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REFORMA Y POLÍTICAS SOCIALES. LA PROPUESTA DEL GOBIERNO PARA EL SECTOR SALUD.
E N D
LA PROPUESTA DEL GOBIERNO PARA EL SECTOR SALUD • Rescatar los mejores valores y legados fundacionales del Sistema en el Uruguay, para ponerlos al servicio de los objetivos sanitarios de la población que deben ser garantizados como un Bien Público por el Estado en todo el territorio nacional. • Desde una perspectiva progresista que admite que las viejas políticas no se ajustan a una sociedad que ha cambiado de manera sustantiva en los últimos 30 años
OBJETIVO GENERAL • Acceso Universal de la atención en salud a toda la población en niveles de cobertura y calidad homogéneas, con justicia distributiva en la carga económica que el gasto en salud representa para cada ciudadano.
CONFORMACIÓN DEL SEGURO NACIONAL DE SALUD (SNS) USUARIOS Pago por ingreso BRINDAN ATENCION INTEGRAL Fondo Nacional de Salud Aporte del Estado Aporte de los Hogares Aporte de las Empresas INSTITUCIONES Integrado al Sistema Nacional de Salud Público y Privado sin fines de lucro Pago por: Capita, Edad, Sexo y Metas Prestacionales
PLAN DE IGUALDAD DE DERECHOS Y OPORTUNIDADES REFORMA EDUCATIVA REFORMA DEL ESTADO POLITICAS DE VIVIENDA POLITICAS DE EMPLEO REFORMA DE LA SALUD REFORMA TRIBUTARIA PLAN DE EQUIDAD COMPONENTES ESTRUCTURALES DE LA MATRIZ DE PROTECCION SOCIAL
RED DE ASISTENCIA SOCIAL SALUD REFORMA TRIBUTARIA VIVIENDA EDUCACION PLAN IGUALDAD Y DERECHOS REFORMA DEL ESTADO MATRIZ DE PROTECCION SOCIAL
SALARIO MÉDICO MÍNIMOEVOLUCIÓN 2005-2007 Fecha Sal. Min Indice 01/03/2005 4.500 100,00 01/10/2005 6.800 151,11 01/07/2006 8.640 192,00 01/01/2007 12.000 266,67
TICKETS Y ORDENES • Rebaja de 40% de Tickets de medicamentos. • Gratuidad de acceso para la población diabética. • Gratuidad de exámenes para control de embarazo. • Gratuidad de exámenes de preventivos para mujeres: mamografía-papanicolau.
CONVENIOS DE COMPLEMENTACIÓN PÚBLICO-PRIVADOS. En curso • Villa Garzón – MALDONADO • Mal Abrigo – SAN JOSÉ • Noblia – CERRO LARGO • Young – RÍO NEGRO • Barrio Uruguay – SALTO • Carmelo • Barrio Uruguay – SALTO • Ismael Cortinas – FLORES • Barrios Periféricos de Las Piedras – CANELONES • Guichón, Nueva Palmira, Juan Lacaze – en estudio emergencia única • DURAZNO - Primer Nivel. • Carmelo
FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA MUTUAL
LEY DE AMPLIACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL • Se crea el Fondo de Salud que reúne a todos los fondos de la seguridad social destinados a financiar servicios de salud. (FONASA). • 27 mil trabajadores públicos que hasta ahora no estaban cubiertos en materia de salud pasan a estar cubiertos. • Se incorpora a la ASSE como una nueva opción asistencial aumentando las opciones para los beneficiarios de la seguridad social. Dicha opción es inmediata para los nuevos afiliados a la seguridad social.
LEY DE AMPLIACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL • Se uniformizan las cuotas salud que paga el BPS. El FONASA pagará cuotas salud ajustadas por riesgo (edad y sexo). • Se paga un complemento por metas prestacionales con el cumplimiento de programas (control del niño, control de la embarazada). Ello mejorará el acceso a la promoción y prevención de salud sobre todo en beneficio de los menores donde se concentran los niveles de pobreza en el país.
