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Rol de la Dirección del Trabajo en la Reforma a la Justicia Laboral

Rol de la Dirección del Trabajo en la Reforma a la Justicia Laboral. PEDRO JULIO MARTINEZ SUBDIRECTOR DEL TRABAJO. Deficiencias de Acceso a la Justicia. Sólo 20 tribunales especializados en el país; 11 en la Región Metropolitana Procedimientos lentos y poco eficaces:

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Rol de la Dirección del Trabajo en la Reforma a la Justicia Laboral

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Presentation Transcript


  1. Rol de la Dirección del Trabajo en la Reforma a la Justicia Laboral PEDRO JULIO MARTINEZ SUBDIRECTOR DEL TRABAJO

  2. Deficiencias de Acceso a la Justicia • Sólo 20 tribunales especializados en el país; 11 en la Región Metropolitana • Procedimientos lentos y poco eficaces: • Duración promedio de un juicio: En juzgado laboral: 305 días. En juzgado no especializado 420 días (datos estudio RM). • Falta de protección efectiva de los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras. • Se requiere eliminar o atenuar en sede judicial el desequilibrio natural de la relación laboral. • Falta de instrumentos para la efectividad de la cobranza previsional. Juicios con sentencia condenatoria donde se logra obtener pago: 21,1% (datos estudio RM). 1.- Diagnóstico

  3. 2.- Principios de la Reforma • La Nueva Justicia Laboral constituye un avance histórico para nuestro país. • El nuevo sistema de justicia laboral apunta a que exista justicia real y equilibrio entre las partes en controversia (trabajador y empleador). • Permite la vigencia efectiva de los derechos laborales. • Objetivos Principales: • Modernización del sistema de administración de justicia laboral • Garantizar tutela judicial efectiva a los derechos de los trabajadores y trabajadoras • Aumentar el número de tribunales laborales especializados y jueces laborales • Garantizar defensoría laboral • Garantizar justicia rápida, pública, oral y eficiente • Facilitar el cobro de créditos laborales y previsionales.

  4. 2.- Principios de la Reforma • La Reforma Procesal Laboral tendrá un impacto cualitativo y cuantitativo en la administración de justicia en el ámbito laboral. • La Reforma Procesal Laboral constituye un paso fundamental en la modernización de un Estado social y democrático de derecho. • Programa de Defensa Laboral cuya misión es proporcionar defensa laboral de alta calidad profesional a los trabajadores que carezcan de recursos para contratar un abogado.

  5. MATERIA ORGANICA: • Aumento de tribunales especializados. • Aumento de número de jueces y funcionarios. • Creación juzgados de cobranza. • Defensa Laboral. • MATERIA PROCESAL: • Juicios orales. • Nuevos procedimientos. 2.- Instrumentos de la Reforma

  6. 2.- Principios de la Reforma Procedimientos • ORDINARIO O DE APLICACIÓN GENERAL. • DE TUTELA LABORAL. • MONITORIO. • DE RECLAMO DE RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS. • EJECUTIVO.

  7. Comparativo Jueces y Funcionarios

  8. Comparativo Jueces y Funcionarios

  9. 3.- Implementación Gradual de la Reforma

  10. GRADUALIDAD REFORMA LABORAL I ETAPA: Regiones: III y XII Fecha : 31 de Marzo de 2008

  11. GRADUALIDAD REFORMA LABORAL II ETAPA. Regiones: I, IV, V, y XIV Fecha : 31 de Octubre de 2008

  12. GRADUALIDAD REFORMA LABORAL III ETAPA. Regiones: II, VI, VII, VIII Fecha : 30 de Abril 2009 12

  13. GRADUALIDAD REFORMA LABORAL IV ETAPA. Regiones: RM Fecha : 30 de Agosto 2009

  14. Oficinas de Defensa Laboral  R. M. • Santiago San Pablo Nº 1224 -1226 – 1228 • San Miguel Almirante Lynch Nº 1191 • Puente Alto Irarrázaval Nº 180, Of.504 • San Bernardo Av. Colón Nº 624 • Melipilla Ugalde Nº 490 oficina 303 • Talagante 21 de mayo Nº 800 • Colina Chacabuco Nº 166

  15. GRADUALIDAD REFORMA LABORAL V ETAPA. Regiones: IX, X, XI, y XV Fecha : 30 de octubre de 2009

  16. 4.- Procedimientos

  17. FLUJO DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIOVIGENTE Contestación Demanda escrita Notificación personal Resolución del tribunal Excepciones o reconvención Citación a audiencia y resolución que decreta prueba Notificación Solicitud de prueba Resolución que se pronuncia sobre la prueba Notificación Notificación de la sentencia Audiencia de conciliación y prueba Observaciones a la prueba Medidas para mejor resolver Sentencia

