620 likes | 1.19k Views
El Acto Administrativo. Relación de Términos. Introducción. El estado mediante la administración pública busca satisfacer los intereses colectivos y para ello dicta los denominados actos administrativos.
E N D
Relación de Términos Introducción
El estado mediante la administración pública busca satisfacer los intereses colectivos y para ello dicta los denominados actos administrativos. • Los Actos Administrativos son todas aquellas declaraciones de las entidades que están destinadas a producir efectos jurídicos sobre intereses”. • El tema del acto administrativo es de suma importancia en el Derecho Público tanto así que el acto como administrativo implica someterlo a un régimen especial que lo diferencia de otras manifestaciones estatales.
Prácticamente integran actos administrativos todas las resoluciones y disposiciones, verbales o escritas (singularmente éstas, debido a su constancia); sean acuerdos, órdenes, decretos, instrucciones, que dicten desde el Jefe de Estado hasta los alcaldes. • La función administrativa se encargara de llevar adelante en la practica los cometidos estatales (concepto amplio) y para ello se requerirá frecuentemente que la administración pública (mediante sus órganos o entes) declare o exteriorice su voluntad.
Siendo el Estado una persona jurídica de carácter público exteriorizará su voluntad luego de cumplidos los recaudos determinados en el Ordenamiento Jurídico Administrativo y el acto por el cual se declara o exterioriza la voluntad estatal es el ACTO ADMINISTRATIVO. • El presente trabajo busca identificar cual seria la definición mas idónea para el concepto de Acto Administrativo conjuntamente resolver todas dudas en cuanto al proceso, clases, formas y diferencias, etc.
Generalidades Antecedentes tratamiento jurídico para la relación acto administrativo y procedimiento administrativo.
Acto Administrativo Antes Ahora Fenómeno unitario producido a consecuencia del procedimiento administrativo Independiente y equiparado al procedimiento administrativo.
Antecedentes Históricos Nacionales Europeo Incaico Francia Virreinato Contemporáneo Social Económico Político
Acto Administrativo Antecedentes Europeos
En la Legislación Peruana Conceptos Nuestra legislación ha tenido una definición de Acto Administrativo en el Reglamento de Procedimientos administrativos de 1967. A partir de la vigencia de la Ley del Procedimiento Administrativo General, (LPAG) 27444 , que entró en vigencia el 11 de octubre del año 2001. La cual mencionaba lo siguiente:
Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444 • “Que son Actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta”.
Diversas definiciones La declaración o manifestación unilateral de una voluntad realizada dentro del campo de la función administrativa la cual producirá efectos jurídicos de forma inmediata.” Dr. Agustín Gordillo
Según diversos Diccionarios Jurídicos lo definen como: 1. Que se considera en relación al ejercicio de una función administrativa es decir que no importa el órgano que ejerza tal función, un acto puede ser emanado de cualquier órgano estatal que actúe con relación a la función administrativa pudiendo ser de los diferentes poderes tanto, ejecutivo, legislativo y judicial, e incluso de entes públicos no estatales.
Concepto General de Acto Publico Diversas manifestaciones de voluntades tanto unilaterales como plurilaterales de personas jurídicas y de personas naturales con un fin en concreto que es producir efectos en el ámbito administrativo. Y abarcan el derecho privado como el público.
Manuel Diez La decisión que, en ejercicio de sus funciones, toma en forma unilateral la autoridad administrativa, y que afecta a derechos, deberes e intereses de particulares o de entidades públicas Cualquier declaración de voluntad, de deseo, de conocimiento o de juicio realizada por un órgano de la Administración Pública Zanobini
Núñez Borja El acto jurídico de un agente de un servicio administrativo ejerciendo atribuciones administrativas Es la manifestación de la voluntad proveniente de los órganos de la administración, unilateral o plurilateral, general o particular, destinada a producir efectos jurídicos Couture
Clases de actos administrativos Existe distintas formas de clasificar a los actos administrativos
Definitivos y De parte Reglados y discrecionales Expresos o actos presuntos Clases de actos Administrativos Firmes y Consentidos Unilaterales o Multilaterales Simples y complejos constitutivos y declarativos
Son los actos emitidos, expresados o realizados por los funcionarios públicos en ejercicio legal de su autoridad oficial como representante de la nación. Se presenta de distinta forma - unipersonales - institucionales - simples - normativos - resolutorios - los de tramite Unilaterales
Características de los actos Actos administrativos unilaterales Su aspecto jurídico y legal Su aspecto formal Son obligatorios Son públicos Necesariamente escritos Son impugnables Son permanentes
Normatividad del estado peruano Principios con relación a la Normatividad Sistema jurídico del estado
Principios Constitución competencia funcional jerarquía del órgano legislativo formalidad extraordinaria Subordinación jerárquica Legalidad
Sistema jurídico del estado Según lo dicho entonces Estado peruano esta Compuesto por Según el gran tratadista Hans kelsen en su obra la teoría pura de derecho considera al Ordenamiento jurídico como un Sistema de normas ordenadas Jerárquicamente Categorías Grados
Constitución Ley Orgánica Ley Ordinaria Resolución Legislativa Decreto Legislativo Decreto de Urgencia Decreto Supremo Resolución Suprema Resolución Ministerial Resolución Vice-Ministerial Resolución Directoral General Resolución Directoral Acciones de Simple Trámite GOBIERNO NACIONAL
Acuerdos Decretos Ejecutivo Region Resoluciones Ejecutivas Regionales Resoluciones Secretariales Regionales Resoluciones Directoral Regional Resoluciones Sub-Regionales GOBIERNO REGIONAL Asamblea regional Consejos regionales Secretario regional Directores regionales Jefes de oficinas subregionales
GOBIERNO LOCAL Ordenanza Edictos Concejo Acuerdos Resoluciones Decretos Alcalde Resoluciones Otros funcionarios Otros Actos Administrativos Municipales
Acuerdos Multilaterales Conformados por los contratos administrativos. Definición: a. Según Sánchez Ramírez b. Según Bielsa Una vez establecida esta relación se establecen deberes y derechos entre las partes.
