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INDICE. 1.- ASPECTOS GENERALES 2.- REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD EN SISTEMAS DE DISTRIBUCION ELECTRICA. ASPECTOS GENERALES. AREA DE CONCESION. ASPECTOS GENERALES SISTEMA ELECTRICO APURIMAC. ASPECTOS GENERALES. INFRAESTRUCTURA DE GENERACION. ASPECTOS GENERALES.

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  1. INDICE 1.- ASPECTOS GENERALES 2.- REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD EN SISTEMAS DE DISTRIBUCION ELECTRICA

  2. ASPECTOS GENERALES AREA DE CONCESION

  3. ASPECTOS GENERALES SISTEMA ELECTRICO APURIMAC

  4. ASPECTOS GENERALES INFRAESTRUCTURA DE GENERACION

  5. ASPECTOS GENERALES INFRAESTRUCTURA DE TRANSMISION (*) : Nuevo transformador : 50/35/15 MVA ONAF

  6. ASPECTOS GENERALES INFRAESTRUCTURA DE DISTRIBUCION

  7. ASPECTOS GENERALES EVOLUCION ENERGIA GENERADA (GWh)

  8. ASPECTOS GENERALES CLIENTES REGULADOS

  9. ASPECTOS GENERALES VENTA DE ENERGIA REGULADOS (MWh) MERCADO TOTAL

  10. ASPECTOS GENERALES CONSUMO PER CAPITA REGULADOS (KWh/mes)

  11. ASPECTOS GENERALES COEFICIENTE DE ELECTRIFICACION (%)

  12. REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD EN SISTEMAS DE DISTRIBUCION ELECTRICA

  13. R. Suprema N° 2 – Ministerio Fomento y Obras P. 5/Ene/1955, se aprobó el Código Eléctrico Nacional R. M. N° 0303-78-EM/DGE, 30/5/1978, C. N. E. - Tomo IV “Sistema de Distribución” R. M. N° 366-2001-EM/VME, 27/6/2001, C.N.E – Suministro, Vigencia 1/7/2002  R. M. N° 214-2011-EM/DM, 29/4/2011. C. N. E. – Suministro 2011, proyectos que sean aprobados a partir de dicha fecha, deberán sujetarse a las reglas del mencionado Código. REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD ANTECEDENTES

  14. Sección 1 Generalidades. Sección 2 Terminología Básica Sección 3 Métodos de Puesta a Tierra para Instalaciones de Suministro Eléctrico y Comunicaciones PARTE 1. REGLAS PARA LA INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ESTACIONES DE SUMINISTRO ELÉCTRICO Y EQUIPOS REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD C. N. E. -SUMINISTRO 2011ÍNDICE GENERAL

  15. PARTE 2. REGLAS DE SEGURIDAD PARA LA INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LINEAS AEREAS DE SUMINISTRO. Sección 21 Requerimientos Generales (219B Req. _Faja Servidumbre). Sección 23 Distancias de Seguridad. PARTE 3. REGLA S DE SEGURIDAD PARA LA INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LÍNEAS SUBTERRANEAS DE SUMINISTRO ELÉCTRICO Y COMUNICACIONES PARTE 4. REGLAS PARA LA OPERACIÓN DE LÍNEA DE SUMINISTRO ELÉCTRICO Y COMUNICACIONES Y EQUIPOS REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD

  16. Las líneas eléctricas aéreas deben tener su faja de servidumbre, para facilitar la operación y mantenimiento de las mismas. Para salvaguardar la seguridad publica (protección de personas, bienes en situaciones de riesgo eléctrico – mecánico). Los Gobiernos Regional, Local y Nacional, están obligados a observar, cumplir y hacer cumplir los criterios técnicos de seguridad eléctrica y mecánica, de servidumbre o distancias de seguridad, establecidos por Ley de Concesiones y el C.N.E. El MEM, impondrá servidumbres respecto de bienes de dominio privado y estatal. Las E. Concesionarias están obligadas a velar su cumplimiento REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD REGLA 219.B. Requerimiento de faja de Servidumbre

  17. FAJA DE SERVIDUMBRE REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD • Entre las principales indicaciones tenemos: • Toda línea nueva o ampliación ( de titular o de tercero) deberá cumplir con el ancho mínimo de la faja de servidumbre indicada en la siguiente tabla:

  18. FAJA DE SERVIDUMBRE LÍNEA 2 TERNAS - MT

  19. REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD DISTANCIAS DE SEGURIDADSECCION 23 • Esta sección se ocupa de todas las distancias de seguridad, incluyendo los espacios de escalamiento, referidas a las líneas aéreas de suministro y comunicación implicadas. • No deben instalarse líneas aéreas sobre edificaciones o sus proyecciones. • Las distancias de seguridad para redes de distribución se establecen en Tabla 234-1

  20. REGLAS DEL CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD INSTALACIONES ELECTRICAS AEREAS • El C.N.E -suministro 2011, también dispone lo siguiente: • No deberán utilizarse conductores desnudos para líneas de baja tensión. • En cualquier tipo de sistema de suministro, con neutro o sin neutro, el titular deberá asegurarse en todo momento que su sistema de protección debe ser capaz de detectar y aislar fallas causadas por desprendimiento de conductores o fase a tierra, para evitar tensiones de contacto y de paso peligrosas.

