LEGISLACIÓN Y POLÍTICA ANTIDISCRIMINATORIA EN MÉXICO. Ratificación de Tratados Internacionales en materia de derechos humanos.
E N D
Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2014-2018 Pronaind 2014-2018
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA
LOS 10 HITOS EN LA LEGISLACIÓN Y POLÍTICA ANTIDISCRIMINATORIA EN MÉXICO • Ratificación de Tratados Internacionales en materia de derechos humanos • Publicación de Leyes Federales sobre grupos Vulnerados (Mujeres , Personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, Jóvenes, Personas Adultas Mayores, Personas indígenas, personas con VIH, Migrantes) • Reforma Constitucional en DH 2001 • Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación 2003 Programa Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación (PNPED) 2012 (Programa Institucional) • Reforma al Código Penal Federal para incluir el capítulo de Delitos contra la dignidad de la persona. Delito de Discriminación 2012 • Creación del Conapred 2004 • Reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación 2014 • Programa Nacional para la Igualdad y la No Discriminación (Pronaind) 2014 • (Programa Especial) • Reforma Constitucional en materia de DH 2011
ARTÍCULO 1 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS • Mandata a cada institución pública de todos los niveles de gobierno a promover, respetar y garantizar los derechos humanos • Eleva a rango constitucional el reconocimiento de los Derechos Humanos como fuente internacional • Establece el principio Pro Persona • Obligación del Estado y de todas las autoridades del Estado de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad • Establecimiento de la obligatoriedad de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos • Reconoce el derecho a la igualdad y a la No Discriminación (cláusula antidiscriminatoria)
PRINCIPIO DE PROTECCIÓN MÁS AMPLIA A LAS PERSONAS Es conocido como el “Principio pro persona” • ¿Qué significa? Significa identificar la norma que más protege o garantice de mejor manera el derecho o derechos en cuestión. Aplica también a la interpretación de normas*. • ¿Por qué es importante? Implica aplicar una perspectiva de derechos humanos así como colocar a la persona en el centro de las decisiones en el quehacer público. * Con información de SEGOB (2014): Manual y Protocolo para la Elaboración de Políticas Públicas de Derechos Humanos Conforme a los Nuevos principios Constitucionales: Programando con perspectiva de Derechos Humanos en México. Pág.21
OBLIGACIONES DEL ESTADO • De acuerdo a la reforma constitucional, y retomando instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, el Estado tiene las siguientes obligaciones*: Garantizar Respetar Proteger Satisfacer * Con información de SEGOB (2014): Manual y Protocolo para la Elaboración de Políticas Públicas de Derechos Humanos Conforme a los Nuevos principios Constitucionales: Programando con perspectiva de Derechos Humanos en México. Pp.8-9
IMPLICACIONES DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL 2011 • Como servidor(a) público(a) tengo que: • Conocer los derechos humanos • Identificar aquellos que se relacionan con el quehacer de la institución en la que laboro • Conocer los tratados internacionales relacionados con el quehacer de mi institución • Reconocer que al final del día, aunque trate con empresas, leyes, organizaciones, trato con personas • Estar consciente de los diferentes contextos de las personas a las que brindo servicio y de las limitantes que pueden enfrentar
Discriminación es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anularel reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: • origen étnico o nacional, • color de piel, la cultura, • el sexo, el género, la edad, • las discapacidades, • la condición social, económica, de salud o jurídica, • la religión, • la apariencia física, las características genéticas, • la situación migratoria, • el embarazo, • la lengua, las opiniones, • las preferencias sexuales, • la identidad o filiación política, • el estado civil, • la situación familiar, • las responsabilidades familiares, • el idioma, • los antecedentes penales o cualquier otro motivo;
también se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como de discriminación racial y de otras formas conexas de intolerancia.
