1 / 35

PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO PENAL

ORALIDAD. IMPARCIALIDAD DEL TRIBUNAL Y EQUILIBRIO DE PARTES. INMEDIACIÓN. OPORTUNIDAD. PUBLICIDAD. PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO PENAL. CONTRADICCIÓN. EXCLUSIÓN DE LITIS. CONCENTRACIÓN. CONJUNTO DE PRINCIPIOS DE DEFENSA. CONTINUIDAD. GRATUIDAD Y EXPEDITEZ.

inga
Download Presentation

PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO PENAL

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. ORALIDAD IMPARCIALIDAD DEL TRIBUNAL Y EQUILIBRIO DE PARTES INMEDIACIÓN OPORTUNIDAD PUBLICIDAD PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO PENAL CONTRADICCIÓN EXCLUSIÓN DE LITIS CONCENTRACIÓN CONJUNTO DE PRINCIPIOS DE DEFENSA CONTINUIDAD GRATUIDAD Y EXPEDITEZ

  2. PRINCIPIOS DELDEBIDO PROCESO PENAL PARA EL SISTEMA ACUSATORIO

  3. PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO PENAL EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES Art. 14.1 PIDCP “Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial…” Art. 8.1. CADH “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial…” Art. 20.IV.A. CONST. FEDERAL “En todo proceso de orden penal, el inculpado...tendrán las siguientes garantías: VI.Será juzgado en audiencia pública por un juez o jurado,…”

  4. PRINCIPIOS DELDEBIDO PROCESO PENAL • CONCENTRACIÓN O CENTRALIDAD • INMEDIACIÓN ; PUBLICIDAD • CONTRADICCIÓN Y EXCLUSION DE LITIS • CONTINUIDAD • IMPARCIALIDAD DEL JUEZ Y EQUILIBRIO DE PARTES • ORALIDAD • CONJUNTO DE PRINCIPIOS DE DEFENSA • PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD • GRATUIDAD Y EXPEDITEZ

  5. CONCENTRACION • En la audiencia de juicio oral se concentran actos procesales de diversa naturaleza (alegatos, prueba, resolución). • Derecho a ser juzgado en audiencia pública por juez o jurado... • Principio funcional a la inmediación, publicidad..

  6. INMEDIACIÓN • Se concibe como lo contrario a la Inmediatez, es decir solamente las pruebas desahogadas en presencia del Juez serán válidas, salvo casos de excepción legales.Requiere durante el juicio presencia ininterrumpida de todos los que participan ESPECIALMENTE EL JUEZ.

  7. INMEDIACIÓN • Manifestaciones de la Inmediación: a.El tribunal formará su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral. b. No se podrá incorporar o invocar como medios de prueba ni dar lectura durante el juicio oral, a los registros y demás documentos que dieren cuenta de diligencias o actuaciones realizadas por la policía o el ministerio público. c. La presencia ininterrumpida de los jueces es un requisito de validez de la audiencia d. Sólo pueden concurrir a la deliberación y dictación de la sentencia, bajo sanción de nulidad, los jueces que hubieren asistido a la totalidad del juicio oral. e. La decisión de absolución o condena debe ser pronunciada en la misma audiencia, una vez concluida la deliberación.

  8. INMEDIACIÓN • Jueces(presencia ininterrumpida) • Acusado ( se le autoriza sólo después de su declaración – actos particulares) • Ministerio Público (no comparece o se aleja sin causa justificada – reemplazo inmediato, bajo mecanismos determine Procuraduría General de Justicia del Estado, si no se le reemplaza en el acto, se tendrá por retirada la acusación) • Defensor (no comparece o se aleja, abandono defensa – reemplazo inmediato, hasta que se nombre defensor confianza del encausado) • Acusador Coadyuvante(no comparece o se aleja, se le tendrá por desistido de su pretensión)

  9. PRINCIPIO DE PUBLICIDAD Tiene un triple objetivo (ROXIN): a) Consolidar la confianza pública en la administración de justicia. • Fomentar la responsabilidad de los órganos de la administración de justicia. • Evitar que circunstancias ajenas a la causa influyan en el tribunal y, con ello, en la sentencia.

  10. PRINCIPIO DE LA PUBLICIDAD EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES Art. 8.5 CADH: “El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar los intereses de la justicia” Art. 14.1 PIDCP “La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de mora, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las actuaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores.”

