200 likes | 240 Views
MANDATO II. OBLIGACIONES DEL MANDATARIO CON RESPECTO AL MANDANTE: 1a. EJECUTAR EL MANDATO PERSONALMENTE, EXEPTO CUANDO ESTE AUTORIZADO PARA SUSTITUIRLO O DELEGARLO. 2o.- CEIRSE A LAS INSTRUCCIONES RECIBIDAS; SI NO LAS RECIBIO, CONSULTAR; SI NO PUEDE CONSULTAR, ACTUAR CON PRUDENCIA. 3o.- INFORMAR S
E N D