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Régimen jurídico del cine. Prof. M.P. Cousido González Curso académico 2010-2011. Régimen jurídico del cine. Las circunstancias del medio cinematográfico: La eficacia propagandística La excepción cultural y la diversidad cultural La intervención pública: el Registro Administrativo
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Régimen jurídico del cine Prof. M.P. Cousido González Curso académico 2010-2011
Régimen jurídico del cine • Las circunstancias del medio cinematográfico: • La eficacia propagandística • La excepción cultural y la diversidad cultural • La intervención pública: • el Registro Administrativo • la Comisión de Calificación de Películas y otras Comisiones y Consejos • el Instituto de la Cinematografía y Artes Audiovisuales: conversión en Agencia Estatal • Fondo de Protección a la Cinematografía y al Audiovisual • las competencias autonómicas en materia de cinematografía
Régimen jurídico del cine • Conceptos específicos del cine: • Las ayudas públicas • Las cuotas de pantalla • Los informes de exhibición • Las políticas gubernamentales • Los convenios y acuerdos europeos, latinoamericanos, de coproduccción • Las normas sobre infraestructuras de salas de exhibición • Los contratos del productor cinematográfico • Los autores de la obra cinematográfica y audiovisual • La obra audiovisual, obra de colaboración; su definición (art. 86 L.P.I.)
Régimen jurídico del cine LA LEY 55/2007, DEL CINE • Los principios de derecho en el ámbito cinematográfico (1): • El derecho a la remuneración • El derecho de acceso a información eficaz y suficiente (la programación, la calificación que merece la obra) • La específica protección del menor • La protección del proyecto europeo, mediante la obra europea • La protección del patrimonio cinematográfico • El avance tecnológico: la neutralidad • El apoyo a sectores independientes • Las políticas de I+D+i • La accesibilidad • La libertad de expresión y el pluralismo
Régimen jurídico del cine • La independencia en el cine, según la Ley 55/2007: • Personas (físicas/jurídicas) que no son objeto de influencia dominante por parte de un titular de un canal de tv privado o que ella misma no ejerce una influencia dominante. • La influencia dominante, según la Ley 55/2007: • Pertenencia de un productor, junto con un titular de canal de tv y un prestador de comunicación audiovisual, a un grupo de sociedades • Posesión por parte de un titular de canal tv del 20% del capital social del productor, o 20% de derechos de voto • Posesión por parte del productor del 20% del canal de tv o del 20% de derechos de voto • Obtención por parte de la productora , en 3 últimos ejercicios, de más del 80% de cifra de negocios acumulada de un mismo titular de canal tv • Posesión por parte de una persona de más del 20% capital suscrito de canal tv y de un 20% de la productora • La persona desvinculada de empresas extranjeras y sin dependencia de ellas
Régimen jurídico del cine • Elemento subjetivo (2): • Personas físicas residentes en España • Empresas españolas y nacionales UE y EEE, establecidas legalmente en España y desarrollando actividades de creación, producción, distribución y exhibición cinematográfica y audiovisual e industrias conexas • Por parte de la Administración Pública, el Instituto Cinematografía y Artes Audiovisuales • Operadores de televisión: sus responsables editoriales • Productores/distribuidores/exhibidores (independientes) • La libertad del distribuidor • Los deberes del exhibidor: • control de grabaciones ilegales en sala • prohibición de exhibir películas con antigüedad inferior a un año • Cuota pantalla: 25% anual de obra comunitaria (art. 18 Ley 55/07) • El personal creativo: • Autores: director, guionista, dtor fotografía, compositor música • Actores y otros artistas • Personal creativo técnico
Régimen jurídico del cine • Objeto de la regulación cinematográfica y audiovisual (3): • Película cinematográfica • Otras obras audiovisuales • Largometrajes y cortometrajes • Películas para televisión • Series de televisión • Pilotos de serie de animación
Régimen jurídico del cine • Vicisitudes legales de la película y de la obra audiovisual: • La protección del patrimonio cinematográfico/audiovsiual: • Soportes originales, • Copias • Obras digitales • Los certificados de calificación (tramos edad); las películas X • Los créditos, ayudas y otros estímulos: Registro Advo E. Cinematográficas y Audiovisuales, del ICAA • COSTE DE LA PELÍCULA: EXCLUSIÓN APORTACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN (art. 13 L.55/07) • El control de las prácticas anticompetitivas (ICAA + CNC) • La nacionalidad española de la obra: • Realización por productora española/UE establecida en España • Requisitos: • 75% autores UE/EEE/residentes legales en España-UE-EEE. El director, siempre cumplirá el requisito. • 75% actores y otros artistas, nacionales UE/nacionales EEE/residentes legales España-UE-EEE. • Versión original de la obra, cualquier lengua oficial española • Rodaje, posproducción, laboratorio: España/UE. También, en obras animación. • Obras españolas, realizadas en coproducción, de conformidad con la letra de Convenios Internacionales específicos
Régimen jurídico del cine • Contenido Ley 55/07: Medidas de fomento (art. 108.3 T.F.U.E. –antiguo 88.3-) • Ayudas anuales • Acceso a créditos • Legislación tributaria favorable • Convenios colaboración formación profesionales • Igualdad género • Premios trayectoria profesional • Ayudas a creación y proyectos • Ayudas a producción • Ayudas a distribución • Ayudas a exhibición • Ayudas a conservación: los negativos • Ayudas a promoción • Otros: I+D+i; nuevas tecnologías;
Régimen jurídico del cine • Sanciones: • Graves. Multas de hasta 40.000 euros • Muy graves. Multas de hasta 75.000 euros • Leves. Multas de hasta 4.000 euros