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Los bienes en el derecho civil. Bienes corpóreos. Bienes incorpóreos. Ocupan un lugar en el espacio y son percibidos por nuestros sentidos,. Solo pueden ser percibidos por la inteligencia. Bienes fungibles. Bienes no fungibles.
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Bienes corpóreos Bienes incorpóreos Ocupan un lugar en el espacio y son percibidos por nuestros sentidos, Solo pueden ser percibidos por la inteligencia.
Bienes fungibles Bienes no fungibles Por su naturaleza pueden ser cambiados por otros de la misma especie, calidad y cantidad. Tiene una individualidad propia que impide su intercambio o sea que no pueden ser cambiados por otros de su misma especia, calidad o cantidad.
Bienes consumibles Se destruyen o consumen en el primer uso. Bienes no consumibles Resisten un uso constante y prolongado.
Bienes divisibles Pueden fraccionarse sin alterar su valor. Bienes indivisibles Son aquellos que no admiten división cómoda, ya que en caso de que la sufra alteran básicamente su valor.
Bienes simples Forman en si mismos una unidad. Bienescompuestos Están integrados por una pluralidad de partes distintas.
Bienes principales y accesorios El principal existe independientemente del accesorio y cuyas partes no pueden separarse sin alterar la naturaleza del propio bien.
Bienes muebles e inmuebles Bienes muebles: los cuerpos que puedan trasladarse de un lugar a otro ya sea por si mismos o por efecto de una fuerza exterior. Bienes inmuebles: no pueden ser trasladados de un lugar a otro sin alterar su sustancia.
Bienes de uso común Son inalienables e imprescriptibles y pertenecen a la federación y nunca a los estados o municipios. Bienes destinados a un servicio publico Pueden pertenecer a la federación, estados o municipios son inalienables, pero pueden ser desafectados (separarlos del estado para comerciar con ellos). Bienes propios del estado o del poder publico Pertenecen a la federación, a los estados o municipios, pero como propiedad privada no son inalienables y pueden ser adquiridos por particulares
Bienes de los particulares Entran todos los demás bienes del estado que pueden ser adquiridos por particulares: • Bienes de dueño cierto y conocido • Bienes sin dueño cierto y conocido • Bienes mostrencos: muebles abandonados y perdidos cuyo dueño se desconoce. • Bienes vacantes: inmuebles que no tienen dueño cierto o conocido.