  11. PUBLICIDAD Regla General: Publicidad Excepciones: (total o parcial) • Se afecte pudor, integridad física o intimidad miembros tribunal, de alguna de las partes o de algún citado; • Orden público o la seguridad del Estado puedan verse gravemente afectados; • Peligre un secreto oficial; • Este previsto en este Código o la ley.

  12. PUBLICIDAD • Privilegio de Asistencia (prensa) • Restricciones para el acceso . Razones de permitir el debate . Seguridad en la Sala . Posibilidades de cabida de la Sala . Para preservar ciertos principios

  13. CONTINUIDAD • Debate en forma continua • Sesiones sucesivas (se entiende por sesiones sucesivas aquellas que tuvieren lugar en el día siguiente o subsiguiente de funcionamiento ordinario del Tribunal)

  14. CONTINUIDAD • Las Suspensiones: Excepcionalmente, cuando: • Resolver incidentes • Realizar algún acto fuera sala audiencias • No comparecencia, testigos, peritos e intérpretes • Enfermedad juez o imputado • Defensor o acusador coadyuvante • Ministerio Público para ampliar acusación • Catástrofe

  15. PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD Art. 14.1 PIDCP “Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial…” Art. 8.1. CADH “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial…” Art. 40.2.iii. CDN “Que la causa será dirimida sin demora por una autoridad u órgano judicial competente, independiente e imparcial en una audiencia equitativa conforme a la ley, en presencia de un asesor jurídico u otro tipo de asesor adecuado y, a menos que se considerare que ello fuere contrario al interés superior del niño,…”

  16. PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD MANIFESTACIONES LEGALES DEL PRINCIPIO a)El órgano jurisdiccional que interviene en el juicio oral es distinto del que interviene en las etapas anteriores del procedimiento. b) Es causal de implicancia haber intervenido con anterioridad en el procedimiento como fiscal, defensor o juez de garantía y haber formulado acusación o asumido defensa en otro procedimiento contra el mismo imputado. c) El único antecedente que recibe el tribunal es el auto de apertura del juicio oral. d) Independencia : respecto de las partes. e) Durante el juicio oral está prohibido: i) incorporar PRUEBA ILÍCITA: actas o documentos de actuaciones declaradas nulas o en cuya obtención se hubieren vulnerado garantías fundamentales. ii) invocar, dar lectura ni incorporar antecedentes de la suspensión condicional del procedimiento, acuerdos reparatorios y procedimiento abreviado.

  17. IMPARCIALIDAD DEL TRIBUNAL • Los jueces que en el mismo asunto hayan intervenido en las etapas anteriores a la del juicio oral, no podrán integrar el tribunal del debate. • No debe haber “contaminación” en los jueces del juicio, se supone que no deben conocer información anterior que los pueda hacer prejuzgar, pues se protege la inmediación en la recepción de la prueba.

  18. CONTRADICCIÓN • Cada parte tiene derecho a ofrecer su propia información al Tribunal, sin embargo, la contraria, a su vez tiene el derecho acontrovertirdicha información, ello en general, se logrará medianteDOS mecanismos: • Contra interrogatorios • Uso del CPP

  19. CONTRADICCIÓN CADH. Art 8.2.letra f “f) derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos.” PIDCP. Art. 14.3 letra g “e) A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo.”

  20. CONTRADICCIÓN • Objetivos del Principio de Contradicción: • Asegurar la calidad de la información que deberá pasar el test de poder ser controvertida por la contraria, sólo así se intentará asegurar su verdadero valor “verdad”. • Dar oportunidad a la contraria de hacerse cargo de la prueba desahogada. • Dar confianza al Tribunal al momento de resolver.

  21. CONTRADICCIÓN • Mecanismos de Contradicción: • El Contra interrogatorio Métodos de interrogación. En sus interrogatorios, las partes que hubieren presentado a un testigo o perito, no podrán formular sus preguntas de tal manera que ellas sugirieren la respuesta. PERO: durante el contra interrogatorio, las partes podrán confrontar al perito o testigo con sus propios dichos u otras versiones de los hechos presentados en el juicio. En ningún caso se admitirán preguntas engañosas, ambiguas o aquellas que incluyan mas de un solo hecho, así como aquéllas destinadas a coaccionar ilegítimamente al testigo o perito, ni las que fueren formuladas en términos poco claros para ellos.

