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Libertad sindical. 1.- Normativa 2 .- Contenido 3 .- Titularidad Individual: contenido 4.- Titularidad Colectiva: contenido 5 .- representatividad sindical 6.- Patrimonio sindical 7.- Responsabilidad sindical 8.- Tutela libertad sindical 9.- Asociaciones empresariales
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Libertad sindical 1.- Normativa 2.- Contenido 3.- Titularidad Individual: contenido 4.- Titularidad Colectiva: contenido 5.- representatividad sindical 6.- Patrimonio sindical 7.- Responsabilidad sindical 8.- Tutela libertad sindical 9.- Asociaciones empresariales 10.- representatividad empresarial
Normativa • Art. 7 CE • Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos. • Art. 28.1 CE • Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
Normativa internacional • OIT Convenio 87: Garantías frente al Estado • Constitución sin autorización previa • Organización libre sin intervención de las autoridades públicas • No intervención o disolución administrativa • OIT Convenio 98: Garantías frente a la empresa • Protección contra actos discriminatorios por ejercicio Libertad Sindical • Prohibición sostenimiento económico Sindicato por empresa • Regulación de garantías para el ejercicio del dº libertad sindical • OIT Convenio 151: Garantías sindicales en el marco de las AAPP
Contenidodel derecho • Contenido esencial a) Constitución sindicatos b) Derecho de afiliación y pertenencia c) Derecho a la actividad sindical d) Prohibición de actos de injerencia o discriminación • Contenido adicional a) Establecido en Ley (LOLS), normas infraconstitucionales b) Establecido adicionalmente en los CCT - Se disfruta en los términos estrictamente previstos
Titularidad Individual • Limitaciones • Extranjeros no legales LOExt (Pero: STC 236/07: respeto contenido esencial) • Menores: no elegibles a RUT69.1ET • *Jubilados, incapacidad permanente cese trabajo y desempleados: solo afiliación3.1 LOLS, 22 CE • LETA L.20/07 • Personal civil al servicio de establecimientos militares (interior establecimiento) • Personal alta dirección (RUT : ni electores ni elegibles)16 RDAD • Cuerpos y fuerzas seguridad de carácter NO militar (policía): NO LOLS pero SI regulación específica: LO 2/1986: “franja” • Cargos libre nombramiento Administración: no cabe simultáneamente cargo directivo o representativo en Sindicato
Limitaciones: autónomos • LETA art. 19 L. 20/07: • Derecho a afiliarse Sindicato o asociación de elección • Afiliarse y fundar asociaciones profesionales específicas • Ejercer la actividad colectiva de defensa de sus intereses profesionales: defensa y tutela colectiva • Las asociaciones de TA: • Constituir federaciones, confederaciones, uniones • Establecer vínculos con Sindicatos y Asociaciones empresariales • Concertar acuerdos de interés profesional para los TRADE • Participación en sistemas extrajudiciales de solución conflictos • Representatividad (art. 21): derechos 6 y 7 LOLS • Inscripción en registro y demuestren implantación suficiente en ámbito territorial en que actúan (número de afiliados, recursos materiales, acuerdos…). Las más representativas: Consejo (funcionarios y expertos)
Titularidad individual • Exclusiones • Fuerzas Armadas /Guardia Civil: Tampoco asociación reivindicativa , pero sí cultural o social • Jueces y magistrados/ Fiscales en activo127.1 CE, 1.4 LOLS, 22CE • Penados 34 LGP • Empresarios (Dis. Derog. LOLS; 22 CE STC 75/92)
Titularidad Individual • Titularidad: Individual y Colectiva (Sindicato) • A. Titularida Individual: • Total reconocimiento • Todos los trabajadores tienen derecho a sindicarse libremente1.1 LOLS • Concepto trabajador: LOLS : • Trabajador por cuenta ajena • Relación adva/estatutaria AAPP
Libertad sindical individual: a) Constitución del sindicato • LOLS: Dº a fundar sindicatos sin autorización previa • Trámite de constitución • Presentación estatutos: contenido mínimo4.2 LOLS • 10 días: Control de legalidad de estatutos: denegación por falta de requisitos mínimos -> impugnación 165-170 LPL • Admisión de Depósito en la oficina pública (MT o Departamento CCAA competente) • Publicidad • 20 días -> Adquisición plena capacidad y personalidad jurídica • Impugnación de estatutos depositados o modificaciones: 171-174 LPL • Autoridad laboral • Interés directo, personal y legítimo
Libertad sindical individual: b) Derecho de afiliación y pertenencia • Dº afiliación observando estatutos: no cabe rechazar la solicitud salvo doble militancia prevista en estatutos ATC 241/2004 • Dº separación: expulsión sólo por falta grave • Cláusulas prohibidas en nuestro ordenamiento • Yellow-dogcontract (compromiso no afiliación) • Closed shop (contratación exclusiva afiliados) • Union shop (Despido de quienes no se afilien en un plazo) • Libertad sindical negativa 28.1 CE, pero no en OIT 87 y 98
Libertad sindical colectiva: Organizaciones sindicales • a) Derecho a la autoorganización interna STC 168/96 • Estructura y funcionamiento “democráticos” 7CE • Redactar los estatutos y reglamentos; administración interna • b) Dº Federarse o confederarse y retirarse • c) Suspensión y disolución judicial (CP asociaciones ilícitas) • d) Libre ejercicio actividad sindical “dentro respeto a la CE y la Ley”: cualquier acto adecuado fines sindicato: • Negociación colectiva • Derecho de huelga • Dº plantear conflictos individuales y colectivos • Dº promoción y participación en las elecciones para órganos de representación de trabajadores y funcionarios • Dº de reunión sindical: derecho de prestación: contenido adicional