Elementos de los Contratos Administrativos • Comprende los mismos elementos del acto administrativo: • Competencia y capacidad • Objeto • Causa • Finalidad • Forma • Moral
Características de los Contratos Administrativos Como entidad de Derecho Público Interno, el Estado es una de las partes contratantes. En los contratos administrativos, prima el interés público frente al interés particular. En caso de conflictos pueden ser sometidos a la autoridad estatal jurisdiccional. La responsabilidad de incumplimiento del contrato, por parte del estado recae en sus funcionarios. La finalidad básica de este tipo de contratos es el servicio público. Deben cumplir formalidades obligatorias para que estos sean dados. El estado posee la facultad de resolver unilateralmente el contrato si afecta el interés público. El contrato administrativo, es intransferible, salvo autorización expresa. Posee características de los contratos, por ejemplo entre los particulares, es decir: es oneroso, de cabal cumplimiento, cláusulas especiales, etc.
Clases de Contratos Administrativos • De Personal • Con Carácter Permanente • A plazo fijo • Por una orden o servicio • De Suministros • Formas de adquisición • Por su contenido • De enajenación de bienes del estado • De obras publicas
Clases de Contratos Administrativos • De concesión • De estudio • Concurso de meritos • Adjudicación directa • De arrendamiento • De Servicios no personales • Por licitación • Por concurso de precios • Por adjudicación directa
Validez y Nulidad de los Actos Administrativos • Validez: • Objeto o propósito licito • Autoridad Competente • Procedimiento y requisitos arreglados a las normas legales preestablecidas. • Nulidad: “Art. 43.- Son nulos de pleno derechos los actos administrativos. • a) Dictados por un órgano incompetente • b) Contrarios a la constitución y a las leyes y los que contengan un imposible jurídico • c) Dictados prescindiendo de las normas esenciales del procedimiento, y de la forma prescrita por la ley”
Ley del Procedimiento Administrativo GeneralLEY Nº 27444 (Análisis)
Análisis de la Ley del procedimiento administrativo General Ley N° 24447 TÍTULO PRELIMINAR TÍTULO I Del régimen jurídico de los actos administrativos Capítulo I De los actos administrativos Capítulo II Nulidad de los actos administrativos Capítulo III Eficacia de los actos administrativos TÍTULO II Del procedimiento administrativo Capítulo I Disposiciones generales Capítulo II De los sujetos del procedimiento Subcapítulo I De los administrados Subcapítulo II De la autoridad administrativa: Principios generales y competencia Subcapítulo III Criterio de colaboración entre entidades
Subcapítulo IV Resolución de conflictos
CAPÍTULO IX Ejecución de resoluciones Artículo 194.- Ejecución forzosa 1. Que se trate de una obligación de dar, hacer o no hacer, establecida a favor de la entidad. 2. Que la prestación sea determinada por escrito de modo claro e íntegro. 3. Que tal obligación derive del ejercicio de una atribución de imperio de la entidad o provenga de una relación de derecho público sostenida con la entidad. 4. Que se haya requerido al administrado el cumplimiento espontáneo de la prestación, bajo apercibimiento de iniciar el medio coercitivo específicamente aplicable. 5. Que no se trate de acto administrativo que la Constitución o la ley exijan la intervención del Poder Judicial para su ejecución.
Título III Capítulo 1° De la revisión de los Actos en Vía Administrativa
Nulidad de Oficio Es declarada por el funcionario inmediatamente superior, en caso contrario por el mismo funcionario
Título III Capítulo 2° Recursos Administrativos
Título IV De los procedimientos especiales