  21. TABLA 234-1

  22. TABLA 234-1

  23. ZONA PROHIBIDA EN LA QUE NO DEBERÁ INSTALARSE LÍNEAS AÉREAS

  24. EXCEPCIÓN – LÍNEAS AÉREAS DE DISTRIBUCIÓN SOBRE EL ALERO DEL TEJADO

  25. DISTANCIA DE SEGURIDAD Verticalmente encima de cualquier parte de cualquier techo (no permitido por LCE) o estructura similar, sobre la cual pueda pararse una persona y horizontalmente a paredes, balcones, ventanas, etc. VERTICAL MT : 4,00 m. BT : 3,00 m. HORIZONTAL MT : 2,50 m. BT : 1,00 m.

  26. EDIFICACIÓN DE BAJA ALTURA - ESPACIOS O VÍAS PEATONALES NO TRANSITABLES POR VEHÍCULOS (a) Acometida de suministros aislados restringidas a 300 V a tierra : 3.2 m. (b) Lazos de goteo aislados de acometida de suministro restringidos : 3.0 m.

  27. EDIFICACIÓN DE BAJA ALTURA - ZONA DE INGRESO DE AUTOS (a) Acometida de suministros aisladas restringidas a 300 V a tierra : 3.8 m (b) Lazos de goteo aislados de ramales de acometida de suministro : 3.0 m (c) Acometida de comunicación aisladas : 3.5 m

  28. DISTANCIA DE SEGURIDAD EN CARRETERAS Y AVENIDAS Al cruce 7.00 m.

  29. DISTANCIA DE SEGURIDAD EN CARRETERAS Y AVENIDAS A lo largo 6,50 m.

  30. DISTANCIA DE SEGURIDAD EN CALLES Al cruce 6,50 m. ... Y CAMINOS

  31. DISTANCIA DE SEGURIDAD EN CALLES A lo largo 6,00 m. ... Y CAMINOS

  32. TERRENOS DE CULTIVO RECORRIDO POR VEHICULOS Y EN ZONAS RURALES 6,50 m. 6,50 m. Al cruce y a lo largo

  33. DISTANCIAS MINIMAS DE SEGURIDAD EN CURSOS DE AGUA 7,00 m.

  34. DISTANCIAS DE SEGURIDAD A REDES DE TELECOMUNICACION EN CRUCES Conductores de suministros expuestos de más de 750 V a 23 kV 1.80 m. Red de Telecomunicaciones

  35. FOTOS CASOS ESPECIALES DE INCUMPLIMIENTO DE NORMAS REGLAMENTO DE EDIFICACIONES Y DEL C.N.E

  36. SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL APURIMAC

  37. SEDE MUNICIPIO PROVINCIAL DE ABANCAY

  38. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL ABANCAY – TUPA 2008

  39. PREDIO – AV. AREQUIPANO RESPETA D.S. – INDICADO EN CERT. A M.P.A.

  40. CONSECUENCIAS POR NO RESPETAR LAS NORMAS TECNICAS Y DE SEGURIDAD PUBLICA EN GENERAL

  41. Alto costo de operación y mantenimiento

  42. Accidentes por electrocucion

  43. 1. Establecer una normatividad, que sancione a las personas que generan peligro en edificaciones y obras de electrificación (proyectista, funcionario que aprueba, profesional responsable de la ejecución de la obra y propietario de edificación. 2. LA AUTORIDAD MUNICIPAL (Provincial /Distrital) debe hacer cumplir, El Reglamento de Edificaciones, Norma A.10 – Cap II: Relación de la edificación con la vía publica: Art. 14 “los voladizos … a) En las edificaciones que no tengan retiro, NO SE PERMITIRA VOLADIZOS sobre la vereda, salvo por razones vinculadas al perfil urbano preexistente o que plan urbano distrital establezca posibilidad de ejecutar, además de las distancias de seguridad que el C.N.E. establece SUGERENCIAS

  44. 3. Las entidades públicas (DGER, Foncodes, Empresas Eléctricas, Municipios, Gob. Regionales, Privados), deben cumplir estrictamente lo establecido por el C.N.E – Suministro, principalmente en lo referente a Seguridad Pública (Procedimiento 228-2009-Osinergmin). SUGERENCIAS

  45. Señores: Los accidentes se pueden controlar y evitar. Respetemos las normas técnicas y de seguridad pública, cuando desarrollamos proyectos de EDIFICACIONES, ELECTRIFICACION DE REDES ELECTRICAS, desde la etapa de los DISEÑOS, APROBACION DE LOS PROYECTOS, EJECUCION Y SUPERVISION DE LAS MISMAS OBRAS. Nunca olvidemos que: “La electricidad es invisible pero su presencia es real” GRACIAS

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