  18. NUEVO PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL Demanda escrita Audiencia de juicio Audiencia preparatoria Contestación Sentencia Eventual notificación

  19. PRINCIPIOS DEL NUEVO PROCEDIMIENTO • Oralidad • Publicidad • Concentración • Inmediación • Impulso procesal de oficio • Celeridad • Buena fe procesal • Bilateralidad de la Audiencia • Gratuidad

  20. 5.- Rol de la Dirección del Trabajo en la Reforma a la Justicia Laboral

  21. Rol Dirección del Trabajo • Colaborador del sistema de administración de justicia laboral y en su rol de fiscalía en la protección de los derechos fundamentales y libertad sindical de las trabajadoras y trabajadores. • La Dirección del Trabajo ha capacitado en materias específicas a sus líneas operativas (funcionarios y funcionarias). A su vez realiza acciones continuas de capacitación y difusión a trabajadores y empleadores a fin de lograr el éxito de la reforma. • La Dirección del Trabajo está abocada a la modernización del sistema de solución alternativa de conflictos, potenciando calidad y eficiencia de conciliación y mediación para el éxito de la reforma. • La Dirección del Trabajo desarrolla además procesos de gestión de calidad de la fiscalización y de modernización de su sistema informático para el éxito de la reforma

  22. Competencias • Procedimiento Tutela • Derechos Fundamentales • Prácticas Anti sindicales • Mediación • Procedimiento Monitorio • Conciliación • Procedimiento de Reclamación de Multas • Fiscalización • Multas • Defensa Judicial

  23. Procedimiento Tutela Derechos Tutelados: a.-La vida e integridad física(art.485 CT rel. Art.19 Nº1 inciso 1 Cº); b.-El respeto y la protección vida privada, honra, privacidad de las comunicaciones(art.485 CT rel. Art.19 Nº 4 y 5 Cº); c.- Libertad de conciencia(art.485 CT rel. Art. 19 Nº 6 inc.1 Cº); d.- Libertad de opinión y expresión(art. 485 CT rel. Art.19 Nº12 Cº inc. 1); e.- Libertad de trabajo(art.485 CT rel. Art. 19 Nº16 inc. 1º y 4º Cº;

  24. Procedimiento Tutela f.- Derecho a la no discriminación, por motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social(art. 485 CT rel. Art. 2º inc.4º CT); g.- Libertad sindical (art. 292 inc. 3º con rel. Párrafo 6º, Cap. II, Tit. I, Libro V CT); h.- Derecho a una negociación colectiva sin entorpecimientos (art. 389 inc. 3ºPárrafo 6º, Cap. II, Tit. I, Libro V CT);

  25. Titulares de la acción de tutela: a.- Cualquier trabajador que invoque un derecho o interés legítimo; b.- Cualquier organización sindical que invoque un derecho o interés legítimo; (cuando un afiliado hubiere accionado de tutela, su sindicato o el de grado superior podrá hacerse parte como tercero coadyuvante) c.- La organización sindical cuando a uno de sus afiliados le hubieren vulnerado sus derechos fundamentales; (en todos los casos anteriores, la Inspección del Trabajo, a requerimiento del tribunal, deberá emitir un informe acerca de los hechos denunciados y podrá, asimismo, hacerse parte en el proceso)

  26. Titulares de la acción de tutela: d.- La Inspección del Trabajo cuando, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones tome conocimiento de una vulneración de derechos fundamentales, en cuyo caso podrá hacerse parte en el juicio que por esta causa se entable. Limitación: En este caso, la Inspección del Trabajo, en forma previa a la denuncia, deberá llevar a cabo una mediación entre las partes a fin de agotar las posibilidades de corrección.

  27. Procedimiento Monitorio Aquellos procedimientos de cualquier tipo de causas referentes con la relación laboral, cuya cuantía sea inferior o igual a diez ingresos mínimos mensuales, se aplicará el denominado procedimiento monitorio. Art. 504 Ley 20260 se establece que en todos aquellos casos que re reclame de contra de resoluciones de la Dirección del Trabajo distintas a la multa administrativa o de una reconsideración, se sustanciará de acuerdo a l procedimiento monitorio ej. Art 12 • Se hace presente, que el monto señalado como requisito esencial para efectos de sujetarse al procedimiento, se debe entender sin los aumentos establecidos en los incisos quinto y séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo.

