100 likes | 235 Views
Anteproyecto de Ley de Responsabilidad Medioambiental Observaciones de CEOE. Madrid, 24/10/2007 Rodrigo Álvarez Asuntos de Empresa. ¿Qué es CEOE?. Confederación Española de Organizaciones Empresariales Fundada en 1977
E N D
Anteproyecto de Ley de Responsabilidad MedioambientalObservaciones de CEOE Madrid, 24/10/2007 Rodrigo Álvarez Asuntos de Empresa
¿Qué es CEOE? • Confederación Española de OrganizacionesEmpresariales • Fundada en 1977 • Institución representa a 1.000.000 de empresas españolas privadas y públicas • 2.000 asociaciones • 200 organizaciones territoriales y sectoriales
Ley Responsabilidad Medioambiental • Transposición Directiva 2004/35 • Responsabilidad del operador, objetiva e ilimitada • Principio de prevención y de “quien contamina paga” • España, pionera en transposición de la Directiva. • Límite, 30/04/07 entrada en vigor retroactiva
Puntos de preocupación sobre Ley Responsabilidad Medioambiental • Recuperación de costes de medidas de reparación (en caso de inexigibilidad) • Imposición de garantía financiera obligatoria • Responsabilidad del operador en exterior UE
Recuperación de costes de medidas de reparación • Art. 14 – Inexigibilidad de obligación de sufragar costes. Pese a cumplir condiciones , • Art. 14.3: “el operador estará obligado, en todo caso, a adoptar y ejecutar las medidas de reparación…” • Recuperación de costes, art. 15.: • a posteriori y según normativa autonómica • Posible afección a competitividad industrias • ¿Cargo a Fondo Estatal de Reparación de Daños Medioambientales?
Garantía financiera obligatoria (I) • Actividades Anexo III obligatorio garantía financiera. Exenciones: • Daño < 300.000 € • Si EMAS o ISO 14.000 y daño entre 300.000 y 2.000.000 € • Biocidas y fitosanitarios • Comisión, a espera de informe 30/04/2010. • Directiva, obligatoriedad a elección de Estados Miembro. • España y Austria, únicos Estados que adoptan garantía financiera obligatoria • Posible desventaja competitiva empresas españolas
Garantía financiera obligatoria (II) • España Entrada en vigor, mediante OM publicada tras informe 30/04/2010 • Desarrollo reglamentario, antes de final de 2008 • Esencial no distorsionar unidad de mercado nacional con aplicación de garantía financiera • Presentado estudio piloto costes daño medioambiental
Responsabilidad del operador en exterior UE • Extensión de la obligación de prevenir, evitar y reparar a actividades fuera de la UE • Acuerdos suscritos con terceros países • No obligatoria garantía financiera • España, único país de UE que lo incorpora • Preciso aclaración del mecanismo de aplicación
Conclusiones • Valoración global positiva • Numerosos aspectos todavía sin concretar • Gran interés desarrollo reglamentario Muchas gracias por su atención
Anteproyecto de Ley de Responsabilidad MedioambientalObservaciones de CEOE Rodrigo Álvarez Asuntos de Empresa