Representatividad sindical • Pluralismo sindical: desigual entidad representativa y desigual eficacia en los intereses de los trabajadores • Grados de representatividad para el ejercicio de determinadas funciones: singular posición jurídica: • Tipología: Por audiencia o irradiación • Sindicatos más representativos a nivel estatal • Sindicatos más representativas a nivel CA • Sindicatos suficientemente representativos en un ámbito funcional y territorial determinado
Sindicatos más representativos • Audiencia electoral (mide presencia sindical en RUT): • S+R nivel estatal: 10% o + de los miembros de los RUT y órganos correspondientes de las AAPP • S+R nivel CA: 15% RUT y al menos 1500 representantes en esa CA. No estar federados o confederados a nivel estatal • S. Suficientemente representativo: 10% RUT un determinado ámbito funcional y territorial, para la acción en dicho territorio • Irradiación de la mayor representatividad: • Por pertenencia a un S+R o suficientemente R • Evita a S+R probar su representatividad en niveles inferiores: • STC 98/85: actuación de “irradiados” limitada a su ámbito territorial y funcional de actuación y exigencia de cierta implantación en el mismo
Derechos de los S+R (Eº/CA) en su ámbito de representatividad Suficientemente representativos • También a nivel estatal los S+R de CA
Patrimonio del Sindicato • Cuotas sindicales11.2LOS: autorización escrito para descuento empresarial • Canon de negociación colectiva11.1 LOLS Previa conformidad escrita del trabajador so pena vulnerar libertad sindicalSTC 11/98 • Subvenciones públicas: Presupuestos generales Eº, CCAA, local • Patrimonio históricoL.4/96: devolución bienes incautados • Patrimonio sindical acumulado: cesión de bienes de la Org. Sind. Española disuelta y pertenecientes al patrimonio del Estado • Preferencia de Sindicatos más representativos es constitucionalSTC 75/92 • Exenciones fiscales
Responsabilidad del Sindicato • Responsabilidad civil del sindicato • La organización responde por actos o acuerdos adoptados por los órganos estatutarios en el ejercicio de sus competencias 5.1 LOLS: • Exclusión: actos no competencia o sin seguir procedimientos estatutarios • Exclusión: actos individuales de afiliados por propia iniciativa 5.2 LOLS • Consecuencias: • Resarcimiento económicos con patrimonio sindical. • Exclusión: • Cuotas sindicales: inembargables 5.3 LOLS • Bienes de tercero: patrimonio sindical acumulado • Subvenciones finalistas • Responsabilidad administrativa: R. patrimonial • R. penal: Del representante del Sindicato (pena privativa libertad) Suspensión /disolución judicial Sindicato
Tutela libertad sindical (14, 28 CE) • Medidas de protección para hacer efectivo su desarrollo regular • Sujetos protegidos: Afiliados; Representantes sindicales • Conductas antisindicales: variedad: sujetos agresores13 LOLS • Empresa, Asociación empresarial: • Relación individual (salario 191/98, modificación condiciones reestructuración empresarial solo a afiliados STC 188/04) • Relación colectiva (sindicatos amarillos, gratificación por alcanzar un convenio extraestatutarioSTS 22.10.93Gratificción por no secundar huelga) • AAPP: Exclusión de subvenciones públicas STC 75/85, salvo cuando hay un conjunto de programas criterios variados STC 147/01 • Sindicatos: exclusión de mesa negociadora del convenio STC 184/01 o de la comisión de seguimiento del convenio STS 13.13.95
Tutela libertad sindical (14, 28 CE) • Protección: • Nulidad del acto y sus efectos 12 LOLS • Cese de la conducta sindical • Indemnización por daños • Procedimiento especial de tutela arts. 175 ss LPL • Prueba de indicios • Sindicato puede actuar como coadyuvante del trabajador STC 257/00 • Sanciones administrativas: LISOS • Sanciones penales 315 CP: engaño/abuso impida ejercicio
Asociaciones Empresariales • OIT 87 y 98 • Arts. 7 y 22 CE (STC 75/92); L. 19/77 (LAS), LO 11/02 asociaciones supletoria • Derecho de constitución, fundación, asciación para la defensa de los intereses que les son propios en un ámbito específico • Depósito de estatutos en oficina pública:
Asociaciones Empresariales II • Derecho de asociación: • Asociarse observando los estatutos, asociarse a un nivel superior (federarse o confederarse) • Acción profesional que le es propia: • Negociación Colectiva • Diálogo social • Participación institucional • Prestación de servicios a miembros
Representatividad Empresarial • DA 6ª ET, 87 y 88 ET • Más representativas a nivel estatal (CEOE/CEPYME) • Agrupen en el conjunto de sectores de actividad: • 10% de empresas y de trabajadores • Más representativas a nivel CA (CEIM) • 15% de empresas y de trabajadores • Suficientemente representativas • 10% de empresas y de trabajadores • En una determinada unidad de negociación territorial y funcional • En práctica: representatividad por notoriedad en el ámbito
Representatividad empresarial • Competencias: • Negociación colectiva estatutaria • Representación institucional ante AAPP u organismos que tengan previsto • Cesiones temporales del uso de inmuebles del patrimonio público • Legitimación para negociar CCT estatutarios estatales o autonómicos.