170 likes | 319 Views
Situación de Empleados Públicos en el Sistema Previsional Santiago – Agosto 2005. FERNANDO AVILA S. Gerente de Operaciones Asociación de AFP A.G. Los Sistemas de Pensiones fre nte a cambios demográficos. N° de Hijos. Al Nacer. Fuente: División de Población, Naciones Unidas.
E N D
Situación de Empleados Públicos en el Sistema Previsional Santiago – Agosto 2005 FERNANDO AVILA S.Gerente de Operaciones Asociación de AFP A.G.
Los Sistemas de Pensiones frente a cambios demográficos N° de Hijos Al Nacer Fuente: División de Población, Naciones Unidas
ANTIGUO SISTEMA DE PENSIONES • REQUISITOS PARA JUBILAR OBREROS EMPLEADOS PART. EMPLEADOS PÚBLICOS EMPLEADOS BANCARIOS PARLAMENTARIOS 65 AÑOS 35 AÑOS DE TRAB. 30 AÑOS DE TRABAJO 24 AÑOS DE TRABAJO 15 AÑOS DE TRABAJO
Antiguo Sistema de Pensiones • Fórmula de cálculo genera déficit • Pensión se calcula en base al promedio de las Remuneraciones Imponibles de los últimos 3 años. No hay relación con los aportes efectuados durante TODA la vida laboral. • Hasta antes de 1987 y/o 1992 hubo Daño Previsional en el antiguo sistema • El Estado hacia las imposiciones sobre un tercio (en promedio) de la remuneración real de los empleados públicos, estableciendo una remuneración imponible más baja. • Al calcular la pensión en base al promedio de las rentas imponibles, dicha pensión no guardaba relación con la verdadera renta generando un daño previsional a los pensionados( 70% de las pensiones equivalían a la pensión mínima) • Diferentes Requisitos para obtener pensión • Densidad de imposiciones o tiempo cotizado • Los más vulnerables que no cumplen con dichos requisitos NO obtienen pensión. • En el caso de no cotizar en los últimos años, se pierde la condición de imponente y en consecuencia no tenía derecho a pensión
Sistema de AFP • Propiedad de los Fondos de Pensiones • Pensiones de Vejez • Pensiones de Invalidez • Pensiones de Sobrevivencia • Jubilación anticipada por Trabajos Pesados • Excedente de Libre Disposición • Cuota Mortuoria • Herencia • Inembargables • Separación Patrimonial
Situación de los Empleados Públicos en el Sistema de AFP • PREMISA • Para los Empleados Públicos las pensiones obtenidas a través del Sistema de AFP son inferiores a las que recibirían si se hubieran quedado en el Antiguo Sistema. • En algunos casos ello es posible, dado que el Estado SUB-COTIZÓ1 hasta 1987 o 1992, según el caso. 1: El Estado cotizó por remuneraciones inferiores a la real.
CONSECUENCIAS • El Bono de Reconocimiento (que acreditó hasta 1981) se determinó con una base de cálculo inferior a la que correspondía. • Los aportes efectuados a la Cuenta de Capitalización del Empleado Público en la AFP hasta las fechas indicadas, han sido inferiores a la real.
CONSECUENCIAS LOS ASPECTOS SEÑALADOS INCIDEN EN EL CAPITAL DISPONIBLE PARA FINANCIAR LAS PENSIONES EN EL SISTEMA DE AFP. • Pensiones menores en el Sistema de AFP • Pensiones en INP se ajustan a la Renta Imponible
EFECTO DE LA SUBCOTIZACIÓN Cálculos efectuados para un trabajador hombre que cumple 65 años en diciembre de 2005, que inició su vida laboral en 1962 con una remuneración inicial de 10 UF, que creció en los primeros 30 años de actividad al 3% real anual. Cotizó 25 años en el antiguo sistema y 18 en el nuevo y su remuneración actual es de 22,9 UF. El afiliado opta por una Renta Vitalicia Simple al 5% y tiene una cónyuge 5 años menor. Subcoti- Bono de Capital Pensión Pensión zación Reconocimiento Acumulado AFP INP UF UF UF UF 0% 2.838 1.532 28,6 21,2 20% 2.270 1.348 23,7 21,2 40% 1.703 1.164 18,8 21,2 60% 1.135 980 13,8 21,2 Fuente: Situación de los Empleados Públicos en la AFP - Mónica Titze)
PENSIONES DE VEJEZ 125% de la última remuneración AFP
PENSIONES DE VEJEZ AFP SSS EMPART CANAEMPU
PENSIONES DE SOBREVIVENCIA AFP SSS EMPART CANAEMPU
RELACIÓN COSTO BENEFICIOS Tasa de Cotización Actual AFP 12,50 % SSS 18,84 % EMPART 20,70 % CANAEMPU 18,62 %
SOLUCIONES AL PROBLEMA: Propuesta de la Asociación de AFP • Solución Real • Es exigir al Estado reconocer su deuda previsional(tal como lo hizo con los empleados públicos que permanecieron en el Antiguo Sistema). FORMA: Reconocer las cotizaciones no enteradas mediante la emisión de un Bono Especial (“Complemento Especial al Bono de Reconocimiento”).