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Retos para la CNBV y las SOFOMES ENR derivados de la Reforma Financiera

Retos para la CNBV y las SOFOMES ENR derivados de la Reforma Financiera. DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA A. MARZO 2014. REFORMAS A LA LGOAAC. 3 DE AGOSTO DE 2011. CENTROS CAMBIARIOS. SAT. CNBV. TRANSMISORES DE DINERO. SOFOMES ENR.

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Retos para la CNBV y las SOFOMES ENR derivados de la Reforma Financiera

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Presentation Transcript


  1. Retos para la CNBV y las SOFOMES ENR derivados de la Reforma Financiera DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA A MARZO 2014

  2. REFORMAS A LA LGOAAC 3 DE AGOSTO DE 2011 CENTROS CAMBIARIOS SAT CNBV TRANSMISORES DE DINERO SOFOMES ENR 3,700 entidades

  3. OBLIGACIONES PLD/FT

  4. REFORMA FINANCIERALGOAAC Se adicionó la facultad a la CNBV para solicitar información o documentación.

  5. REFORMA FINANCIERAlgoaac 12 parcialidades a más tardar el primer día hábil de cada mes. Durante el primer trimestre del ejercicio fiscal correspondiente, en cuyo caso se disminuirá en un 5 %. Supervisión $ 31,083 LEY FEDERAL DE DERECHOS Si se cubre la cuota de supervisión durante el primer trimestre del año y, adicionalmente en el mismo periodo, se realiza el pago por concepto del Dictamen Técnico se enterará únicamente el 70 % de la cuota establecida por dicho concepto. En una sola exhibición en virtud de que dicho concepto se extingue en un solo acto al momento del otorgamiento del Dictamen por lo que no es posible fraccionar su pago en el tiempo. Dictamen Técnico $ 20,000

  6. REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Línea del tiempo Publicación de las Disposiciones para la emisión del Dictamen Técnico Publicación de la Reforma Financiera Emisión de las Disposiciones en materia de Registro en SIPRES (CONDUSEF). SOFOMES ENR deberán solicitar el Dictamen técnico. Emisión de Dictamen Técnico, caso contrario, aplica positiva ficta. Día 270 natural Día 1 Día 60* Emisión de Dictamen Técnico y renovación de Registro Día 270 natural Día 540 natural * Días hábiles

  7. REFORMA FINANCIERADictamen TécnicoProyecto del Procedimiento Desecha. Desahoga. Suspende el plazo. Prevención de 10 días hábiles. Generar usuario y clave de activación. INICIO DE PROCESO Quedarán a salvo sus derechos para presentar una nueva solicitud para el mismo fin. Cumple con los requisitos. No presenta tachaduras, enmendaduras, o alteraciones. • Solicitud de Dictamen Técnico. Cuenta con usuario y clave de activación. Anexar la documentación e información señalada en las disposiciones. Emite acuse de recibo electrónico (60 días) Ingreso al SITI. Renovaciónde Dictamen Técnico. Emisión dentro del periodo vigente. Dictamen Técnico. Fin del Proceso Constancia de Positiva Ficta de Dictamen Técnico.

  8. REFORMA FINANCIERALCNBVCertificación • Como resultado de la Reforma Financiera, la CNBV podrá: La finalidad es verificar el cumplimiento del régimen de PLD/FT a los centros cambiarios, transmisores de dinero y SOFOMES ENR. - Auditores externos independientes - Oficiales de cumplimiento - Demás profesionales Certificar A efecto de que, coadyuven con la CNBV cuando ésta los contrate, para verificar el cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de PLD/FT. - Auditores - Demás profesionales • La renovación de la certificación será cada 5 años. 12

  9. REFORMA FINANCIERAModificaciones al artículo 95 Bis de la LGOAAC • Se adiciona la facultad a la SHCP para la emisión de lineamientos sobre el procedimiento y criterios que los Sujetos Obligados No Tradicionales deberán observar respecto de: • Asimismo se adicionó la facultad a la CNBV para emitir disposiciones de carácter general, que establezcan mejores prácticas, guías y lineamientos, para el cumplimiento en materia de PLD/FT. 13

  10. REFORMA FINANCIERALGOAACSanciones graves • No establecer estructuras internas. Son consideradas infracciones graves: La CNBV deberá hacer públicas, a través del portal de internet, las sanciones que imponga por infracciones a la LGOAAC o sus disposiciones. 14

  11. REFORMA FINANCIERALGOAACPROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN • Se podrán someter a la autorización de la CNBV cuando se detecten irregularidades o incumplimientos a lo previsto en la LGOAAC y demás disposiciones aplicables. • Se sujetarán a las disposiciones de carácter general que emita la CNBV. • Deberán contener: • Las irregularidades o incumplimientos cometidos indicando las disposiciones que se hayan considerado contravenidas. • Las circunstancias que los originaron. • Las acciones adoptadas o que se pretendan adoptar para corregirlos. • En caso de que se requiera de un plazo para subsanarlos, el programa deberá incluir un calendario detallado de actividades a realizar para ese efecto. PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN 15

  12. REFORMA FINANCIERALGOAACPROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN • No podrán ser materia de un programa de autocorrección : • Las irregularidades o incumplimientos que sean detectados por la CNBV en ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia antes de la presentación del programa. • Cuando la contravención a la norma de que se trate, corresponda a alguno de los delitos contemplados en la LGOAAC. • Cuando se trate de alguna de las infracciones consideradas como graves. PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN 16

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