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MEDIDAS CAUTELARES EN LOS CONCURSOS. INHIBICION GENERAL DE BIENES. CONCURSO PREVENTIVO QUIEBRA. EMPRESAS CON BIENES DE CAMBIO REGISTRABLES. CONCEPTO DE INHIBICION GENERAL DE BIENES. TEORIA RESTRICTIVA: Fassi, Yañes, Botos, Palacios, Alvarado Velloso
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MEDIDAS CAUTELARES EN LOS CONCURSOS RAMON VICENTE NICASTRO
INHIBICION GENERAL DE BIENES • CONCURSO PREVENTIVO • QUIEBRA EMPRESAS CON BIENES DE CAMBIO REGISTRABLES RAMON VICENTE NICASTRO
CONCEPTO DE INHIBICION GENERAL DE BIENES • TEORIA RESTRICTIVA: Fassi, Yañes, Botos, Palacios, Alvarado Velloso • TEORIA AMPLIA: Serantes Peña y Palma RAMON VICENTE NICASTRO
DEFINICION: • Inhibición general de bienes, la limitación que tiene una persona para disponer de algunos o todos los bienes que integran su patrimonio, pero que tiene plena efectividad cuando esos bienes son registrables y solo por un tiempo determinado RAMON VICENTE NICASTRO
CONCURSO PREVENTIVO • Artículo 14 – Inciso 7 LCyQ - Ordena al juez que dicta una resolución de apertura de concurso preventivo, a decretar: “La inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor y, en su caso, los de los socios ilimitadamente responsables, debiendo ser anotadas en los registros pertinentes”. RAMON VICENTE NICASTRO
SITUACIONES A RESOLVER: A - ¿Qué actividad le corresponde al síndico?. B - ¿Qué bienes están alcanzados cuando el deudor comercializa bienes registrables y considerando que esta inhibición tiene vigencia, por lo menos, hasta el acto de homologación de un acuerdo preventivo, acorde las disposiciones del artículo 59 LCyQ?. C - ¿Es aplicable la disposición legal sobre duración de la registración de esta medida.? RAMON VICENTE NICASTRO
ANOTACION EN REGISTROS • RESPONSABILIDAD DEL SINDICO • INEFICACIA-SEPARACION ADMINISTRACION • DURACION DE LA REGISTRACION: Registro inmobiliario Mendoza: “la inhibición declarada en concurso, dura...... lo que dura el concurso” RAMON VICENTE NICASTRO
BIENES ALCANZADOS: • ACTIVO = APLICACIÓN DE RECURSOS • A - EN TRANSFORMACION (*) • 1 - De disponibilidad inmediata • Caja • Bancos • 2 - Realizables a corto Plazo: • Inversiones • Créditos • Bienes de Cambio (*) Pablo van Nieuwenhove RAMON VICENTE NICASTRO
B - ESTABLES • 1 -Realizables a largo o mediano plazo • Bienes de Uso • Inversiones RAMON VICENTE NICASTRO
DOCTRINA (*): • Actos: de administración: “aquellos que normalmente influirán sobre la composición de los activos en transformación y de los recursos transitorios de terceros” por lo que en un proceso concursal “sólo excepcionalmente autorizarán la variación de los rubros estables del activo • (*) Pablo van Nieuwenhove RAMON VICENTE NICASTRO
DOCTRINA (*): • “El acto de administración tiende a mantener la integridad del patrimonio, o a aumentarlo por medio de la explotación normal de los bienes que lo componen, mientras que el de disposición implica el egreso anormal de bienes” • (*) Belluscio – Zannoni RAMON VICENTE NICASTRO
DOCTRINA (*): • Acto de administración: aquel “que tiende, por procedimientos normales, a la conservación y explotación del patrimonio”. • Acto de disposición, como el que “introduce una modificación substancial en el patrimonio, ya por que causa el desplazamiento de un valor integrante de la masa (.......) o que reportan algún riesgo para el mantenimiento del capital”. • (*) Llambias, Jorge RAMON VICENTE NICASTRO
TRAMITE AUTORIZACION VENTA • PEDIDO EXPRESO DEL DEUDOR • VISTA AL SINDICO-CONTESTACION • COMITÉ DE ACREEDORES • RESOLUCION JUDICIAL -DURACION RAMON VICENTE NICASTRO
PROPUESTA: • Alternativa N° 1: • Ab initio: declarar inhibición Gral. solamente s/bienes de uso. El deudor “dispone” de sus bienes de cambio registrable • Control de sindicatura: informes de origen y aplicación de fondos permanente • Control del Comité de Acreedores RAMON VICENTE NICASTRO
Alternativa N° 2: • Solicitud de autorizacion por cada venta. • Audiencia en 48 hs con el síndico y Comité • Resolución Judicial en el mismo acto. • Informe de sindicatura sobre origen y aplicación de fondos RAMON VICENTE NICASTRO
QUIEBRA: • Artículo 88 – Inciso 2 - LCyQ, dispone que: “la sentencia que declare la quiebra debe contener: Orden de anotar la quiebra y la inhibición general de bienes en los registros correspondientes”. RAMON VICENTE NICASTRO
FACULTADES DEL SINDICO: • Artículos 185 y 186, (LCyQ), regulan facultades que tiene el síndico en relación a los bienes desapoderados, sobre los cuales “puede realizar los contratos que resulten necesarios” tendientes a la conservación y administración de los mismos o aquellos “tendientes a obtener frutos ..... siempre que no importen su disposición total o parcial, ni excedan los plazos previstos en el artículo 205” ( 4 meses desde la fecha de quiebra o desde que ella quede firme) RAMON VICENTE NICASTRO
OBLIGACIONES SINDICATURA: • REGISTRAR INHIBICION GRAL BIENES • CONTROLAR DURACION REGISTRACION • SANCIONES: LEY CONCURSAL – ACCIONES DE RESPONSABILIDAD RAMON VICENTE NICASTRO
CONTINUACION EXPLOTACION: • SINDICO • COOPERATIVA DE TRABAJO RAMON VICENTE NICASTRO
CONTINUACION EXPLOTACION • SINDICO: • POR TIEMPO DETERMINADO • UNICO FIN: VENTA COMO EMPRESA EN MARCHA • PROCEDIMIENTO VENTA BIENES DE CAMBIO REGISTRABLE: ART. 203 Y SSGTES LEY 24522 RAMON VICENTE NICASTRO
CONTINUACION - COOPERATIVAS • POSIBILIDAD EXTENDER PLAZOS EXPLOTACION • REALIDAD SOCIAL – DISPOSICION LEGAL • SOLUCION PROPUESTA: IDENTICA QUE PARA CONCURSO PREVENTIVO RAMON VICENTE NICASTRO
FINAL RAMON VICENTE NICASTRO