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INDICE.1.- Antecedentesa.- Tratados Internaciones para evitar la doble tributacion.b.- Que es la OCDE.2.- Marco Legal de los Tratados Internacionales. 3.- Tratados Celebrados por M
E N D
1. TRATADOS INTERNACIONALES PARA EVITAR DOBLE TRIBUTACION LC MARTHA VERONICA BADILLO PARTIDA
LC MIGUEL ANGEL DUARTE COLON
LC GRACIELA GONZALEZ ALCALDE
LC MA. DEL REFUGIO LOPEZ GONZALEZ
LC MARIA GABRIELA MENDEZ SIFUENTES
21 DE ENERO DEL 2006
3. ANTECEDENTES TRATADOS INTERNACIONALES
ACUERDO DE VOLUNTADES
CELEBRADOS POR ESTADOS SOBERANOS (DOS O MAS)
PREVIENEN Y SOLUCIONAN CONTROVERSIAS INTERNACIONALES
4. ANTECEDENTES B) ¿QUE ES LA OCDE?
Es una organización en donde los gobiernos trabajan de manera conjunta para responder a los retos económicos, sociales y ambientales producto de la interdependencia y la globalización.
5. SE CREA DESPUES DE LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL COMO:Organización para la Cooperación Económica Europea
6. En 1961 se convierte en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico con vocación transatlántica y después mundial
7. Actualmente la OCDE cuenta con 30 países miembros AUSTRALIA
AUSTRIA
BELGICA
CANADA
REPUBLICA CHECA
DINAMARCA
FINLANDIA
FRANCIA
ALEMANIA
GRECIA
HUNGRIA
ISLANDIA
IRLANDA
ITALIA
JAPON COREA
LUXENBURGO
MEXICO
HOLANDA
NUEVA ZELANDA
NORUEGA
POLONIA
PORTUGAL
REP ESLOVACA
ESPAÑA
SUECIA
SUIZA
TURQUIA
REINO UNIDO
ESTADOS UNIDOS
8. MISION DE LA OCDE Alcanzar un crecimiento economico sostenible
Estabilidad financiera
Apoyar una economia mundial sana
Contribuir al crecimiento del comercio mundial
9. LA OCDE CON LOS PAISES MIEMBROS Compartir informacion de areas sensibles de trabajo
Desarrollar programas de cooperacion
Asistencia a los gobiernos para aprovechar los beneficios del comercio internacional
10. OTROS AMBITOS DE TRABAJO Con la sociedad civil
Apoyo en materia economica y comercial
Promueve la cohesión social
Con el ambiente
Apoyo a la gobernabilidad
11. MARCO LEGAL Art. 89 CPEUM.- Las Facultades y obligaciones del presidente son las siguientes:
X.- Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del senado.
Art. 76 fracción I CPEUM.- el cual establece que es facultad exclusiva del Senado
12. MARCO LEGAL Art. 133 de la Constitución Federal:
“Todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión”.
Ley sobre celebracion de tratados
13. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION Clases de doble tributación
Juridica
Mismo objeto y mismo sujeto
Economica
mismo objeto y distintos sujetos
14. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION El objetivo de los tratados es:
Evitar la doble tributación de manera efectiva, lo que trae como consecuencia la promocion del intercambio de bienes y servicios, y el flujo de capitales
Combatir el fraude y la evasión fiscal mediante el mecanismo de intercambio de información
15. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION Forma en que los tratados fiscales eliminan las barreras impositivas:
Eliminación de la doble tributación
Certidumbre con respaecto al tratamiento fiscal
Reducción de las tasas impositivas
Prevención de la evasión fiscal
Prevención del trato impositivo discriminatorio
Resolución de controversias fiscales
16. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION Los tratados eliminan la doble tributación
Asignando un derecho exclusivo para que uno de los estados imponga un tributo
Compartiendo los derechos de los estados contratantes para imponer un tributo
17. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION Modelos de tratados internacionales
Un modelo de tratado es un instrumento juridico tendiente a establecer las bases y los lineamientos para la eliminación de la doble tributación en operaciones internacionales, a través de la celebración de tratados tributarios
18. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION Aplicación de los tratados
Los sujetos que acrediten su residencia en uno de los estados contratantes y dentro de los supuestos
Los sujetos cumplan con los requisitos de los tratados y la LISR
20. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Articulo 1: Personas comprendidas
Aplica a los sujetos pasivos de los estados contratantes
La aplicación del comercio a los residentes de los estados contratantes
21. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Articulo 2: Impuestos comprendidos
Regularmente los impuestos directos
Articulo 3: definiciones generales.
Conceptos de identificación de cada estado contratante. Sus generalidades.
22. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Articulo 4: Residente
Requisitos para que al sujeto se le otorguen los beneficios del tratado
Reglas en caso de doble residencia
Criterio de residencia de una persona moral
23. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Reglas de desempate para personas fisicas en caso de doble residencia
Estado donde tenga vivienda permanente
Estado con el que tenga relaciones economicas y personales mas estrachas
Estado en el que viva habitualmente
Estado del que sea nacional
Estado mutuo de autoridades competentes
24. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Articulo 5: Establecimiento permanente
Lugar fijo de negocios de desarrollo total o parcial de actividades
Las utilidades se gravan en el estado contratante donde se encuentre
Las actividades preparatorias o auxiliares no constituyen establecimiento permanente
25. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Articulo 6: Rentas y mobiliarias
El pais fuente tiene el derecho prioritario a gravar
Se rige por la ley del estado contratante
Tambien se aplican los ingresos derivados de cualquier forma uso dado a la propiedad inmobiliaria
26. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Articulo 7: Beneficios Empresariales.
El país fuente graba las utilidades.
Los gastos incurridos son deducibles al calcular sus utilidades.
Se debe de utilizar el mismo método para designar utilidades.
27. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Reglas básicas para el cálculo de las utilidades.
Método contable separado.
De forma independiente de la oficina matriz.
28. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 8: Transporte internacional.
Graba en el estado en que se encuentre la sede de dirección efectiva de la empresa explotadora.
29. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 9: Empresas Asociadas.
Regula los precios de transferencia.
Cuando participan directa o indirectamente en la administración, control o capital de una empresa del otro estado contratante.
Las condiciones creadas o impuestas con empresas independientes.
Las empresas independientes gravan sus utilidades en forma separada.
30. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 10: Dividendos.
Los pagados por una empresa residente serán gravados por el otro estado contratante.
Se preveé una tasa máxima de retención aplicable a los ingresos por dividendo.
31. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 11: Intereses.
El interés será pagado en el estado contratante en el que se origine, y a la tasa señalada en el tratado.
Existe exención para gobiernos, Bancos Centrales y Gubernamentales que promueven la exportación.
32. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 12: Regalías.
Las regalías contratadas en un estado contratante serán gravadas en otro estado contratante si el residente es el beneficiario de las mismas.
Se prevee una tasa máxima de retención aplicable en los ingresos por regalías y se fija entre los países contratantes.
33. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 13: Ganancias de Capital.
Por enajenación de bienes inmuebles, se gravan en el estado contratante donde se encuentren ubicados dichos bienes.
Por enajenación de bienes muebles, se gravan en el estado contratante en el que se obtengan las ganancias.
La definición depende de la ley doméstica de cada estado contratante.
34. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 14: Servicios Personales Independientes:
Los ingresos obtenidos por un estado contratante por servicios profesionales u otras actividades de naturaleza independiente serán gravados en dicho estado.
Este artículo se eliminó en septiembre del 2000.
35. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 15: Servicios Personales Dependientes.
Los ingresos obtenidos por el residente de un estado contratante por servicios personales subordinados serán gravados en el estado de su residencia, salvo que sean obtenidos en el otro estado.
36. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Articulo 16: Participaciones de consejeros.
El estado contratante en el que resida la compañía en el que pague los honorarios, podrá gravar dichos ingresos.
Articulo 17: Artistas y deportistas.
Tratamiento especial según si son representados o no.
37. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 18: Pensiones.
Los ingresos por pensiones y otras remuneraciones similares pagadas al residente de un estado contratante serán gravadas únicamente en ese estado.
Artículo 19 y 20: Funciones Públicas y estudiantes: Su ingreso gravado en su país de origen.
38. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 21: Otras rentas.
Las rentas de un residente de un estado contratante cualquiera que fuese su procedencia, no mencionadas en los anteriores artículos, solo pueden somenterse a imposición en ese estado.
Artículo 22: eliminación de la doble imposición: acreditamiento del impuesto pagado según el país de origen y donde se origina el ingreso.
39. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 23, 23B: Métodos para evitar la doble imposición.
Método de Exención:
Método de Imputación:
Artículo 24: No Discriminación.
Artículo 25: Medios de Defensa.
40. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 26: Intercambio de Información:
Permite la cooperación entre las autoridades de los estados contratantes con el objeto de demostrar que un residente de cualquiera de los estados ha generado ingresos que no han sido declarados.
41. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 27: Información mutua de los Cambios Legislativos referentes a los impuestos.
Artículo 28: No afectación de los privilegios fiscales a los diplomáticos y consules.
Artículo 29: El convenio puede ser extendido a cualquier parte del territorio que se excluya, de los paises contratantes.
42. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS TRATADOS Artículo 30: De la entrada en vigor.
Artículo 31: De la terminación del convenio: 6 meses antes de que termine el año natural.
44. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO EN VIGOR. ALEMANIA
AUSTRIA
AUSTRALIA
BELGICA
CANADA CHILE
COREA
DINAMARCA
ECUADOR
ESPAÑA.
45. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO EN VIGOR ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
FINLANDIA
FRANCIA
GRECIA (REPÚBLICA HELÉNICA)
INDONESIA
IRLANDA
ISRAEL
ITALIA
JAPON
LUXEMBURGO
46. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO EN VIGOR NORUEGA
PAISES BAJOS
POLONIA
PORTUGAL
REINO UNIDO DE LA GRAN BRETAÑA REPUBLICA CHECA
RUMANIA
SINGAPUR
SUECIA
SUIZA
47. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO PENDIENTES DE ENTRAR EN VIGOR.
ARGENTINA.
VENEZUELA.
48. TRATADOS CELEBRADOS POR MEXICO CON NEGOCIACIÓN NO CONCLUIDA. EN NEGOCIACION:
BRASIL
CANADA
CHINA
HUNGRIA
MALASIA
NICARAGUA
REPÚBLICA ESLOVACA
TAILANDIA NEGOCIACION CONCLUIDA NO FIRMADOS:
INDIA
RUSIA
49. PROCEDIMIENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS. Análisis de los movimientos de capital y personas entre México y los países con los que se pretende celebrar el tratado.
Identificación del marco internacional.
Definición de los aspectos generales en los que hay conciencia de los temas de negociación especifica.
Elaboración del material del texto.
50. PROCEDIMIENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS. Firma por el Ejecutivo Federal.
Ratificación del Senado.
Promulgación y publicación.
Intercambio de notas para notificar que todos los requisitos constitucionales se han cumplido y que se inicia la vigencia
51. INTEGRACIÓN DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES AL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. El Art. 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos : supremacía de la Constitución sobre los tratados internacionales.
El Art. 1 del CFF: su aplicación sin perjuicio de los Tratados Internacionales.
52. INTEGRACIÓN DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES AL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. Art. 6 CFF: momentos de causación y pago de la contribución.
Art 8 CFF: que se entiende por territorio nacional.
Art 9 CFF: quienes se consideran residente en el terrotorio nacional.
Art 21 CFF: actualización y recargos de montos no pagados.
53. INTEGRACIÓN DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES AL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. Art 22 CFF: devolución de pagos indebidos.
Art. 27 CFF: inscribirse al RFC y proporcionar información.
Art 52 CFF: dictaminarse.
54. INTEGRACIÓN DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES AL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. Art 5 LISR: solo aplicable a residentes en el territorio nacional.
Art 6 RLISR: acreditar el domicilio.
Art 190 y 192 LISR: enajenación de acciones y operaciones financieras cuando su fuente de riqueza se encuentre en territorio nacional.
Art 208 LISR: el representante legal, residente en el país.
Art 258 LISR: exención de dictamen si se nombra un representante en el pais.
55. INTEGRACIÓN DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES AL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. Art. 7 Fracc. VIII LSAT: . Participar en las negociaciónes de los tratados internacionales en las materias fiscal y aduanera.
56. EJEMPLO EN MEXICO Los residentes en México podrán acreditar el impuesto sobre la Renta pagado en España hasta por un monto que no exceda del impuesto que se pagaría en México por el mismo ingreso.
57. EJEMPLO EN ESPAÑA. España permitirá la deducción del impuesto sobre la Renta o sobre el patrimonio de ese residente de un importe igual al impuesto efectivamente pagado en México
58. CONCLUSIONES No se podrá a través de un tratado internacional crearse una nueva contribución.
Se debe de respetar el Principio de Legalidad. (art. 31, 72 CPEUM, 1 CFF)
Si puede modificarse una contribución a través de un Tratado internacional. (Poder Legislativo, a través del Senado)
59. CONCLUSIONES. Un Tratado Internacional tiene 3 fines comunes:
1.- Impedir la doble tributación.
2.- Evitar la evasión fiscal.
3.- Compartir información fiscal.
60. BIBLIOGRAFIA Adolfo Arrioja Vizcaíno; Derecho Fiscal; Editorial Themis; Décima octava edición; Pág.. 69
Semanario Judicial de la Federación y su gaceta; novena época; tomo X; noviembre de 1999; Pág. 46.
Refugio de Jesús Fernández Martínez, Derecho Fiscal, Editorial Mc. Graw Hill. Pág. 34
61. BIBLIOGRAFIA Dolores B. Chapoy Bonifaz; Panorama del Derecho Mexicano, Derecho Financiero; Editorial Mc. Graw Hill ; México 119; Pág. 29.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
62. BIBLIOGRAFIA CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.
LEY DE ISR.
Ley sobre celebración de Tratados.
Página web:
www.sre.gob.mx
www.sat.gob.mx
www.shcp.gob.mx
www.ocdemexico.org.mx
www.monografías.com
www.idcweb.com.mx