METAS PRESTACIONALES: PROGRAMA MATERNO - INFANTIL COMPONENTES • Captación del recién nacido • Seguimiento durante el primer año de vida • Salud de la embarazada • Prevención y detección precoz de patologías durante el control del embarazo • Captación de la embarazada y el recién nacido con base territorial
LEY DE DESCENTRALIZACIÓN DE ASSE • Se separan las funciones de rectoría y de prestación de los servicios de salud. • A.S.S.E organizará y gestionará de manera descentralizada los servicios que hoy integran el MSP destinados al cuidado de la salud en su modalidad preventiva y el tratamiento de los enfermos. • A.S.S.E. será dirigida y administrada por un directorio compuesto de cinco miembros y cuando el Poder Ejecutivo elabore la propuesta de directores tendrá especialmente en cuenta como condiciones personales de dos de los cinco miembros que ellos representen respectivamente a los usuarios y a los trabajadores de A.S.S.E. • Con aprobación del Poder Ejecutivo ASSE podrá fijar aranceles y contraprestaciones por sus servicios
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO I- DISPOSICIONES GENERALES • Garantizar el derecho a la protección de la salud que tienen todos los habitantes residentes en el país. • Crear el Sistema Nacional Integrado de Salud, que articulará prestadores de atención integral a la salud públicos y privados
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO II- INTEGRACION DEL SNIS • ASSE y otros servicios de salud a cargo de personas jurídicas públicas. • Las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva • Instituciones de Asistencia Médica Privada Particular sin fines de lucro • Otros seguros integrales existentes al momento de aprobación de la Ley.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO III- JUNTA NACIONAL DE SALUD • Se crea la JNS como servicio descentralizado. • Cometidos: • Planificar, organizar, dirigir y controlar el funcionamiento del SNIS, de conformidad con las políticas y normas que establezca el MSP. • Administrar el Seguro Nacional de Salud • Garantizar el cumplimiento de los principios rectores y objetivos del SNIS. • Promover, en coordinación con el MSP, la adopción de medidas que contribuyan a mejorar la salud colectiva y la calidad de vida de la población.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO IV- RED DE ATENCION EN SALUD • Niveles de atención • El SNIS se organizará en base a niveles de atención, de acuerdo a la complejidad de las prestaciones. • La Junta Nacional de Salud, establecerá y asegurará mecanismos de referencia y contrarreferencia entre los distintos niveles de atención. • El SNIS tendrá como estrategia la atención primaria en salud y priorizará el primer nivel de atención.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO IV- CONTRATOS ENTRE PRESTADORES • Los miembros del SNIS podrán contratar entre sí y con terceros las prestaciones incluidas en los programas integrales de atención a la salud que apruebe el Ministerio de Salud Pública. • La Junta Nacional de Salud regulará las relaciones entre prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud y entre estos y quienes no lo integran.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO V- COBERTURA DE ATENCIÓN MÉDICA • Programas Integrales de Prestaciones • Serán aprobados por el MSP. • Deberán ofrecerse a los usuarios de los servicios de salud de los integrantes del SNIS. • Prestaciones incluidas • Se definirán taxativamente • Serán descriptas en términos de sus componentes • Contarán con indicadores de calidad de los procesos y resultados
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO VI- USUARIOS DEL SNIS • Todas las personas que residan en el territorio nacional a partir del registro en una de las instituciones prestadoras de servicios de salud que lo integran. • Los prestadores no podrán rechazar ni limitar prestaciones a ningún beneficiario del SNIS. • La elección del prestador es libre y luego podrá modificarse periódicamente según la reglamentación.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO VII- FINANCIAMIENTO DEL SNIS • Seguro Nacional de Salud • Contará con un fondo público único y obligatorio denominado Fondo Nacional de Salud. • El FONASA se constituirá en el Banco de Previsión Social • Se integrará con fondos públicos y privados, con cargo al cual se reembolsarán las cuotas salud
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO VII- FINANCIAMIENTO DEL SNIS • Reembolso de cuotas salud • A las entidades públicas y privadas que integren el SNIS • La cuota salud será fijada por el Poder Ejecutivo, con intervención del MEF y del MSP, oyendo a la Junta Nacional de Salud. • Tendrá en cuenta costos diferenciales según grupos poblacionales determinados y cumplimiento de metas asistenciales.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO VII- FINANCIAMIENTO DEL SNIS • Aportes al FONASA • El Estado y las empresas privadas aportarán al FONASA un 5% del total de las retribuciones sujetas a montepío que paguen a sus trabajadores y, en su caso, los complementos de cuota salud. • Los trabajadores públicos y privados beneficiarios del FONASA aportarán al mismo un 6% de sus retribuciones computables a partir de enero/2008. • Ingresos menores a 2.5 BPC no aportan el 3% adicional.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD CAPITULO VII- COBERTURA POBLACIONAL • Se incorporan en 2008 los trabajadores DISSE, funcionarios públicos e hijos menores de 18 años • Se faculta al Poder Ejecutivo para futura incorporación de cónyuges, concubinos y adultos mayores de 65 años a cargo, y de hijos mayores de 18 años • Resto de la población: motivo de leyes posteriores
COLECTIVOS INCORPORADOS A PARTIR DE ENERO 2008 CANTIDADES DE PERSONAS: VALORES PROMEDIO ESTIMADOS PARA 2008 • Hijos menores de 18 años de trabajadores privados..............420.999 • Funcionarios públicos (excepto MSP, MD, MI e Int.)…..............102.586 • Hijos menores de 18 años de func. públicos…….....................…… 72.323 • TOTAL……………………………….......................................……….……….…... 595.908
EN 2008 CASI LA MITAD DE LOS NIÑOS URUGUAYOS TENDRÍA COBERTURA EN UNA IAMC 2006: COBERTURA MENORES DE 18 AÑOS 2008: COBERTURA PROYECTADA MENORES DE 18 AÑOS 19,4% 13,8% 38,5% 57,9% 22,7% 47,7%
COSTO PARA RENTAS GENERALES DE LA PRIMERA ETAPAEN MILLONES DE $ • Hijos de trabajadores del sector privado…..……………................................…+2026 • Trabajadores Administración Central y sus hijos ..……….........................…- 280 • Resto de los funcionarios públicos y sus hijos………….............................…...- 398 • Exoneración del 3% adicional a los salarios Menores a 2,5 BPC..............…+ 100 • Ahorro por 10% de los usuarios que continúan atendiéndose en ASSE.… - 126 • TOTAL………………………………………..................................….................….……........... …..1322 (52 Millones de dólares)
FORTALECIMIENTO DE LA GOBERNABILIDAD • Participación de los actores de la salud en el Consejo Consultivo para los cambios (empresas, gremios, colegios profesionales, usuarios de salud, sector público, gobiernos municipales). • Programas de salud consensuados en dicho Consejo • Metas prestacionales a priorizar igualmente consensuadas. • Complementación público – privado trabajada a nivel micro – meso y macro en acuerdo territorial con los prestadores privados.
