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LOS SERVICIOS DE JUSTICIA JUVENIL El caso de la Provincia de Santa Fe. Exposición de OSVALDO AGUSTÃN MARCÓN CENTRO DE CAPACITACIÓN JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 22 de julio de 2011. Algunos hitos historiográficos:. Año 1919: Ley Nacional de Patronato del Estado (Nº 10903)
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LOS SERVICIOS DE JUSTICIA JUVENIL El caso de la Provincia de Santa Fe Exposición de OSVALDO AGUSTÍN MARCÓN CENTRO DE CAPACITACIÓN JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 22 de julio de 2011
Algunos hitos historiográficos: Año 1919: Ley Nacional de Patronato del Estado (Nº 10903) Contexto inmigratorio y dificultades para la integración social
Algunos hitos historiográficos: • Año 1938: • Junta Central del Patronato de Menores de la Provincia de Santa Fe (Ley n° 2647) • Año 1939: • Creación de los Juzgados de Menores en la Provincia de Santa Fe (Ley n° 2804) • Año 1939: • Creación del Ministerio Público de Menores en la Provincia de Santa Fe (Ley n° 2776)
Algunos hitos historiográficos: • Año 1949: • Ley de Organización de los Tribunales de Menores (nº 3460) • Crea las figuras de: Juez y Defensor (que luego será “Asesor”) • “Queda excluida la intervención del agente fiscal” • Crea además: • Secretaría Criminal y de Faltas • Secretaría Civil • Secretaría de Servicio Social. • Etc. (este instrumento cuenta con 103 artículos).
Algunos hitos historiográficos: • Año 1949: Código de Defensa del Niño (nº 3461) • Constitucionalismo Social • Protección malos tratos, castigos inmoderados, mendicidad, deserción escolar, etc. • Protección a la maternidad • Secreto de las actuaciones • Etc. (este instrumento cuenta con 64 artículos).
Algunos hitos historiográficos: • Año 1996: Código Procesal de Menores de la Provincia de Santa Fe (Ley 11.452, actualmente vigente, en revisión legislativa) • Diferencia la “situación de abandono” (Poder Ejecutivo); • Del “estado de abandono” (Poder Judicial) • Preserva competencia civil • Domina la competencia “penal”. • Etc. (el instrumento cuenta con 133 artículos)
INTENCIONALIDAD GENERAL DE LA LEY 11.452 • Operativizar la CIDN – 1989-. • Abandonar la lógica tutelar • Reemplazar la DSI por la DPI • Garantías Sustantivas: Culpabilidad, Legalidad, Humanidad. Garantías Procesales: Jurisdiccionalidad, Contradictorio, Inviolabilidad de la Defensa, Presunción de Inocencia, Impugnación, Legalidad del Proceso, y Publicidad del Proceso. Apoyo de Naciones Unidas (Ilanud), la Comisión de las Comunidades Europeas y el Foro de la Minoridad de la Provincia de Santa Fe. Ubica en dicho marco las figuras del Juez, Fiscal y Defensor. Continúa existiendo el Defensor. • Prevé un conjunto de medidas específicas a adoptar
PROSPECTIVAS EN TENSIÓN: EL GARANTISMO PENAL / RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL • Entremezclamiento con la lógica penal lisa y llana (Wacquant) • Tendencia latinoamericana (Beloff) • Proyectos en discusión a nivel nacional • Propuestas provinciales concordantes • Vigencia plena de las garantías procesales y substanciales • Confianza en la “sanción socio-educativa” (García Méndez) • Responsabilización pasiva • Autocrítica: “Juridicismo” y “Penalismo” (Mary Beloff)
PROSPECTIVAS EN TENSIÓN: EL GARANTISMO INTEGRAL / JUSTICIA JUVENIL RESTAURATIVA Un concepto, varias prácticas. Expandir el Garantismo (Ferrajoli) Sanción por reciprocidad (Roxin-Piaget) Responsabilización Activa Ni el acto ni el actor: el daño causado Dimensiones del daño: a) Individual; b) Relacional; c) Social. Como lógica general y no como excepción Límites a la discrecionalidad categorial que des-singulariza Protagonismo de los actores Visibilización del conflicto social
”Del dicho al hecho”: algunas traducciones prácticas Competencia actual de la Justicia de Menores Inimputabilidad absoluta Inimputabilidad/imputabilidad relativa Imputabilidad plena Los “menores en riesgo”: ¿qué organismo es el competente? Ante la violencia familiar que llega a Mesa de Entradas ¿cómo orientar? Ante el ciudadano menor de edad que consume drogas ¿quién?