  28. ProcedimientoMonitorio El procedimiento en comento se iniciarápor la interposición de un reclamo ante la Inspección del Trabajo La unidadrespectiva, cursará la citaciónparaefectos de celebrar el comparendo de conciliación, pudiendoconcurrirlaspartesacompañado de todos los instrumentosprobatorios en que se fundesupretensión. Si producida la audiencia de conciliación, en primera o segundacitación(aun sin la presencia del reclamado), no hubiereconciliación, o estafuereparcial el reclamantepodráinterponerdemanda ante el juez del trabajocompetente en el plazo de 60 díashábiles y ampliable a 90 díashábilesdesde la separación del trabajador. La demandadeberáinterponerseporescritocontenerlasmenciones del 446 CT y acompañarse lo obrado en el reclamo (actasInspección del Trabajo) y con lo originales o copiasfiel de los instrumentosacompañadosporlaspartes. Excepciónacciónemanada art. 201

  29. 6.- Estado de Avance

  30. Efectos de la Reforma Procesal Laboral sobre la Conciliación Individual

  31. Reclamos, Conciliaciones y % de Conciliadas al 31 de julio de 2009. Efectos de la Reforma Procesal Laboral sobre la Conciliación Individual Ingreso de Reclamos 1 al 20 de Noviembre años 2006-2007-2008, regiones 1ª, 4ª, 5ª y 14ª 33

  32. Reclamos con procesoDistribución de resultados país período abril a octubre 2006, 2007, 2008

  33. RECLAMACIONES JUDICIALES DE MULTAS POR REGION, PERIODO ABRIL-OCTUBRE AÑO 2006,2007,2008

  34. PORCENTAJE ANUAL DE SANCIONES RECLAMADAS JUDICIALMENTE EN REGIONES III Y XII PERIODO ABRIL-OCTUBRE AÑO 2006, 2007, 2008

  35. REFORMA PROCESAL LABORALDATOS INGRESO CAUSAS AL 30.09.2009 Códigos procedimientos: O: Proc. Aplicación gral M: Monitorio T: Tutela DDFF S: Denuncia P.Antisindical U: reclamo monitorio V: reclamo aplic gral

  36. Procesos con denuncia judicial 2009

  37. Jurisprudencia Derechos Fundamentales 1.- Utilización de la prueba indiciaria. 2.- Razonamiento sobre la base del principio de proporcionalidad. 3.- Indemnidad: razonamiento como regla. 4.- Colegio Alemán: impugnación de causal de necesidades de la empresa. 5.- Utilización de doctrina y dictámenes de la Dirección del Trabajo.

  38. 6.- Medidas adicionales: Jornada de reflexión colegio Aleñan y modificación reglamento interno caso kronos. 7.- Colegio Alemán: se califica de discriminación grave con derecho a opción de reincorporación o indemnización. 8.- Caso Libertad expresión El Mercurio de Valparaíso. 9.- La garantía de indemnidad es reconocida como derecho fundamental: a tutela judicial efectiva.

  39. Implementación 2008 1.- Capacitación en la reforma a las líneas: Atención de público, conciliación, fiscalización , Relaciones laborales y jurídico. 2.- Conciliación: Mejora en la calidad de procesos, actas de conciliación y eficiencia de procedimiento. 3.- Derechos fundamentales: Implementación modelo de fiscalía para investigación y denuncia judicial. Potenciar calidad de actuaciones y sus tiempos de respuesta. (Derechos Fundamentales, prácticas antisindicales, acoso sexual y mediación.) 4.- Reforma al procedimiento de fiscalización y multas: Mejora en calidad de procedimientos frente a juicio oral y público. 5.- Reforzar línea jurídica del servicio: Modelo fiscalía.

  40. D.- Capacitación 2009 • Materias de Conciliación Individual : 111 Funcionarios * Materias de Notificación: 31 (notificadores) * Materias de Tutela de DD FF: 113 Funcionarios • Estas capacitaciones corresponden a la preparación de los funcionarios de la VIII,VII,VI ;II Región e inicio de preparación de los funcionarios de Región Metropolitana en materias de conciliación y notificación (notificadores) 48

  41. Desafíos Dirección del Trabajo 2008-2009 1.-El desafío de la excelencia y calidad frente a la nueva justicia laboral. 2.- Eficiencia y eficacia frente a la nueva justicia laboral. 3.- Integralidad en el diseño e implementación de nuestras políticas. 4.- Relaciones laborales modernas y justas . 5.- Un nuevo sistema de justicia laboral integral.

  42. EN DEFINITIVA… LA REFORMA ES: JUSTICIA PARA TODOS

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