MARCO JURÍDICO LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN (2014) • Art. 17.- El Consejo tiene como objeto(IV): Coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, en materia de prevención y eliminación de la discriminación • Art. 20.- Son atribuciones del Consejo (XXII): Elaborar, coordinar y supervisar la instrumentación del Programa, que tendrá el carácter de especial y de cumplimiento obligatorio de conformidad con la Ley de Planeación
EL PROGRAMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN (2014-2018) • Es el principal instrumento de política pública en materia de no discriminación • Responde al mandato del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente a los párrafos 3º y 5º referidos a las obligaciones de derechos humanos y a la prohibición de toda discriminación. • Incorpora la reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. • Incorpora elementos de la Guía Práctica para el Desarrollo de Planes Nacionales de Acción contra la Discriminación racial de la OACNUDH.
Primer programa que incluye medidas de igualdad • Primer programa que incluye medidas de reparación • Incorpora la no discriminación como un derecho transversal y como derecho específico. • Incluye la interseccionalidad y discriminación múltiple. • Aborda el clasismo, racismo, machismo, homofobia y xenofobia como contexto situacional y estructural. • EL PROGRAMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN (2014-2018)
ALINEACIÓN CON EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Y EL PROGRAMA SECTORIAL DE GOBERNACIÓN • El PRONAIND está alineado con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: • Meta Nacional I. México en Paz • Objetivo 1.5. Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación • Estrategia 1.5.4. Establecer una Política de igualdad y no discriminación. • Y con el Programa Sectorial de la Secretaría de Gobernación: • Objetivo 3. Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, la reducción de la discriminación y de la violencia contra las mujeres.
PROGRAMAS HERMANOS DEL PRONAIND PROGRAMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES PROGRAMA ESPECIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS PROGRAMA NACIONAL DE JUVENTUD PROGRAMA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PROGRAMA ESPECIAL DE MIGRACIÓN
OBJETIVO 1 • Fortalecer la incorporación de la obligación de igualdad y no discriminación en todo el quehacer público. • Cambiar la normatividad al interior de las instituciones de gobierno para garantizar la igualdad de trato y no discriminación. Líneas de acción enfocadas a: Resultado: Modificación de reglamentos, códigos de conducta para incluir el principio de igualdad y no discriminación
OBJETIVO 2 • Promover políticas y medidas tendentes a que las instituciones de la APF ofrezcan protección a la sociedad contra actos discriminatorios. • Establecer un mecanismo de defensa en casos de discriminación al interior de las dependencias. Obligación de garantizar. Líneas de acción enfocadas a: Resultado: Elaboración de un protocolo de atención dentro de la institución para casos de discriminación
OBJETIVO 3 • Garantizar medidas progresivas tendientes a cerrar brechas de desigualdad que afectan a la población discriminada en el disfrute de derechos. • Acciones para satisfacer el derecho a la igualdad de trato y no discriminación para que todas las personas puedan disfrutar de este derecho. Líneas de acción enfocadas a: Resultado: Adecuación de las instalaciones de la dependencia para garantizar el acceso y funcionalidad a todas las personas.
OBJETIVO 4 • Elaboración de herramientas metodológicas y técnicas para conocer la situación de la discriminación en el país y orientar la política pública. • Fortalecer el conocimiento de la situación de discriminación en el país para incidir en su reducción. Líneas de acción enfocadas a: Resultado: Generación de informes especificando las diferentes poblaciones atendidas, reconociendo los grupos discriminados
OBJETIVO 5 • Educación, participación ciudadana, trabajar con medios de comunicación y demás instituciones dentro de la sociedad para modificar actitudes discriminatorias. • Fortalecer el cambio cultural en favor de la igualdad, diversidad, inclusión y no discriminación con participación ciudadana. Líneas de acción enfocadas a: Resultado: Campaña de visibilización y respeto de los grupos discriminados en coordinación con medios de comunicación
OBJETIVO 6 • Promover la armonización del orden jurídico nacional con los estándares más altos en materia de igualdad y no discriminación. • Trabajar en materia legislativa para aterrizar los derechos consagrados en instrumentos Internacionales en el ámbito local. Líneas de acción enfocadas a: Resultado: Ratificación del convenio 189 de la OIT sobre el trabajo decente para las y los trabajadores domésticos