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LEGISLACIÓN LABORAL. Francisco Rojas Rodríguez. DESPIDO. Constitución de 1979:. “El Estado reconoce el derecho a la estabilidad en el trabajo. El trabajador sólo puede ser despedido por causa justa, señalada en la ley y debidamente comprobada”. Constitución de 1993 :.
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LEGISLACIÓN LABORAL Francisco Rojas Rodríguez
DESPIDO Constitución de 1979: “El Estado reconoce el derecho a la estabilidad en el trabajo. El trabajador sólo puede ser despedido por causa justa, señalada en la ley y debidamente comprobada”. Constitución de 1993: “La ley otorgará al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario”.
DESPIDO “Acto unilateral por el cual el empleador decide poner fin al contrato de trabajo, existiendo o no una causa justa”
CLASES DE DESPIDO - Despido causal - Despido incausado - Despido individual - Despido colectivo
CAUSALES DE DESPIDO INDIVIDUAL Relacionadas con la capacidad del trabajador Relacionadas con la conducta del trabajador
CAUSALES RELACIONADAS CON LA CAPACIDAD DEL TRABAJADOR • Detrimento de facultad física o mental, o ineptitud sobrevenida. • Rendimiento deficiente en relación con capacidad del trabajador y rendimiento de los compañeros en labores y condiciones similares. • Negativa injustificada a someterse a examen médico previamente convenido o establecido por ley, o a cumplir medidas profilácticas o curativas para evitar enfermedades o accidentes.
CAUSALES RELACIONADAS CON LA CONDUCTA DEL TRABAJADOR • Falta grave. • Condena penal por delito doloso • Inhabilitación del trabajador
CAUSALES DE CESE O DESPIDO COLECTIVO • Caso fortuito y fuerza mayor • Motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos : 10% • Disolución o liquidación de la empresa • Quiebra y reestructuración patrimonial • Reducción de personal en empresas y entidades estatales en proceso de privatización
DESPIDO INCAUSADO • Despido arbitrario • Despido nulo
DESPIDO ARBITRARIO • No se ha expresado causa. • Causa no ha podido ser demostrada en juicio.
DESPIDO ARBITRARIO Acto incausado Sanción consistente en el pago de una indemnización
DESPIDO NULO • Afiliación a un sindicato o participación en actividades sindicales. • Ser candidato a representante de los trabajadores o actuar o haber actuado en esa calidad. • Presentar queja o participar en proceso contra el empleador ante autoridades competentes, a menos que haya incurrido en falta grave consistente violencia, grave indisciplina, injuria.
DESPIDO NULO • Discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma. • Embarazo, si el despido se produce durante la gestación o los 90 días posteriores al parto. • Ser portador del virus del SIDA.
Clases de Causa Trámite Efecto despido Extingue contrato sin indemnización alguna. Reposición Pago de salarios caídos Extingue contrato con indemnización Justificado Nulo Arbitrario Conducta Capacidad Sin causa Motivo antijurídico Sin causa Imputación Derecho de defensa --- --- Causa no demostrada Técnica, económica, Trámite administrativo Autorización previa Cese colectivo estructural o análoga. Caso fortuito o fuerza mayor Liquidación Reestructuración Quiebra Cese colectivo sin indemnización Derecho a readmisión por 1 año
SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Posibilidad de obtener readmisión vía amparo Reposición procede en: • Despido nulo • Despido incausado • Despido fraudulento
Despido nulo: Equivalente al previsto en la ley (anti sindical, discriminatorio, por embarazo, por represalia, etc.) Despido incausado: Aquél en que no se ha expresado al trabajador causa alguna “derivada de la conducta o la labor que la justifique”. Despido fraudulento: Despido “con ánimo perverso y auspiciado por el engaño”, en casos en que se imputa al trabajador hechos “notoriamente inexistentes, falsos o imaginarios o, asimismo, se le atribuye una falta no prevista legalmente, vulnerando el principio de tipicidad”.
CLASES DE DESPIDO SEGÚN EL TC Clases de despido Características Calificación y Interpretación del TC protección legal Sin expresión de causa Despido arbitrario Reposición Incausado Indemnización Fraudulento Nulo Causa notoriamente falsa Coacción para renuncia Según ley Despido arbitrario Indemnización Despido nulo Reposición Reposición Reposición Afectación de otros derechos Causado (procedimiento, sin prueba) Causado (procedimiento y prueba) Afectación al debido proceso, intimidad, etc Sigue procedimiento y no prueba la comisión de la falta grave Sigue procedimiento y prueba la comisión de la falta grave Despido arbitrario Indemnización Despido arbitrario Indemnización Despido justificado Reposición Indemnización Despido justificado
CONSENCUECIAS DE LAS SENTENCIAS DEL TC Limitación de los supuestos de estabilidad laboral relativa: indemnización sólo para despidos causados donde no se prueba la falta grave. Extensión de los supuestos de estabilidad laboral absoluta: reposición por despido incausado, nulo o que afecta derechos fundamentales.