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Colegio Nacional de Economistas, A. C. Primer Foro Nacional Temático de Debate “Hacia un Nuevo Proyecto Nacional de Desarrollo”. Juan Carlos Pérez Góngora. Implementación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Avances y Perspectivas.
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Colegio Nacional de Economistas, A. C. Primer Foro Nacional Temático de Debate “Hacia un Nuevo Proyecto Nacional de Desarrollo” Juan Carlos Pérez Góngora
Implementación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental Avances y Perspectivas Mesa 3“La Reconstrucción de las Haciendas Públicas y la Responsabilidad del Estado como Rector del desarrollo”
Contenido • Marco Jurídico. • 2. Necesidad de la Armonización Contable. • 3. Alcances de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. • 4. Definiciones. • 5. Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). • 6. El Proceso de Implementación de la Ley. • 7. Elementos relevantes de la Contabilidad Gubernamental. • 8. Estados Financieros Básicos. • 9. Subsidios.
Contenido 10. Sanciones. 11. Avances de las Entidades. 12. Perspectivas. 13. Conclusiones.
Marco Jurídico En mayo de 2008, entraron en vigor diversas reformas constitucionales en materia de presupuesto, entre éstas se encuentra la de “dotar a la Cámara de Diputados de facultades para la expedición de leyes en materia de contabilidad gubernamental, y para la presentación homogénea de información financiera, patrimonial y, de ingresos y egresos por parte de la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político – administrativos de sus demarcaciones territoriales” (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 73, f. XXVIII). 1
Marco Jurídico • Con este objetivo, a partir del 1 de enero de 2009 entró en vigor la Ley General de Contabilidad Gubernamental que norma dos materias: • La contabilidad gubernamental en todos los poderes y órdenes de gobierno. • La información financiera en todos los poderes y órdenes de gobierno. 2
Necesidad de la Armonización Contable La situación prevaleciente en materia de contabilidad gubernamental en los distintos órdenes de gobierno, se caracterizaba por el empleo de términos, metodologías, criterios y formatos de presentación de información heterogéneos, dificultando comparar, transparentar y hacer efectiva la rendición de cuentas y fiscalización del gasto. La reforma al artículo 134 constitucional, extiende la aplicación del presupuesto basado en resultados a los estados y municipios, al establecer la obligatoriedad, por parte de los gobiernos locales, de llevar a cabo la evaluación de los recursos federales a través de indicadores, resultados y metas. 3
Alcances de la Ley General de Contabilidad Gubernamental • Objeto “…establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización”. (artículo 1 LGCG). • Ámbito de aplicación: Todos los poderes y todos los órdenes de gobierno, los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, las entidades de la administración pública paraestatal, (federales, estatales o municipales) y los órganos autónomos federales y estatales. 4
Definiciones Se define la armonización como: “la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que los rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental y, de las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas”. 5
Definiciones La Ley define a la contabilidad gubernamental como: “La técnica que sustenta los sistemas de contabilidad gubernamental y que se utiliza para el registro de las transacciones que llevan a cabo los entes públicos, expresados en términos monetarios, captando los diversos eventos económicos identificables y cuantificables que afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y pasivos, así como el propio patrimonio, con el fin de generar información financiera que facilite la toma de decisiones y un apoyo confiable en la administración de los recursos públicos”. 6
Consejo Nacional de Armonización Contable La Ley General de Contabilidad Gubernamental, contempla como principal objetivo, establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos para lograr su adecuada armonización. En su artículo segundo transitorio se establece la instalación de un Consejo Nacional de Armonización Contable, que será el órgano coordinador para la armonización de la contabilidad gubernamental. El 27 de enero de 2009 se instaló el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), el cual tiene como objetivo la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos. 7
Proceso de implementación de la Ley Consejo de Armonización Contable (CONAC) 8
Proceso de implementación de la Ley Federación y Entidades Federativas Ayuntamientos de los municipios y delegaciones del D.F. Emitir información periódica e integración de la Cuenta Pública conforme a la Ley. 9
Elementos Relevantes en materia de contabilidad gubernamental • Registro de las operaciones: el sistema de contabilidad gubernamental “registrará de manera armónica, delimitada y específica, las operaciones presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública, así como otros flujos económicos”. • La contabilidad se hará con base acumulativa y las transacciones se registrarán de acuerdo al gasto devengado, esto es, “en el momento en que se realicen, independientemente de su pago”. • El sistema generará en “tiempo real los estados financieros, presupuestarios”. 10
Elementos Relevantes en materia de contabilidad gubernamental • La contabilidad contará con registros auxiliares que demuestren el avance presupuestario y contable. • Introduce la obligación de generar un registro patrimonial de bienes muebles e inmuebles. 11
Estados Financieros Básicos del Ente Público Los entes públicos deberán generar mínimamente sus estados financieros, presupuestales y la información financiera siguiente:Información contable: I. Estado de Situación Financiera. II. Estado de Variación en la Hacienda Pública. III. Estado de Flujos de Efectivo. IV. Informes sobre Pasivos Contingentes. V. Notas a los Estados Financieros. VI. Estado Analítico del Activo. VII. Estado Analítico de la Deuda y Otros Pasivos. VIII. Estado de Resultados (sólo aplica para las entidades empresariales). IX. Estado de actividades. 12
Información presupuestaria:I. Estado Analítico de Ingresos.II. Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos.Cuenta Económica (Cuenta Doble) Estados Financieros Básicos del Ente Público 13
Subsidios En apoyo al cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Presupuesto de Egresos de la Federación podrá preveer un fondo concursable para que la Secretaría de Hacienda otorgue subsidios a las entidades federativas y a los municipios. Se emitirán lineamientos para el otorgamiento de subsidios, en estos se considerarán requisitos especiales para municipios con menos de 25 mil habitantes (Art. Noveno Transitorio de la LGCG). 14
Sanciones Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, serán sancionados de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y en el caso de las entidades federativas, las leyes equivalentes. Las responsabilidades administrativas se fincarán, en primer término, a quienes directamente hayan ejecutado los actos o incurran en omisiones que los originen por haber omitido la revisión o autorizado tales actos por causas que impliquen dolo, culpa o negligencia. 15
Avance de las Entidades Fuente de información: Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). 16
Perspectivas La Armonización Contable y Presupuestal requerirá de la participación activa de las entidades, así como de la coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno y personal involucrado. Para muchos municipios, la implementación de las disposiciones se enfrentará a las limitaciones económicas para el uso de tecnología y modernizaciones de sus sistemas de información contable, sin embargo, habrá apoyos económicos para la implementación de estos sistemas. La contabilidad patrimonial no existe en la gran mayoría de los gobiernos locales y municipales. El plazo para la implementación coincide con la conclusión de algunas administraciones estatales y municipales, demorando la sistematización de los procesos y la “preparación” de la estructura administrativa para adoptar nuevas prácticas. 17
Conclusión Con la aprobación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, se da respuesta a la necesidad de contar con información que no sólo cumpla los requisitos legales de transparencia y rendición de cuentas, sino que permita superar la diversidad de conceptos normativos y técnicos prevaleciente en la información financiera y presupuestal de las entidades gubernamentales. Dicha Ley permitirá que la federación, estados, municipios y demás entidades, generen información más oportuna que ayude a los servidores públicos en la toma de decisiones sobre las finanzas. Por otra parte, a los funcionarios que realicen actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos de la Ley, se les aplicarán las sanciones correspondientes. 18
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