  22. CONTRADICCIÓN • Mecanismos de Contradicción: • Uso del CPP Lectura para apoyo de memoria y superación de contradicciones en la audiencia del juicio oral. Durante el interrogatorio al acusado, testigo o perito se les podrá leer parte o partes de sus declaraciones anteriores o documentos por ellos elaborados, cuando fuere necesario para ayudar a la memoria o para demostrar o superar contradicciones o con el fin de solicitar las aclaraciones pertinentes.

  23. CONTRADICCIÓN • Mecanismos de Contradicción: • Prueba sobre Prueba Prueba superveniente. El tribunal podrá ordenar la recepción de pruebas sobre hechos supervenientes o de las que no fueron ofrecidas oportunamente por alguna de las partes cuando justificare no haber sabido de su existencia. Si con ocasión de la rendición de una prueba surgiere una controversia relacionada exclusivamente con su veracidad, autenticidad o integridad, el tribunal podrá autorizar la presentación de nuevas pruebas destinadas a esclarecer esos puntos, aunque ellas no hubieren sido ofrecidas oportunamente y siempre que no hubiere sido posible prever su necesidad. En ambos casos el medio de prueba debe ser ofrecido antes de que se cierre el debate y el juez deberá salvaguardar la oportunidad de la contra parte del oferente de la prueba superveniente para preparar los contra interrogatorios de testigos o peritos, según sea el caso, y para ofrecer la práctica de diversas pruebas encaminadas a controvertir la superveniente.

  24. EXCLUSIÓN DE LITIS NO, NO Y NO ¿NEGOCIAR CONTIGO? JAMÁS! ¿ESTAS LOCO?

  25. PRINCIPIO DE EXCLUSIÓN DE LITIS POR ESTRATEGIA PODEMOS ACEPTAR Y NEGOCIAR ACUERDOS PROBATORIOS

  26. PRINCIPIO DE EXCLUSIÓN DE LITIS: NEGOCIAR

  27. PRINCIPIO DE EXCLUSIÓN DE LITIS • LAS PARTES EN UN SISTEMA ACUSATORIO MEDIANTE UNA ADECUADA NEGOCIACIÓN, PUEDEN CONVENIR EXCLUÍR DE LA LITIS HECHOS QUE NO DEBERÁN SER PROBADOS, SINO QUE SE TENDRÁN YA POR VERDADEROS.

  28. ORALIDAD

  29. ORALIDAD Oralidad más que un principio en sí constituye el medio más apto para preservar la consecución de determinados fines del nuevo proceso, entre otros la inmediación y publicidad al permitir que los jueces, intervinientes y público en general, puedan por medio de sus sentidos observar como aquél se desarrolla.

  30. ORALIDAD Debate Oral • Alegatos • Argumentos de las partes • Todas las Declaraciones • Recepción de Pruebas • Decisiones del Presidente • Resoluciones del Tribunal

  31. ORALIDAD Excepciones a la oralidad: Sólo excepcionalmente se admite: • La lectura de declaraciones anteriores, • La lectura de declaraciones anteriores de testigos e imputados, para apoyo de memoria. • Reproducción de declaraciones del imputado ante el MP. Los documentos sí son leídos y exhibidos en el debate. La grabaciones y otros elementos audiovisuales deben ser reproducidos en la audiencia. El principio de oralidad no impide el registro del juicio mediante el levantamiento de un acta o de otro modo Ojo, la oralidad no hace desaparecer la escrituración.

  32. ¿ORALIDAD? SI CLARO ¿Y QUE PASA CON LOS DOCUMENTOS?

  33. ORALIDAD:¿Y QUE PASA CON LOS DOCUMENTOS?

  34. CONJUNTO DE PRINCIPIOS DE DEFENSA

  35. ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL • DEFENSA ADECUADA • LIBERTAD PROVISIONAL COMO REGLA Y PRISIÓN PREVENTIVA COMO EXCEPCIÓN • DERECHO PROBATORIO Y DE CAREO • PRINCIPIO DE INOCENCIA (ART. 26 CPNL) • PLAZOS MÁXIMOS DE JUZGAMIENTO • PLAZO CONSTITUCIONAL PARA DEFENSA

More Related