FORTALECIMIENTO DE LAS FUNCIONES DE RECTORÍA: PONER ENFUNCIONAMIENTO LAS NORMAS EXISTENTES • Se parte de las obligaciones que el MSP tienen por la ley orgánica de 1934 y sucesivas leyes. • Indicadores sanitarios de cntralor de cumplimiento de las prestaciones • Indicadores económicos de solvencia de las instituciones • Control en el uso racional de la tecnología, registros y habilitaciones de servicios de salud en función de las necesidades de la sociedad.
BASES DE UNA POLÍTICA DE MEDICAMENTOS • Mejorar la accesibilidad de la población a los medicamentos: Protocolización de todas las patologías y en particular en las de baja prevalencia y alto costo. • Mejorar la dispensación a través de convenios con las Farmacias Comunitarias. • Acuerdos con Universidad ROU, Mercosur y OPS. • Diálogo permanente con las Cámaras. • Garantizar la calidad de los medicamentos aumentando los controles: - Mejorar procesos técnico administrativos del Depto. de Medicamentos y del Lab. de Control de Calidad • Incorporar estudios de intercambiabilidad de medicamentos a través de estudios de equivalencia biofarmacéutica ya establecidos hoy por el MSP. • garantizar que todos los medicamentos importados cada vez que ingresen al País cumplan con las Buenas Prácticas de Fabricación y Control vigentes ya establecidos hoy por el MSP.
BASES DE UNA POLÍTICA DE MEDICAMENTOS (2) • Uso racional de medicamentos: • Unidad de vigilancia de reacciones adversas. • Desestimular la automedicación e informar a la población. • Promover la participación de los usuarios en • Coordinación con los demás actores del sector en una política de uso racional y no riesgosa en la utilización de medicamentos.
PRINCIPALES RESULTADOS • AUMENTO DE LA COBERTURA DE LA SEGURIDAD SOCIAL: 100% • MEJORA SIGNIFICATIVA DE VOLUMEN DE INGRESOS PARA EL SECTOR MUTUAL DANDO MAYOR ESCALA A SU TRABAJ • INCREMENTO DEL GASTO PER CAPITA EN ASSE DE: 23% • ESTABILIDAD DEL SISTEMA Y EQUILIBRIO ENTRE INGRESOS Y COSTOS (CAPITAS AJUSTADAS POR EDAD Y SEXO) • SINTESIS: MAYOR NIVEL DE ACTIVIDAD GENERAL DEL SECTOR SALUD
PRINCIPALES DESAFÍOS • AVANZAR EN UNA REFORMA QUE INTEGRA EL PROCESO DE CAMBIOS QUE VIENE LLEVANDO ADELANTE EL GOBIERNO PROGRESISTA BASADO EN UN SENTIDO HUMANISTA PARA EL LOGRO DE LOS MISMOS • EL ENTENDIMIENTO DE LOS DISTINTOS ACTORES Y DE LA SOCIEDAD EN SU CONJUNTO, DONDE NADIE TIENE UN PAPEL SECUNDARIO SINO QUE TODOS SON PROTAGONISTAS DE PRIMER NIVEL • LA PARTICIPACIÓN DEMOCRATICA PARA EL ÉXITO DE LA REFORMA • EL COMPROMISO SOCIAL PARA QUE EL ACCESO A LA SALUD DE LOS URUGUAYOS SEA INCLUSIVO E INTEGRAL